Agencia Nacional de Aduanas de México
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| Agencia Nacional de Aduanas de México | ||||
|---|---|---|---|---|
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Logotipo | ||||
| Información general | ||||
| Sigla | ANAM | |||
| Tipo | Órgano administrativo desconcentrado | |||
| Sede | Av. Paseo de la Reforma 10, colonia Tabacalera, Cuauhtémoc, Ciudad de México | |||
| Organización | ||||
| Titular | Héctor Alonso Romero Gutiérrez | |||
| Depende de | Secretaría de Hacienda y Crédito Público | |||
| Entidad superior | Presidente de México | |||
| Historia | ||||
| Fundación | 1 de enero de 2022 | |||
| Sucesión | ||||
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| Sitio web oficial | ||||
La Agencia Nacional de Aduanas de México (ANAM) es un órgano administrativo desconcentrado de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público encargado en la administración de las aduanas en México.
Se encarga de la dirección, organización y funcionamiento del sistema aduanero del país, para aplicar y asegurar el cumplimiento de las normas jurídicas que regulan las mercancías en el comercio internacional; recauda ingresos federales aduaneros; así como cualquier otra expresa que le instruyan en la secretaría. Colabora junto con el Servicio de Administración Tributaria (SAT) para el cumplimiento de sus tareas.[1][2]
Se creó el 1 de enero de 2022 por decreto del presidente Andrés Manuel López Obrador y reemplazó a la unidad de la Administración General de Aduanas del Servicio de Administración Tributaria (SAT).[3]
Su titular es designado por el presidente de la República a propuesta del secretario de Hacienda y Crédito Público. El actual titular es Héctor Alonso Romero Gutiérrez desde abril de 2026.
Según el artículo 3 del Reglamento Interior de la Agencia Nacional de Aduanas de México, sus funciones son las siguientes: [4]
- I. Recaudar el importe de los ingresos federales aduaneros, de acuerdo con la legislación aplicable y conforme a los tratados internacionales de los que México sea parte;
- II. Realizar la vigilancia y custodia de los recintos fiscales y fiscalizados y de los bienes y valores depositados en ellos, así como comprobar el cumplimiento de las obligaciones de los contribuyentes, responsables solidarios y demás obligados en materia de contribuciones, aprovechamientos y sus accesorios que establezcan las disposiciones aduaneras y, en general, colaborar en el desarrollo de las demás actividades que tengan encomendadas conforme al presente Reglamento y demás disposiciones jurídicas aplicables;
- III. Solicitar información de los padrones de importadores, de importadores de sectores específicos y de exportadores sectoriales;
- IV. Representar el interés de la Federación en controversias fiscales y aduaneras relacionadas con la entrada o salida de mercancías de o en el territorio nacional;
- V. Determinar y liquidar los ingresos federales y aduaneros;
- VI. Coordinarse con las fuerzas armadas e instituciones de seguridad nacional y de seguridad pública para preservar la seguridad en los puntos de acceso al país;
- VII. Solicitar y proporcionar a otras instancias e instituciones públicas, nacionales o del extranjero el acceso a la información necesaria para evitar la evasión o elusión fiscales en materia aduanera y otros ilícitos o infracciones, de conformidad con las leyes y tratados internacionales en materia aduanera;
- VIII. Vigilar y asegurar el debido cumplimiento de las disposiciones aduaneras relacionadas con la entrada o salida de mercancías de o en el territorio nacional y, en su caso, ejercer las facultades de comprobación previstas en dichas disposiciones;
- IX. Participar en la negociación de los tratados internacionales que lleve a cabo el Ejecutivo Federal en materia aduanera, así como celebrar acuerdos interinstitucionales en el ámbito de su competencia;
- X. Proporcionar, bajo el principio de reciprocidad, la asistencia que le soliciten instancias supervisoras y reguladoras de otros países con las cuales se tengan firmados acuerdos o formen parte de convenciones internacionales en materia aduanera de las que México sea parte, para lo cual, en ejercicio de sus facultades de inspección, podrá recabar respecto de los contribuyentes y terceros con ellos relacionados, la información y documentación que sea objeto de la solicitud;
- XI. Proponer para aprobación del superior la política de administración aduanera y ejecutar las acciones para su aplicación, para lo cual debe aportar los datos ciertos y verificables, de manera oportuna, para el diseño de dicha política;
- XII. Integrar la información estadística sobre las operaciones de comercio exterior de su competencia;
- XIII. Emitir las disposiciones de carácter general y acuerdos administrativos necesarios para el ejercicio eficaz de sus atribuciones;
- XIV. Compartir con el Servicio de Administración Tributaria la información necesaria para la correcta administración, recaudación y contabilidad de las contribuciones y aprovechamientos federales y sus accesorios, relativos a importación y exportación de mercancías;
- XV. Representar a la Secretaría en su carácter de víctima u ofendido en los delitos previstos en el Código Fiscal de la Federación que sean competencia de la Agencia y, en su caso, como coadyuvante o asesor jurídico de la misma, y
- XVI. Las demás que señale el Reglamento y demás disposiciones jurídicas aplicables.
