Cabildo indígena

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País ColombiaBandera de Colombia Colombia
Categoría Entidad de derecho público especial, con personalidad jurídica propia.
Localizados en Territorios indígenas
Fecha de creación 1890
Cabildo indígena
País ColombiaBandera de Colombia Colombia
Categoría Entidad de derecho público especial, con personalidad jurídica propia.
Localizados en Territorios indígenas
Fecha de creación 1890
Datos estadísticos
Gobierno Gobernador indígena

El cabildo indígena es, en Colombia, una entidad de derecho público de carácter especial con personalidad jurídica propia, patrimonio propio y autonomía administrativa. Es la autoridad tradicional que gobierna el Resguardo (Territorio indígena), ejerciendo funciones de gobierno interno, administración del territorio y representación ante las autoridades nacionales y locales.

Está conformado por miembros de una comunidad indígenas colombianas elegidos o reconocidos según sus usos, costumbres y organización sociopolítica tradicional. Su función principal es representar legalmente a la comunidad, ejercer autoridad sobre el resguardo indígena y realizar las actividades que le atribuyen la Constitución, la ley, sus usos y costumbres y el reglamento interno de cada pueblo.[1][2]

Sus orígenes se remontan a la época colonial, pero su reconocimiento moderno se dio con la Ley 89 de 1890 y, especialmente, con la Constitución de 1991, que fortaleció su autonomía y el respeto a los usos y costumbres indígenas.

En muchos de ellos existe la figura de Gobernador indígena, que está reconocido como servidor público y tiene autonomía sobre el territorio y la población del cabildo indígena, y se considera como una autoridad civil dentro del mismo, reconocido también como servidor público, en virtud del artículo séptimo de la Constitución Política de Colombia: "El Estado reconoce y protege la diversidad étnica y cultural de la Nación colombiana".[3]

Además, el artículo 63 de la carta magna de Colombia habla sobre los territorios indígenas:

"Los bienes de uso público, los parques naturales, las tierras comunales de grupos étnicos, las tierras de resguardo, el patrimonio arqueológico de la Nación y los demás bienes que determine la ley, son inalienables, imprescriptibles e inembargables", con lo cual cuentan con un nivel de protección especial en el cual no operan las mismas leyes que para otros territorios del país en cuanto a su manejo y cuidado, al considerarse que Colombia es un estado pluriétnico y pluricultural, en el cual además se protege su cultura e idioma, según el artículo 10 de la misma Constitución: "Las lenguas y dialectos de los grupos étnicos son también oficiales en sus territorios. La enseñanza que se imparta en las comunidades con tradiciones lingüísticas propias será bilingüe".

Estadísticas

Véase también

Referencias

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