Crímenes atroces
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Los crímenes atroces son las violaciones del derecho penal internacional que conforman las tres categorías reconocidas históricamente por el derecho como crímenes internacionales: el genocidio, los crímenes de guerra y los crímenes contra la humanidad.[1] La limpieza étnica es ampliamente considerada como un cuarto crimen atroz por la doctrina jurídica y por las organizaciones no gubernamentales (ONG) que trabajan en este ámbito, pese a que aún no esté reconocida como un crimen autónomo en el derecho internacional.[2][3]
Algunos consideran que los crímenes de agresión son crímenes atroces masivos y de hecho están incluidos en la competencia de la Corte Penal Internacional. Sin embargo, la mayoría de los juristas no los considera como tales.[4] Aunque se trata de una violación grave del derecho internacional y constituye con frecuencia el contexto en el que se cometen los crímenes atroces masivos, el crimen de agresión se diferencia porque consiste en un ataque al territorio, la soberanía o la independencia política de un Estado y no contra las personas.[5][6]
Las principales normas internacionales que definen los crímenes atroces masivos son la Convención para la Prevención y la Sanción del Delito de Genocidio de 1948,[7] los Convenios de Ginebra de 1949 y sus Protocolos adicionales de 1977, y el Estatuto de Roma de la Corte Penal Internacional de 1998. La jurisprudencia de la Corte Penal Internacional, de los tribunales penales internacionales ad hoc y de la Corte Internacional de Justicia desarrolla con mayor detalle estas normas y vigila su aplicación.
Crímenes contra la humanidad

La expresión «crímenes contra la humanidad» se ha aplicado a una amplia variedad de actos y suele considerarse más extensa que la de los otros tres crímenes atroces masivos. Aunque los crímenes contra la humanidad pueden incluir muchos actos que también constituyen crímenes de guerra, genocidio o limpieza étnica, presentan rasgos que los diferencian. A diferencia de los crímenes de guerra, los crímenes contra la humanidad pueden cometerse tanto en tiempos de guerra como de paz y solo pueden dirigirse contra poblaciones civiles.[8] A diferencia del genocidio, los actos no necesitan estar dirigidos contra un grupo específico.[8]
Los crímenes contra la humanidad no han sido codificados en un tratado internacional dedicado. La Comisión de Derecho Internacional presentó en 2019 un proyecto de convención a la Asamblea General de las Naciones Unidas que incluiría disposiciones que los prohíben, sancionan y definen.[9][10] En diciembre de 2024, la Asamblea General aprobó la Resolución 79/122, que dispuso el inicio formal de la negociación intergubernamental del tratado: una Conferencia de Plenipotenciarios se celebrará en 2028 y 2029, precedida por dos reuniones de un Comité Preparatorio en enero de 2026 y abril de 2027, sobre la base del proyecto de artículos de la Comisión.[11][12] Pese a no contar con un tratado específico, la prohibición de los crímenes contra la humanidad se considera derecho internacional consuetudinario y una norma imperativa (ius cogens), lo que significa que vincula a todos los Estados sin excepción.[13]
El término tiene un largo recorrido tanto en contextos políticos como jurídicos. Los «crímenes contra la humanidad» y expresiones similares se emplearon ya en el siglo xviii y a comienzos del xix para describir la esclavitud y las atrocidades cometidas en el marco del colonialismo.[13] Su primer uso formal en el derecho internacional se produjo en una declaración de 1915 que condenaba el genocidio armenio.[14] Desde entonces, la expresión ha sido utilizada y definida de manera similar, aunque con variantes, por el Tribunal de Núremberg, el Tribunal de Tokio, el Tribunal Penal Internacional para la ex-Yugoslavia, el Tribunal Penal Internacional para Ruanda y la Corte Penal Internacional.[14]
