El sistema jurídico de la República Dominicana se basa en la tradición legal francesa, que ha influido en la estructura de sus principales códigos, incluido el Código Penal.[7] Su evolución ha pasado por distintas etapas, con influencias extranjeras y adaptaciones a la realidad nacional dominicana.[8]
Tras la declaración de independencia en 1844, la reciente nación dominicana adoptó casi de inmediato los códigos napoleónicos, que eran considerados los más modernos de la época.[9] En 1845, el gobierno dominicano promulgó el Código Penal de la República Dominicana, que era una traducción y adaptación directa del Código Penal francés de 1810.[10] Este primer código sentó las bases del derecho penal en el país y estableció la clasificación de las infracciones en crímenes, delitos y contravenciones, esta estructura jurídica se mantendría por más de un siglo.[11]
El Código Penal promulgado en 1845 fue reemplazado en 1884 por un nuevo cuerpo legal inspirado en el modelo francés, que incorporó adaptaciones al ámbito jurídico de la República Dominicana.[12] El código de 1884 mantuvo la estructura y principios generales del sistema penal francés, clasificando las infracciones en crímenes, delitos y contravenciones.[13]
Desde su entrada en vigor, ha sido objeto de reformas parciales mediante leyes especiales, como la Ley 24-97[14] y la Ley 12-07,[15] que introdujeron nuevos tipos penales y ajustaron sanciones.[16] Aunque en 2014 se intentó aprobar un nuevo código, este fue declarado inconstitucional por el Tribunal Constitucional,[17] por lo que el Código Penal de 1884 continuó en vigor hasta la promulgación del nuevo código mediante la ley núm. 74-25.[18][19][20]
La promulgación del nuevo Código Penal (Ley núm. 74-25) ha sido el resultado de un extenso y complejo proceso de debate legislativo.[21] Durante años, la necesidad de reemplazar el obsoleto código de 1884 fue un tema recurrente entre juristas y en la sociedad dominicana, quienes señalaban que la legislación penal existente no respondía adecuadamente a los desafíos de la criminalidad moderna, la tecnología y los estándares internacionales de derechos humanos.[22]
Este debate, marcado por múltiples intentos de reforma fallidos, reflejó las profundas divisiones en temas sensibles y la dificultad de alcanzar un consenso político y social, especialmente sobre las tres causales.[23]
La aprobación de la Ley núm. 74-25 representó la culminación de un esfuerzo de reforma integral impulsado bajo la administración del presidente Luis Abinader, quien había instado al Congreso a priorizar esta modernización.[24][25][26][27] Su promulgación se presentó como un avance importante para el sistema de justicia del país, con el objetivo de dotarlo de un marco legal más robusto y actualizado que permita una persecución de delitos más efectiva, fortalezca la seguridad ciudadana y proteja los derechos de las víctimas de manera más contundente.[28][29][30][31]