Delegaciones de Chile
antigua división administrativa de Chile
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Según la Constitución de 1823 el territorio de la República de Chile, se subdividía en gobiernos departamentales, delegaciones, subdelegaciones, prefecturas e inspecciones (Art. 190°). Las delegaciones equivalen a los antiguos partidos. Se establecen las municipalidades en todas las delegaciones y también en las subdelegaciones que se hallare conveniente. Las municipalidades corresponden a los antiguos cabildos.
Desde 1823 a 1826
Las delegaciones correspondientes a los antiguos partidos son los siguientes:
- Departamento de Coquimbo.
- Coquimbo.
- Copiapó.
- Huasco.
- Illapel.
- Departamento de Santiago.
- Petorca.
- La Ligua.
- Quillota.
- San Felipe.
- Los Andes.
- Santiago.
- Valparaíso.
- Casablanca.
- Melipilla.
- Rancagua.
- Colchagua.
- Curicó.
- Talca.
- Departamento de Concepción.
- Gobierno de Valdivia.
Desde 1826 a 1833
Las Leyes Federales de 1826 dividen el territorio nacional en provincias. Para ellos se crean ocho provincias, a saber: Coquimbo (similar a la antigua Intendencia de Coquimbo), Aconcagua, Santiago, Colchagua (estas tres últimas derivadas de la antigua Intendencia de Santiago), Maule, Concepción, Valdivia (éstas derivadas a la antigua Intendencia de Concepción y el Gobierno de Valdivia) y Chiloé (derivada del Gobierno de Chiloé, incorporado en 1826).
- Provincia de Coquimbo.
- Coquimbo.
- Copiapó.
- Huasco.
- Illapel.
- Provincia de Aconcagua.
- Petorca.
- La Ligua.
- Quillota.
- San Felipe.
- Los Andes.
- Provincia de Santiago.
- Santiago.
- Valparaíso.
- Casablanca.
- Melipilla.
- Rancagua.
- Provincia de Colchagua.
- Colchagua.
- Curicó.
- Talca.
- Provincia de Maule.
- Provincia de Concepción.
- Provincia de Valdivia.
- Provincia de Chiloé++.
- Ancud, 1826.
- Chacao, 1826.
- Dalcahue, 1826.
- Carelmapu, 1826.
- Calbuco, 1826.
- Castro, 1826.
- Chonchi, 1826.
- Lemuy, 1826.
- Achao, 1826.
- Quenac, 1826.
+ creada en 1826; ++ incorporada en 1826
La Constitución de 1828 dividía el territorio nacional en las siguientes unidades administrativas, ordenadas de mayor menor con un encargado político como sigue: provincia (a cargo de un intendente y Asamblea Provincial); municipalidad (a cargo de un gobernador y municipalidad).
Con la Constitución de 1833, las delegaciones se transforman en departamentos.