El Estatuto de Roma refleja el consenso más reciente de la comunidad internacional sobre la definición de los crímenes contra la humanidad.[13] El Estatuto no limitó la definición a los actos cometidos en períodos de conflicto armado, incluyó una gama más amplia de violencia sexual entre los actos prohibidos y amplió los motivos por los que puede cometerse la persecución.[15] El Estatuto define los crímenes contra la humanidad como cualquiera de los siguientes actos cuando se cometan como parte de un ataque generalizado o sistemático contra una población civil y con conocimiento de dicho ataque:[16]
- a) Asesinato;
- b) Exterminio;
- c) Esclavitud;
- d) Deportación o traslado forzoso de población;
- e) Encarcelación u otra privación grave de la libertad física en violación de normas fundamentales de derecho internacional;
- f) Tortura;
- g) Violación, esclavitud sexual, prostitución forzada, embarazo forzado, esterilización forzada o cualquier otra forma de violencia sexual de gravedad comparable;
- h) Persecución de un grupo o colectividad con identidad propia fundada en motivos políticos, raciales, nacionales, étnicos, culturales, religiosos, de género u otros motivos universalmente reconocidos como inaceptables con arreglo al derecho internacional, en conexión con cualquier acto mencionado en este apartado o con cualquier crimen de la competencia de la Corte;
- i) Desaparición forzada de personas;
- j) El crimen de apartheid;
- k) Otros actos inhumanos de carácter similar que causen intencionalmente grandes sufrimientos o atenten gravemente contra la integridad física o la salud mental o física.
Genocidio
En su forma más elemental, el «genocidio» consiste en actos cometidos con la intención de destruir a un grupo determinado.[17] Esa destrucción puede producirse mediante actos letales o no letales, que van desde la esclavitud y la violación hasta los homicidios masivos y las esterilizaciones forzadas.[18] Al igual que los crímenes contra la humanidad, el genocidio puede ocurrir en tiempos de paz o de guerra.[19] El genocidio se caracteriza, en buena medida, por su requisito de dolo específico (la intención particular de destruir al grupo protegido).[20] Aunque muchas de las conductas constitutivas del genocidio están recogidas por los demás crímenes atroces —de hecho, en los juicios de Núremberg se juzgaron como crímenes contra la humanidad—,[21] las concepciones modernas señalan que la elección de un grupo protegido como blanco de destrucción es algo propio y exclusivo del genocidio.[22]
Al igual que los crímenes contra la humanidad, la prohibición del genocidio constituye derecho internacional consuetudinario y una norma imperativa, por lo que vincula a todos los Estados sin excepción. Además, ha sido codificada e incluida en la competencia de varios órganos internacionales de adjudicación, entre ellos el Tribunal Penal Internacional para la ex-Yugoslavia,[23] el Tribunal Penal Internacional para Ruanda[24] y la Corte Penal Internacional.[25] En 1948 la Asamblea General de las Naciones Unidas adoptó la Convención para la Prevención y la Sanción del Delito de Genocidio (también llamada Convención sobre el Genocidio), un tratado específico que establece obligaciones multilaterales de actuar frente al genocidio.[26]
El artículo II de la Convención sobre el Genocidio define el genocidio como «cualquiera de los actos mencionados a continuación, perpetrados con la intención de destruir, total o parcialmente, a un grupo nacional, étnico, racial o religioso»:[7]
- a) Matanza de miembros del grupo;
- b) Lesión grave a la integridad física o mental de los miembros del grupo;
- c) Sometimiento intencional del grupo a condiciones de existencia que hayan de acarrear su destrucción física, total o parcial;
- d) Medidas destinadas a impedir los nacimientos en el seno del grupo;
- e) Traslado por fuerza de niños del grupo a otro grupo.