Organización
Según el artículo 4 del Reglamento Interior de la Agencia Nacional de Aduanas de México está organizado de la siguiente forma:[4]
- Titular de la Agencia
- Unidades Administrativas Centrales
- Dirección General de Operación Aduanera
- Dirección General de Investigación Aduanera
- Dirección General de Atención Aduanera y Asuntos Internacionales
- Dirección General de Modernización, Equipamiento e Infraestructura Aduanera
- Dirección General Jurídica de Aduanas
- Dirección General de Recaudación
- Dirección General de Tecnologías de la Información
- Dirección General de Planeación Aduanera
- Dirección General de Evaluación
- Unidad de Administración y Finanzas
- Aduanas
Sistema aduanero
A continuación las cincuenta aduanas que posee el país según su ubicación:[4]
| Aduanas terrestres fronterizas | Aduanas marítimas | Aduanas terrestres no fronterizas | |||
|---|---|---|---|---|---|
| Aduana | Estado | Aduana | Estado | Aduana | Estado |
| Aduana de Agua Prieta | Sonora | Aduana de Acapulco | Guerrero | Aduana del Aeropuerto Internacional de la Ciudad de México | Ciudad de México |
| Aduana de Ciudad Acuña | Coahuila | Aduana de Altamira | Tamaulipas | Aduana del Aeropuerto Internacional Felipe Ángeles | Estado de México |
| Aduana de Ciudad Camargo | Tamaulipas | Aduana de Cancún | Quintana Roo | Aduana de Aguascalientes | Aguascalientes |
| Aduana de Ciudad Hidalgo | Chiapas | Aduana de Ciudad del Carmen | Campeche | Aduana de Chihuahua | Chihuahua |
| Aduana de Ciudad Juárez | Chihuahua | Aduana de Coatzacoalcos | Veracruz | Aduana de Guadalajara | Jalisco |
| Aduana de Ciudad Miguel Alemán | Tamaulipas | Aduana de Dos Bocas | Tabasco | Aduana de Guanajuato | Guanajuato |
| Aduana de Ciudad Reynosa | Tamaulipas | Aduana de Ensenada | Baja California | Aduana de México | |
| Aduana de Colombia | Nuevo León | Aduana de Guaymas | Sonora | Aduana de Monterrey | Nuevo León |
| Aduana de Matamoros | Tamaulipas | Aduana de La Paz | Baja California Sur | Aduana de Puebla | Puebla |
| Aduana de Mexicali | Baja California | Aduana de Lázaro Cárdenas | Michoacán | Aduana de Querétaro | Querétaro |
| Aduana de Naco | Sonora | Aduana de Manzanillo | Colima | Aduana de Toluca | Estado de México |
| Aduana de Nogales | Sonora | Aduana de Mazatlán | Sinaloa | Aduana de Torreón | Coahuila |
| Aduana de Nuevo Laredo | Tamaulipas | Aduana de Progreso | Yucatán | ||
| Aduana de Ojinaga | Chihuahua | Aduana de Salina Cruz | Oaxaca | ||
| Aduana de Piedras Negras | Coahuila | Aduana de Tampico | Tamaulipas | ||
| Aduana de Puerto Palomas | Chihuahua | Aduana de Túxpam | Veracruz | ||
| Aduana de San Luis Río Colorado | Sonora | Aduana de Veracruz | Veracruz | ||
| Aduana de Sonoyta | Sonora | ||||
| Aduana de Tecate | Baja California | ||||
| Aduana de Tijuana | Baja California | ||||
| Aduana de Subteniente López | Quintana Roo | ||||