Secretaría Contra la Violencia Sexual, Explotación y Trata de Personas (SVET)
Por medio del Decreto 9-2009 Ley contra la Violencia Sexual, Explotación y Trata de Personas, en su TITULO II, Artículo 4, se crea la Secretaría contra la Violencia Sexual, Explotación y Trata de Personas adscrita administrativamente a la Vicepresidencia de la República, la cual funcionará de acuerdo a lo establecido en el reglamento respectivo. VISIÓN Ser la institución líder en la asesoría e implementación de medidas contra la Violencia Sexual, Explotación y Trata de Personas que garanticen los derechos de protección a la población prioritaria con enfoque amplio e internacional. MISIÓN Somos la entidad responsable de velar por el cumplimiento de la Ley contra la Violencia Sexual, Explotación y Trata de Personas, teniendo como fin primordial asesorar a la institucionalidad del Estado, responsable en la materia, para prevenir, atender y protege, impulsando estrategias eficaces para mejorar la calidad de vida de los niños, niñas, adolescentes y mujeres.
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| Secretaría Contra la Violencia Sexual, Explotación y Trata de Personas | ||
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Logotipo actual | ||
| Localización | ||
| País |
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| Información general | ||
| Sigla | SVET | |
| Tipo | Secretaría de Vicepresidencia | |
| Sede | Zona 1, Guatemala | |
| Organización | ||
| Secretaria Ejecutiva | Danissa Ramírez | |
| Entidad superior | Vicepresidencia de Guatemala | |
| Sitio oficial | ||
Por medio del Decreto 9-2009 Ley contra la Violencia Sexual, Explotación y Trata de Personas, en su TITULO II, Artículo 4, se crea la Secretaría contra la Violencia Sexual, Explotación y Trata de Personas adscrita administrativamente a la Vicepresidencia de la República, la cual funcionará de acuerdo a lo establecido en el reglamento respectivo.
VISIÓN
Ser la institución líder en la asesoría e implementación de medidas contra la Violencia Sexual, Explotación y Trata de Personas que garanticen los derechos de protección a la población prioritaria con enfoque amplio e internacional.
MISIÓN
Somos la entidad responsable de velar por el cumplimiento de la Ley contra la Violencia Sexual, Explotación y Trata de Personas, teniendo como fin primordial asesorar a la institucionalidad del Estado, responsable en la materia, para prevenir, atender y protege, impulsando estrategias eficaces para mejorar la calidad de vida de los niños, niñas, adolescentes y mujeres.
Según la Ley Contra la Violencia Sexual, Explotación y Trata de Personas, en su Artículo 5. Atribuciones de la Secretaría, le corresponde el despacho las siguientes atribuciones:
- Servir de órgano asesor y recomendar la realización de acciones a las distintas dependencias o entidades del Estado en la lucha contra la violencia sexual, explotación y trata de personas.
- Recomendar la aprobación de normas y procedimientos a las distintas entidades del Estado en materia de su competencia.
- Realizar seguimiento y estudiar los efectos de las normas, programas y acciones en materia de su competencia y recomendar su reorientación.
- Diseñar e implementar medidas, planes, programas e iniciativas de información y sensibilización eficaces, estratégicas, constantes y sistemáticas a nivel nacional y local, tomando en cuenta el género, la diversidad cultural y ética y los factores de vulnerabilidad de cada región del país, la edad, la cultura, el idioma de los destinatarios de la información y la comunidad en que ella se brinde.
- Trasladar los planes, programas, proyectos e iniciativas que apruebe a la Comisión Nacional de la Niñez y Adolescencia.
- Promover el desarrollo de estudios para descubrir, medir y evaluar los factores que facilitan la violencia sexual, la explotación y la trata de personas, entre ellos, las políticas y procedimientos migratorios.
- Promover la suscripción e implementación de acuerdos bilaterales o multilaterales para la protección internacional.
- Impulsar la creación y funcionamiento de los registros necesarios para actualizar la información sobre trata de personas.
- Denunciar los hechos constitutivos de delito o falta que tenga conocimiento, a consecuencia del ejercicio de sus funciones.
- Impulsar, en donde corresponda, procesos de capacitación, actualización y especialización, relacionada con la prevención, protección, atención y sanción de las disposiciones contenidas en la presente Ley.
- Coordinar actividades y proyectos con las entidades y dependencias del Estado, quienes podrán coadyuvar con la Secretaría, en lo que les fuere solicitado.
- Crear comités departamentales en el marco de las estrategias, políticas y objetivos de la Secretaría.