Crímenes de guerra
Los crímenes de guerra son violaciones graves de las leyes y costumbres que rigen los conflictos armados.[27] La definición ha evolucionado con el tiempo para incluir conductas que ocurren no solo en guerras entre Estados, sino también en conflictos armados internos.[28] Los crímenes de guerra van en paralelo al derecho internacional humanitario —ambos contenidos principalmente en los Convenios de Ginebra—. El derecho internacional humanitario regula una amplia gama de tratos a los que tienen derecho únicamente las distintas categorías de personas protegidas, como el trato humano de la población civil enemiga bajo ocupación militar de un Estado beligerante y la atención médica no discriminatoria a los heridos y enfermos,[29] o las condiciones mínimas de detención de los prisioneros de guerra.[30] En cambio, los actos que llegan al nivel de crímenes de guerra son aquellos que tienen un efecto particularmente grave sobre las personas, los bienes y los valores esenciales y que generan responsabilidad penal.[27]
Las costumbres que rigen los conflictos armados se remontan siglos atrás, pero el desarrollo y la codificación del concepto moderno de crimen de guerra comenzaron a finales del siglo xix con la redacción de los Convenios de La Haya de 1899 y 1907, que definieron restricciones a los métodos de hacer la guerra.[31] Los Convenios de Ginebra que surgieron tras la Segunda Guerra Mundial, junto con los Protocolos adicionales, ofrecen el marco más sólido del derecho de los conflictos armados.[31] Asimismo, la definición e interpretación de los crímenes de guerra fueron desarrolladas por los tribunales de Núremberg y Tokio, el Tribunal Penal Internacional para la ex-Yugoslavia, el Tribunal Penal Internacional para Ruanda y la Corte Penal Internacional. Al igual que los crímenes contra la humanidad y el genocidio, también constituyen derecho internacional consuetudinario.[27]
Aunque ningún documento codifica por sí solo todos los crímenes de guerra, el Estatuto de Roma representa el consenso más reciente.[31] Define los crímenes de guerra como «infracciones graves de los Convenios de Ginebra» y enumera «cualquiera de los siguientes actos contra personas o bienes protegidos por las disposiciones del Convenio de Ginebra correspondiente»:
- Homicidio intencional o el hecho de causar grandes sufrimientos o atentar gravemente contra la integridad física o la salud.
- Tortura o tratos inhumanos.
- Destrucción o apropiación arbitraria e ilícita de bienes.
- Forzar a un prisionero de guerra a prestar servicio en las fuerzas de una potencia enemiga.
- Privar a un prisionero de guerra de un juicio justo.
- Deportación, confinamiento o traslado ilícito de la población.
- Toma de rehenes.
El Marco de Análisis de los Crímenes Atroces de las Naciones Unidas reconoce que los Convenios de Ginebra de 1949 protegen a cuatro grupos de personas en los conflictos armados:[1]
- Los heridos y enfermos de las fuerzas armadas en campaña.
- Los heridos, enfermos y náufragos de las fuerzas armadas en el mar.
- Los prisioneros de guerra.
- Las personas civiles.
Los Protocolos adicionales de 1977 de los Convenios de Ginebra incorporaron otros grupos protegidos, entre ellos las mujeres, la infancia, el personal sanitario civil y los periodistas.[32]
Limpieza étnica

La expresión «limpieza étnica» abarca una amplia gama de acciones ilícitas encaminadas a expulsar a un grupo de una zona determinada.[2] Puede llevarse a cabo mediante actos no violentos, como las restricciones administrativas a la circulación o el impedimento de acceso a la atención médica, la educación o la ayuda humanitaria.[33] También puede materializarse mediante hostigamientos y amenazas.[33] Finalmente, la limpieza étnica puede practicarse con medidas violentas, entre ellas la violación, la tortura, la deportación forzada, el encarcelamiento masivo, los homicidios y los ataques contra figuras y lugares políticos y culturales.[33] Al igual que en los demás crímenes atroces masivos, existe una superposición considerable entre la limpieza étnica y los actos antes mencionados. Puede ser enjuiciada como crimen contra la humanidad o, específicamente durante un conflicto armado, como crimen de guerra.[34] Su relación con el genocidio resulta especialmente compleja debido a la coincidencia en la intención de tener como blanco a un determinado «grupo nacional, étnico, racial o religioso».[35]
La limpieza étnica se aborda con frecuencia junto al genocidio. Por ejemplo, la Corte Internacional de Justicia determinó que la mayoría de los actos cometidos en Bosnia por las fuerzas serbias constituyeron «limpieza étnica», aunque no alcanzaron el umbral del genocidio.[36] Lo que distingue a la limpieza étnica del genocidio es la intención.[20] El propósito que mueve a la limpieza étnica es lograr la homogeneidad de una región mediante la expulsión, a menudo violenta, de un grupo minoritario y no su destrucción.[2] Por eso, aunque los actos concretos cometidos contra un grupo protegido puedan ser idénticos, los autores de un genocidio no quedarían satisfechos con la mera expulsión del grupo si esta no condujese a su destrucción, mientras que los autores de una campaña de limpieza étnica sí lo estarían en teoría.
