Carlos Dubra
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| Carlos Dubra | ||
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Ministro de la Suprema Corte de Justicia/Corte de Justicia | ||
| 22 de noviembre de 1971-21 de noviembre de 1981 | ||
| Predecesor | Velarde Cerdeiras | |
| Sucesor | Erik Colombo | |
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| Información personal | ||
| Nombre de nacimiento | Carlos Horacio Dubra Tafernaberry | |
| Nacimiento |
22 de diciembre de 1913 | |
| Fallecimiento |
1 de septiembre de 2001 (87 años) | |
| Nacionalidad | Uruguaya | |
| Familia | ||
| Padres |
Victoria Tafernaberry de José Gil Dubra | |
| Cónyuge | Martha Sowerby (1941-2001) | |
| Hijos | Carlos Enrique, Martha María Raquel | |
| Educación | ||
| Educado en | Universidad Mayor de la República | |
| Información profesional | ||
| Ocupación | Abogado, Juez | |
Carlos Horacio Dubra Tafernaberry (Artigas, Uruguay, 22 de diciembre de 1913 - Montevideo, Uruguay, 1 de septiembre de 2001), fue un magistrado uruguayo, miembro de la Suprema Corte de Justicia de su país desde 1971 hasta 1981 (denominada únicamente Corte de Justicia entre 1977 y 1981).
Nació en Artigas el 22 de diciembre de 1913, hijo de Victoria Tafernaberry y José Gil Dubra.[1]
Cursó estudios en la Facultad de Derecho de la Universidad de la República, obteniendo el título de abogado.
Juez de Paz en el interior
Juez de Paz en la capital
En junio de 1942 pasó a cumplir funciones en la capital al ser nombrado Juez de Paz de la 21ª sección judicial de Montevideo.[4]
En marzo de 1943 fue trasladado al Juzgado de Paz de la 3ª sección de la misma ciudad[5] y en junio del mismo año nuevamente al de la 4ª sección.[6]
Juez Letrado en el interior
Juez Letrado en Montevideo
En agosto de 1950 regresó nuevamente a la capital, esta vez como Juez Letrado, ocupando inicialmente el cargo de Juez Letrado de Instrucción y Correccional de Primer Turno,[10] y a partir de marzo de 1952 como Juez Letrado Nacional de Hacienda y de lo Contencioso Administrativo de Primer Turno,[11] puesto en que permaneció durante diez años.
Tribunal de Apelaciones
Suprema Corte de Justicia
Al fallecer Velarde Cerdeiras en agosto de 1971, se generó la primera vacante en la Suprema Corte de Justicia tras la entrada en vigencia de la Constitución de 1967. El artículo 236 de la nueva Constitución preveía un nuevo mecanismo de integración de las vacantes en la Corte, consistente en un plazo de 90 días, una vez producido el cese de uno de sus miembros, para que la Asamblea General designara a quien había de ocupar el cargo, cumplido el cual, quedaría automáticamente designado el miembro más antiguo de los Tribunales de Apelaciones; y en caso de existir dos o más magistrados con la misma antigüedad en dichos tribunales, el más antiguo en la judicatura o el Ministerio Público. Dubra compartía la calidad de ministro más antiguo con Arturo Figueredo y Rómulo Vago, pero era el que tenía mayor antigüedad de los tres en la carrera judicial.
Vencido el plazo constitucional a mediados de noviembre sin que el Parlamento eligiera al reemplazante de Cerdeiras, el mencionado mecanismo de designación supletorio se aplicó por primera vez para la Suprema Corte (ya había sido utilizado en 1967 y 1968 para integrar el Tribunal de lo Contencioso Administrativo, para el que también estaba previsto) y el 22 de noviembre de 1971 Carlos Dubra prestó juramento ante la Asamblea General como ministro de la Suprema Corte de Justicia,[14] el primer magistrado en la historia en llegar a integrar el máximo órgano judicial del país en función de su antigüedad en la carrera y no por designación o elección.
Ocupó la Presidencia de la Corte durante el año 1972.[15]
Corte de Justicia
Tras el inicio de la dictadura cívico militar de 1973, se registró un paulatino cercenamiento de la autonomía e independencia del Poder Judicial. Con la asunción de la Presidencia de la República por Aparicio Méndez, dicho proceso se aceleró. Inmediatamente se creó el Ministerio de Justicia, mediante el artículo 2° del Decreto Constitucional (o Acto Institucional) número 3 de 1° de setiembre de 1976.[16]
Menos de un año después, el 1° de julio de 1977, el régimen dictatorial dictó el Decreto Constitucional-Acto Institucional número 8, por el que se modificaron las normas constitucionales referentes al Poder Judicial, dejando de tener carácter de Poder del Estado y pasando a denominarse meramente Administración de Justicia y a depender administrativamente del Poder Ejecutivo. La Suprema Corte de Justicia pasó a llamarse únicamente "Corte de Justicia", a secas, y perdió la mayor parte de sus competencias como jerarca administrativo del sistema judicial, por ejemplo, las referidas a designaciones y traslados de jueces, en las que pasó a tener solo la potestad de iniciativa y cuya resolución final quedó en manos del Poder Ejecutivo.[17]
En este período, Dubra volvió a ocupar brevemente la Presidencia de la Corte en los últimos meses de 1978, luego del fallecimiento de Francisco José Marcora.[18]