Principios y Valores Institucionales
Principios y Valores
Los valores institucionales asumidos por la institución son:
- Responsabilidad: Disposición y diligencia en el cumplimiento de las actividades o tareas asignadas, así como la disposición para asumir las consecuencias de los actos que realice.
- Honestidad: Es un valor que refiere a velar por el interés colectivo y no el particular, evitando todo provecho personal obtenido por sí mismo o por otras personas; significa también que el funcionario o servidor público debe tener transparencia en los actos que realice.
- Trabajo en Equipo: Significa que todos los funcionarios deben estar comprometidos a trabajar en forma integrada, conscientes que la responsabilidad, el compromiso de cada uno suma al trabajo y resultados en equipo y la efectividad en las acciones realizadas.
- Lealtad: Se traduce en constancia y solidaridad de los servidores públicos, trabajadores y colaboradores de la institución, autoridades superiores, compañeros y personas que tenga a su cargo.
- Efectividad: Los funcionarios y servidores públicos deben estar comprometidos con el alcance de los objetivos y la misión y la visión de la institución, en una forma eficiente y eficaz.
- Transparencia: Hace referencia a la ejecución de los actos de servicio, de tal manera que sean accesibles al conocimiento de toda persona que tenga interés legítimo en ellos.
- Igualdad: Exige atender a las personas que demandan o solicitan sus servicios sin ningún tipo de preferencias, tomando en consideración el mérito, legalidad, y motivaciones objetivas y no motivos religiosos, políticos o posición social o económica.
- Respeto a la Dignidad Humana: Respetamos la dignidad del ser humano, comprometidos a trabajar en el diseño e implementación de medidas de prevención y el fortalecimiento de la atención a las víctimas de los delitos de violencia sexual, explotación y trata de personas y otros grupos identificados en situación de vulnerabilidad.
Objetivos de la SVET
Objetivo Estratégico Primero
Asesorar y recomendar a las instituciones relacionadas con los delitos VET, en materia de prevención mediante acciones de sensibilización, información y capacitación con enfoque de género, pertinencia cultural y etaria, así como protección y atención a la víctima, a nivel nacional.
Objetivo Estratégico Segundo
Recomendar en calidad de órgano asesor, la realización de acciones a las distintas instituciones del Estado, relacionadas con contrarrestar los delitos contra la violencia sexual, explotación y trata de personas a través de su articulación institucional con 60 entidades, a nivel nacional.
Durante el periodo 2019-2023, se prevé operativizar los objetivos siguientes, de acuerdo al nuevo periodo del Plan Operativo Multianual (POM):
- Dar continuidad y fortalecimiento de las 23 Redes VET.
- Proporcionar seguimiento a los encuentros nacionales con diferentes instituciones y organizaciones de la sociedad civil.
- Suministrar seguimiento y fortalecer el Programa Nacional para el desarrollo de jornadas informativas de sensibilización información y capacitación para la prevención y el combate a la violencia sexual, explotación y trata de personas, con enfoque de género, pertinencia cultural y etario.
- Brindar y dar seguimiento a las campañas de información y prevención contra la violencia sexual, explotación y trata de personas.
- Proveer seguimiento a la Comisión Interinstitucional Contra la Violencia Sexual (CIVS).
- Continuar informando a la población en general, sobre diferentes temas relativos a la prevención y sensibilización de los delitos de violencia sexual, explotación y trata de personas, a través de mensajes que se publiquen en las diferentes redes sociales de la SVET.
- Fortalecer y darle seguimiento a la Mesa Nacional contra la Explotación Sexual en Niños, Niñas y Adolescentes (MENACESNNA).
- Mejorar, fortalecer y dar seguimiento a la Comisión Interinstitucional contra la Trata de Personas (CIT).
- Continuar impulsando y desarrollando talleres de prevención y sensibilización en los delitos VET a nivel nacional.
- Extender el continuismo en acciones de elaboración y actualización de instrumentos en materia de los delitos VET (manuales, protocolos, hojas de rutas), para la prevención, protección y atención a víctimas, en coordinación con las diferentes instituciones u organismos del Estado.
- Darle seguimiento a la atención integral y protección a los niños, niñas y adolescentes referidos a los albergues temporales especializados de la SVET.
- Continuar con el monitoreo de las clínicas especializadas para la atención de personas víctimas sobrevivientes de violencia sexual, ubicadas en la red hospitalaria a nivel nacional.
- Otras acciones que de acuerdo a la Ley VET se puedan aplicar y que contribuyan al fortalecimiento del quehacer de la SVET, especialmente en el combate de los delitos VET y que ello por ende contribuya a disminuir la ocurrencia de dichos delitos, a nivel nacional, con enfoque de género, pertinencia cultural y etaria.