Derecho electoral de Chile
rama del Derecho chileno
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El Derecho electoral de Chile es la rama del derecho chileno que regula el recambio de gobernantes y los plebiscitos en el territorio nacional.

Historia
Primer período: 1810 a 1833
- El Reglamento Electoral de 15 de diciembre de 1810.[1]
- El proyecto de Reglamento de Elecciones de 3 de noviembre de 1813.[2]
- El Reglamento Electoral de 16 de diciembre de 1818.
- El Reglamento Electoral de 5 de mayo de 1823.
- El Reglamento Electoral de 15 de marzo de 1826.
- La Ley Federal de Elecciones de 26 de julio de 1826.
- El Reglamento Electoral de 16 de diciembre de 1828.
- La Ley de Elecciones de 25 de noviembre de 1830.
Segundo período: 1833 a 1890
- El Reglamento de Eleccciones de 2 de diciembre de 1833.
- La Ley de Elecciones de 13 de septiembre de 1861.
- La Ley de Elecciones de 9 de enero de 1884.
Tercer período: 1890 a 1988
- La Ley General de Elecciones de 20 de agosto de 1890.
- La Ley de Elecciones Nº 2883 de 21 de febrero de 1914.
- El Decreto Ley Nº 542 de 19 de septiembre de 1925.
- La Ley N° 6834 de 20 de febrero de 1941.
- La Ley N° 9334 de 5 de mayo de 1949.
- La Ley N° 12891 de 10 de junio de 1958.
- La Ley N° 14852 de 16 de mayo de 1962.
Cuarto período: 1988 a la actualidad
- Ley 18460 Organica del Tribunal Calificador de Elecciones del 4 de noviembre de 1985.
- Ley 18556 Organica del Sistema de Inscripcion y del Servicio Electoral del 11 de septiembre del 1986 (Refundido el 6 de septiembre del 2017)
- Ley 18593 de los tribunales electorales regionales del 05 de enero de 1987
- Ley 18603 Organica de Partidos Politicos del 11 de marzo de 1987 (Refundido el 6 de septiembre del 2017)
- Ley 18700 Organica constitucional de votaciones populares y escrutinios de 19 de abril de 1988 (Refundido el 6 de septiembre del 2017)
- Ley 19884 Sobre Trasparencia, Limite y Control del Gasto Electoral del 07 de julio del 2003 (Refundido el 6 de septiembre del 2017)
Organización electoral actual
La Ley Nº 18700 sobre Votaciones Populares y Escrutinios constituye la norma fundamental de Chile en materia electoral. También está la Ley Nº 18556, que regula al Servicio Electoral; la Ley Nº 18460, que regula al Tribunal Calificador de Elecciones; la Ley Nº 18593, que regula a los Tribunales Electorales Regionales; y los Autoacordados dictados por ambas clases de tribunales.[3]
| Órganos de derecho electoral en Chile | Funciones |
|---|---|
| Servicio Electoral | Organizar las elecciones y plebiscitos y llevar el registro de las candidaturas políticas, de los partidos políticos y de los electores. |
| Juntas Electorales | Designar a los Delegados de las Oficinas Electorales, a los vocales de las Mesas Receptoras de Sufragios y a los miembros de los Colegios Escrutadores. |
| Mesas Receptoras de Sufragios | Oficiar la recepción de los sufragios y realizar el escrutinio de cada mesa del país. |
| Colegios Escrutadores | Realizar el escrutinio local mediante el registro de los resultados de las Mesas Receptoras de Sufragios en la base de datos del Servicio Electoral. |
| Oficinas Electorales | Registrar los resultados preliminares de las actas de las Mesas Receptoras de Sufragios en la base de datos del Servicio Electoral. |
| Tribunal Calificador de Elecciones | Conocer del escrutinio general de los plebiscitos y las elecciones presidenciales y parlamentarias, calificar estos procesos electorales y proclamar a quienes resulten electos. |
| Tribunales Electorales Regionales | Conocer del escrutinio general de las elecciones de alcaldes, concejales, consejeros regionales, asociaciones gremiales y juntas vecinales, calificar estos procesos electorales y proclamar a quienes resulten electos. |