Derecho de retorno

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El término derecho de retorno se refiere a un principio del derecho internacional, codificado en la Declaración Universal de los Derechos Humanos y en el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, mediante el cual una persona tiene el derecho de regresar a su país de origen, e ingresar al mismo. Este principio a menudo se refleja con especial consideración en las leyes inmigratorias de los países (llamándolo «repatriación») en el que se facilita o alienta la reunión de una diáspora.[1][2]

El artículo 13 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos declara que "toda persona tiene derecho a circular libremente y a elegir su residencia en el territorio de un Estado. Toda persona tiene derecho a salir de cualquier país, incluso del propio, y a regresar a su país". Existe desacuerdo en cuanto a lo que esto realmente significa en la práctica, así como si país se refiere a un estado o un área específica de la tierra. Además, el cambio de estado a país de la primera a la segunda oración oscurece el asunto.

Gran parte de la controversia en torno a ese derecho, empero, se deriva del desacuerdo a lo que el artículo 13 se refiere como "el propio". Debido a que muchos países son estados naciones predicadas sobre el derecho a la autodeterminación nacional, estos países a menudo identifican un vínculo especial entre ellos y las personas identificadas con la nación o pueblo, cuya autodeterminación ese país permite. Las leyes nacionales que aplican el "derecho de retorno" tienden a predicarse en este vínculo. Debido a que dan a la gente de cierta manera una inmigración preferencial, estas leyes pueden son controvertidas, especialmente en los que se perciben como a expensas de otras personas que desean inmigrar o volver.

Por país

Véase también

Referencias

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