Consejo Privado de Tonga

El Consejo Privado de Tonga es el consejo de mayor rango para asesorar al Monarca en el Reino de Tonga. Está facultado para asesorar al Rey en su calidad de Jefe de Estado y Fuente de Justicia en virtud de las disposiciones de la Cláusula 50 (1) de la Constitución de Tonga: "Cláusula 50 (1) El Rey designará un Consejo Privado para que le brinde su consejo. El Consejo Privado estará compuesto por las personas a quienes el Rey considere oportuno llamar a su Consejo". From Wikipedia, the free encyclopedia

El Consejo Privado de Tonga es el consejo de mayor rango para asesorar al Monarca en el Reino de Tonga. Está facultado para asesorar al Rey en su calidad de Jefe de Estado y Fuente de Justicia en virtud de las disposiciones de la Cláusula 50 (1) de la Constitución de Tonga:

"Cláusula 50 (1) El Rey designará un Consejo Privado para que le brinde su consejo. El Consejo Privado estará compuesto por las personas a quienes el Rey considere oportuno llamar a su Consejo".[1]

Los miembros del Consejo Privado son nombrados por el Rey de Tonga, quien es su Presidente. El Consejo tiene tres tipos de miembros:

  • Miembros regulares: estos son la mayoría.
  • Miembros que ocupan su puesto en virtud de una oficina que ocupan[2]
  • Los señores de la ley

El lord canciller, el lord presidente de la Corte Suprema y el fiscal general son automáticamente miembros del Consejo. La constitución no establece un límite en el número de miembros que se sientan en el Consejo y esto queda a la discreción del monarca.

Funciones judiciales

Funciones legislativas

Referencias

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