Bien de interés patrimonial (Castilla-La Mancha)

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Escudo de Castilla-La Mancha.

Bien de interés patrimonial (abreviada BIP) es una figura jurídica de protección y reconocimiento del patrimonio cultural de Castilla-La Mancha, tanto mueble e inmueble como inmaterial.

Se trata del segundo nivel autonómico de protección del patrimonio cultural, después de los bienes de interés cultural (BIC).

Los bienes integrantes del Patrimonio Cultural de Castilla-La Mancha que reúnan de forma relevante alguno de los valores del artículo 1.2 podrán ser declarados bienes de interés patrimonial (...).[1]
Molinos de Alcázar de San Juan (Ciudad Real), declarados de interés patrimonial.

Esta figura fue creada por la Ley 4/2013, de 16 de mayo, de Patrimonio Cultural de Castilla-La Mancha, para proteger aquellos bienes que, sin reunir de forma singular y sobresaliente alguno de los valores establecidos en la misma como para ser declarados de interés cultural, sí lo hacen de forma relevante.[2]

De acuerdo con la distribución de competencias establecida en la Constitución española y en el Estatuto de Autonomía de Castilla-La Mancha, la competencia exclusiva en materia de patrimonio cultural corresponde a la región.[3] Se exceptúa a los bienes adscritos a servicios públicos gestionados por la Administración General del Estado o los que formen parte del Patrimonio Nacional, cuya protección incumbe al Estado.[4]

La mayoría de legislaciones autonómicas en materia de patrimonio cultural también han previsto un segundo y, a veces, tercer nivel de protección además de la figura común de bien de interés cultural o equivalente.[5]

Categorías

Los bienes de interés patrimonial pueden ser declarados de forma genérica o en alguna de las siguientes categorías:

a) Bienes inmuebles:

1.º Construcción de Interés Patrimonial: Inmueble producto de la actividad humana de relevante interés histórico, arquitectónico, arqueológico, artístico, etnológico, científico o técnico.

2.º Yacimiento Arqueológico de Interés Patrimonial: Lugar en el que existen bienes muebles o inmuebles susceptibles de ser estudiados con metodología arqueológica, hayan sido o no extraídos y tanto si se encuentran en la superficie, en el subsuelo o bajo las aguas, y se les reconozca un relevante valor patrimonial.

3.º Yacimiento Paleontológico de Interés Patrimonial: Lugar en el que existen vestigios fosilizados o no que son manifestación del pasado geológico y de la evolución de la vida en la tierra, hayan sido o no extraídos, tanto si se encuentran en la superficie, en el subsuelo o bajo las aguas, y se les reconozca un relevante valor patrimonial.

b) Bienes muebles, individualmente o como conjunto.

c) Bienes inmateriales.[1]

Los bienes inmuebles pueden ser declarados individualmente como construcción de interés patrimonial, yacimiento arqueológico de interés patrimonial o yacimiento paleontológico de interés patrimonial.

Los bienes muebles pueden ser declarados individualmente o como conjunto.

Declaración de bien de interés patrimonial

El procedimiento para la declaración de un bien de interés patrimonial es muy similar al que se sigue para los bienes de interés cultural y los elementos de interés patrimonial (EIP). Requiere la previa tramitación de un expediente administrativo.[6]

Iniciación del procedimiento

El procedimiento se inicia de oficio por la Dirección General competente en la materia, bien por iniciativa propia o por petición razonada de otras administraciones u órganos, o de cualquier persona física o jurídica.[6]

La resolución de iniciación debe publicarse en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha (DOCM) y notificarse además a los interesados y a los ayuntamientos de los municipios en cuyo término está ubicado el bien.[7]

Efectos

La iniciación del procedimiento determina la aplicación provisional al bien, a partir del día siguiente al de la publicación de la resolución en el DOCM, del régimen de protección previsto en la normativa vigente para los bienes ya declarados.[8]