Aunque la limpieza étnica no ha sido formalmente codificada en un tratado internacional, el término ha aparecido en resoluciones del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas y de la Asamblea General, en la jurisprudencia del Tribunal Penal Internacional para la ex-Yugoslavia y en informes de expertos de la ONU.[37]
Jurisdicción internacional
Corte Penal Internacional
La Corte Penal Internacional (CPI) solo tiene competencia sobre quienes hayan cometido crímenes contra la humanidad, crímenes de guerra, genocidio o crímenes de agresión.[38] Su competencia se limita además a los crímenes cometidos en el territorio de un Estado que haya aceptado la jurisdicción de la CPI (mediante la ratificación del Estatuto de Roma o por otra vía) y a las situaciones que le remita el Consejo de Seguridad de la ONU.[38] Pese a la facultad de remisión del Consejo de Seguridad, la Corte no está oficialmente adscrita a las Naciones Unidas. Para que la Corte se haga cargo de un caso, el Estado debe ser parte del Estatuto de Roma, ya que esto lo coloca dentro de su competencia. La competencia de la CPI es complementaria de la de los tribunales nacionales: la Corte solo interviene cuando estos no pueden o no están dispuestos a juzgar al responsable. Así, si un perpetrador es juzgado por un tribunal nacional, la CPI no interviene en el caso.[38]
Juicios de Núremberg
Antes de la aprobación del Estatuto de Roma y de la creación de la Corte Penal Internacional, los responsables de crímenes atroces masivos eran sometidos a la justicia mediante tribunales internacionales. Núremberg fue el primer ejemplo de este tipo de tribunales. Constituido como Tribunal Militar Internacional (TMI) para los nazis, Núremberg fue el primer juicio en el que los crímenes contra la humanidad figuraron como una imputación (no podían ser imputados con el delito de genocidio, ya que este aún no existía como categoría jurídica). De los 24 oficiales nazis acusados, 16 fueron declarados culpables de crímenes contra la humanidad.[39]
Tribunal Penal Internacional para la ex-Yugoslavia
El Tribunal Penal Internacional para la ex-Yugoslavia (TPIY) es el tribunal de las Naciones Unidas creado en 1993 para enjuiciar los crímenes atroces masivos cometidos en los Balcanes durante la década de 1990.[40] Conoce de los crímenes cometidos entre 1991 y 2001 contra miembros de varios grupos étnicos en la antigua Yugoslavia: Croacia, Bosnia y Herzegovina, Serbia, Kosovo y Macedonia.[41] Fue el primer tribunal de crímenes de guerra creado por la ONU y el primer tribunal internacional de crímenes de guerra desde los de Núremberg y Tokio.[40] El tribunal fue establecido por el Consejo de Seguridad de la ONU, actuando con arreglo al Capítulo VII de la Carta de las Naciones Unidas.[40] Desde su creación, el TPIY ha dictado resoluciones que han sentado precedente sobre los crímenes atroces masivos, entre ellas el principio de que la posición de una persona no la protege del enjuiciamiento.[42] También ha sentado el precedente de la culpabilidad individualizada con el fin de proteger a comunidades enteras de ser etiquetadas como «colectivamente responsables».[42] Asimismo, ha sostenido que la masacre masiva de Srebrenica fue un genocidio según la definición del derecho internacional.[43] El TPIY ha imputado a más de 160 personas.[40]
Tribunal Penal Internacional para Ruanda
