Sistema Financiero Guatemalteco

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El Sistema Financiero Guatemalteco se refiere a un mercado financiero organizado y se define como el conjunto de instituciones que generan, recogen, administran y dirigen tanto el ahorro como la inversión, dentro de una unidad política-económica, y cuyo establecimiento se rige por la legislación que regula las transacciones de activos financieros y por los mecanismos e instrumentos que permiten la transferencia de esos activos entre ahorrantes, inversionistas o los usuarios del crédito.

El sistema financiero en general comprende la oferta y la demanda de dinero y de valores de toda clase, en moneda nacional y extranjera.

En un país la función del sistema financiero es la creación, intercambio, transferencia y liquidación de activos y pasivos financieros. No es más que una rama económica adicional, que en vez de producir bienes, produce servicios demandados por la población en general para su propio desarrollo económico y social de los habitantes.

Marco jurídico

La legislación que ordena el sistema financiero es la siguiente:

  1. Constitución Política de la República de Guatemala, artículos 132 y 133.
  2. Ley Orgánica del Banco de Guatemala, Decreto 16-2002 del Congreso de la República.
  3. Ley Monetaria, Decreto 17-2002 del Congreso de la República.
  4. Ley de Supervisión Financiera, Decreto 18-2002 del Congreso de la República.
  5. Ley de Bancos y Grupos Financieros, Decreto 19-2002 del Congreso de la República.
  6. Decreto Número 26-2008 del Congreso de la República (Fijación de dibujos principales y color dominante de los billetes de doscientos, de quinientos y de un mil quetzales).
  7. Ley de Especies Monetarias Conmemorativas, Acuerdo Número 32-2008 del Congreso de la República.
  8. Ley de Sociedades Financieras Privadas, Decreto Ley 208.
  9. Ley de Bancos de Ahorro y Préstamo para la Vivienda Familiar, Decreto 541 del Congreso de la República.
  10. Ley de Almacenes Generales de Depósito, Decreto 1746 del Congreso de la República.
  11. Ley de Libre Negociación de Divisas, Decreto 94-2000 del Congreso de la República.
  12. Ley Contra el Lavado de Dinero u Otros Activos, Decreto 67-2001 del Congreso de la República.
  13. Ley para Prevenir y Reprimir el Financiamiento del Terrorismo, Decreto 58-2005 del Congreso de la República.
  14. Ley de la Actividad Aseguradora, Decreto 25-2010 del Congreso de la República.
  15. Ley de Garantías Mobiliarias, Decreto 51-2007 del Congreso de la República.
  16. Ley Orgánica del Presupuesto, Decreto 101-97 del Congreso de la República.
  17. Ley de Mercado de Valores y Mercancías, Decreto 34-96 del Congreso de la República.
  18. Código de Comercio, Decreto 2-70 del Congreso de la República.
  19. Ley Orgánica del Instituto de Fomento Municipal, Decreto 1132 del Congreso de la República.
  20. Ley Orgánica del Instituto de Fomento de Hipotecas Aseguradas, Decreto 1448 del Congreso de la República.
  21. Ley General de Cooperativas, Decreto 82-78 del Congreso de la República.
  22. Otras leyes civiles.

Estructura

El sistema financiero de Guatemala tiene dos segmentos. El sector financiero formal, también conocido como regulado o supervisado, que está conformado por instituciones cuya autorización es de carácter estatal, bajo el criterio de caso por caso, y que están sujetas a la supervisión de la Superintendencia de Bancos, órgano facultado para tal fin. Este sector abarca un sistema bancario y uno no bancario. El primero incluye a las instituciones bancarias, o bancos comerciales, y a las sociedades financieras, entidades que ejercen como banca de inversión. Por su parte, el sistema financiero no bancario se rige por leyes específicas y está conformado por los Almacenes generales de depósito, compañías de seguros, casas de cambio, casas de bolsa, entidades fuera de plaza (Off-shore), entidades de tarjeta de crédito, entidades de microfinanzas y entes de microfinanzas sin fines de lucro y, además, se incluyen otras entidades, tales como: el Instituto de Fomento de Hipotecas Aseguradas (FHA). Se hace necesario también, hacer una clasificación más como lo son: los grupos financieros, que son conglomerados financieros conformados por dos o más instituciones financieras dentro de las cuales existe una responsable o controladora, la cual debe ser necesariamente una institución bancaria.

Asimismo, existen instituciones que realizan intermediación financiera cuya autorización responde a una base legal genérica, Código de Comercio junto a otras leyes supletorias o complementarias, y que no se encuentran bajo la vigilancia e inspección de la Superintendencia de Bancos. Los intermediarios financieros que conforman este sector, usualmente innovadores, proporcionan los servicios que, por ley, les era prohibido prestar a las entidades reguladas. Entre estos intermediarios puede mencionarse a la "Bolsa de Valores”, que surge la oferta y demanda de valores; así también, las cooperativas de ahorro y crédito y otros tipos de cooperativas que proporcionan diversos servicios financieros en las áreas rurales. También se pueden incluir las sociedades o fondos de inversión, fondos o planes de pensión, calificadoras de riesgo, empresas exportadoras, prestamistas particulares y el Instituto de Fomento Municipal (INFOM).

Clasificación

Véase también

Enlaces externos

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