Tramitación del expediente

El expediente debe contener una descripción clara y exhaustiva, con documentación gráfica o audiovisual, del objeto a declarar, que facilite su correcta identificación, así como sus antecedentes históricos. También debe incorporar los informes técnicos necesarios que justifiquen el interés que reviste el bien y su estado de conservación.[9]

Para los bienes inmuebles, puede además definirse un entorno de protección, conformado por los inmuebles y espacios cuya alteración podría afectar los valores del bien, su contemplación, apreciación o estudio.[9]

Debe abrirse un período de información pública por el plazo mínimo de un mes para que cualquier persona interesada pueda presentar alegaciones.[9]

Resolución del procedimiento

El procedimiento termina con la declaración del bien mediante resolución del titular de la consejería competente en materia de patrimonio cultural. Esta resolución debe adoptarse y notificarse en el plazo máximo de nueve meses a contar desde el inicio del expediente, a falta de lo cual se produce su caducidad y el archivo del procedimiento.[10]

La resolución de declaración se hace pública en el DOCM y se notifica a los interesados y ayuntamientos concernidos.[11]

Efectos de la declaración y régimen de protección

El bien declarado se inscribe en el Catálogo del Patrimonio Cultural de Castilla-La Mancha,[12] así como en el Inventario del Patrimonio Cultural de Castilla-La Mancha si no hubiera sido incluido con anterioridad.[13]

La declaración como bien de interés patrimonial supone la aplicación con carácter definitivo del régimen de protección previsto para los bienes catalogados, además del régimen común de protección y conservación aplicable a todos los bienes del patrimonio cultural de Castilla-La Mancha.

Bienes declarados

En 2025, existen en Castilla-La Mancha 24 bienes declarados de interés patrimonial. Entre ellos, 22 corresponden a la categoría de construcción de interés patrimonial, los 2 restantes son un yacimiento arqueológico de interés patrimonial y un bien inmaterial. Todavía no se ha declarado ningún yacimiento paleontológico de interés patrimonial ni bien mueble.[14]

Lista de bienes declarados de interés patrimonial en Castilla-La Mancha[15]
Provincia Municipio Denominación Categoría Fecha DOCM
Albacete Albacete Casa Cabot Construcción de interés patrimonial 20/02/2019[16]
Casa Juan López 20/02/2019[17]
Casa Julia Gómez Alfaro 20/02/2019[18]
Chalet Fontecha 24/04/2014[19]
Gran Hotel 20/02/2019[20]
Plaza de Toros 14/09/2018[21]
Ciudad Real Alcázar de San Juan Casa del Hidalgo 03/11/2016[22]
Molinos de Viento del Cerro de San Antón 03/11/2016[23]
Almadenejos Cerco de Buitrones 03/11/2016[24]
Chillón Puente de Hierro 20/06/2018[25]
Terrinches La Ontavia Yacimiento arqueológico de interés patrimonial 07/07/2017[26]
Guadalajara Guadalajara Laboratorio de los Ingleses Construcción de interés patrimonial 06/07/2016[27]
Patios del Cementerio municipal 30/05/2018[28]
Toledo Almonacid de Toledo Hospital García Escalona 21/06/2016[29]
El Toboso Pozo de Arriba 03/11/2016[30]
Pozo de la Cadena 03/11/2016[31]
Pozo de la Gascona 03/11/2016[32]
Pozo de la Hilandera 03/11/2016[33]
Pozo Primero o Pozo Dulce 03/11/2016[34]
Pozo de la Puerta 03/11/2016[35]
Pozo de la Torre 03/11/2016[36]
Pozo de la Virgen 03/11/2016[37]
El Puente del Arzobispo Iglesia del convento Franciscano 06/06/2017[38]
Toledo Patios de Toledo Bien inmaterial 04/02/2015[39]
Estadística por provincias[40]
Albacete Ciudad Real Cuenca Guadalajara Toledo Total
Construcción de interés patrimonial 6 4 2 10 22
Yacimiento arqueológico de interés patrimonial 1 1
Bien inmaterial 1 1
Total 6 5 2 11 24

Galería

Véase también

Referencias

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