El Tribunal Penal Internacional para Ruanda[44] (TPIR) es un tribunal internacional creado por el Consejo de Seguridad de la ONU para enjuiciar a personas por genocidio y otros crímenes atroces masivos cometidos en Ruanda y en los Estados vecinos entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 1994.[24] El TPIR es el primer tribunal internacional que dictó sentencias por genocidio y el primero en interpretar la definición de genocidio contenida en la Convención de 1948.[45] Es también el primer tribunal que definió la violación como medio para cometer genocidio[46] y el primero en responsabilizar a integrantes de los medios de comunicación por emisiones utilizadas como instrumento de genocidio.[47] La última sentencia de primera instancia del TPIR se dictó el 20 de diciembre de 2012, y desde entonces el tribunal trabaja exclusivamente en apelaciones.[48] Desde su apertura en 1995, de las 93 personas imputadas por el TPIR, 62 fueron declaradas culpables de crímenes internacionales humanitarios y condenadas, 10 fueron remitidas a jurisdicciones nacionales, 2 fallecieron antes de la sentencia, 3 prófugos fueron remitidos al Mecanismo Internacional Residual para los Tribunales Penales y 2 imputaciones fueron retiradas antes del inicio del juicio.[48]
Corte Internacional de Justicia

La Corte Internacional de Justicia (CIJ) es el principal órgano judicial de las Naciones Unidas.[49] Conoce dos tipos de asuntos: contenciosos y consultivos.[50] Los asuntos contenciosos son controversias jurídicas entre Estados que solo pueden ser presentadas por Estados.[51] El único crimen atroz masivo sobre el que la CIJ tiene competencia es el genocidio. Su competencia quedó establecida de forma expresa en la Convención sobre el Genocidio.[52] A diferencia de los tribunales antes mencionados, la CIJ no puede determinar la responsabilidad penal individual.[53] Puede aclarar e interpretar la Convención sobre el Genocidio, así como responsabilizar a los Estados por su comisión o por no prevenirla ni castigarla.[53]
Acuerdos diplomáticos
Responsabilidad de proteger
En la Cumbre Mundial de 2005, los Estados miembros de las Naciones Unidas asumieron el compromiso de proteger frente al genocidio, los crímenes de guerra, la limpieza étnica y los crímenes contra la humanidad. El documento no es un acuerdo jurídicamente vinculante, sino que reafirma la responsabilidad de todos los Estados de proteger a sus propias poblaciones frente a los crímenes atroces. Además, hace recaer en la comunidad internacional la responsabilidad de exigir cuentas a otros Estados respecto de sus poblaciones.[54] De acuerdo con los Capítulos VI, VII y VIII de la Carta de las Naciones Unidas, la ONU reconoció en la cumbre su responsabilidad de ayudar a proteger a todas las poblaciones por medios pacíficos y, cuando sea necesario, mediante una acción colectiva.[54]
Críticas académicas
Una parte de la doctrina, vinculada en particular a las corrientes Third World Approaches to International Law (TWAIL), ha cuestionado el régimen internacional de persecución de los crímenes atroces masivos por su selectividad geográfica y material. Estos autores sostienen que tanto los tribunales ad hoc como la Corte Penal Internacional han concentrado sus investigaciones de forma desproporcionada en Estados del Sur Global —especialmente africanos—, mientras que los crímenes atribuidos a potencias occidentales o a sus aliados rara vez se enjuician, lo que reproduciría una lógica heredada del derecho internacional colonial.[55][56]
Como respuesta institucional a estas tensiones, los Estados africanos aprobaron en 2014 el Protocolo de Malabo, que amplía la competencia penal de la Corte Africana de Justicia y Derechos Humanos para enjuiciar crímenes de derecho internacional en el plano regional. La doctrina ha estudiado este desarrollo como la primera experiencia mundial de regionalización del derecho penal internacional y como un intento del continente de articular una alternativa a la jurisdicción de la CPI, sin que la tensión jurídica entre la Unión Africana y la Corte se haya disipado por completo.[57][58]