Derecho penal del enemigo

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Derecho penal del enemigo (en alemán: Feindstrafrecht) es la expresión acuñada por el jurista alemán Günther Jakobs en 1985 para referirse a las normas que en el Código Penal alemán (Strafgesetzbuch, abrev. StGB) sancionaban penalmente conductas, sin que se hubiere afectado el bien jurídico, pues ni siquiera se trataba del inicio de la ejecución. Estas normas no castigan al autor por el hecho delictivo cometido sino por el hecho de considerarlo peligroso.[1]

Según Jakobs, ciertas personas, porque son enemigos de la sociedad (o del Estado), no tienen todas las protecciones y procedimientos penales que se dan a otras personas. Jakobs propone la distinción entre un «derecho penal del ciudadano» (Bürgerstrafrecht), que se caracteriza por el mantenimiento de la vigencia de la norma, y un «derecho penal del enemigo» (Feindstrafrecht), orientado a combatir los peligros, y que permite que cualquier medio disponible sea utilizado para castigar estos enemigos.[2]

Por lo tanto, el derecho penal del enemigo no constituye en sí mismo un corpus legislativo, sino que significa la suspensión de ciertas leyes, justificada por la necesidad de proteger la sociedad o el Estado contra determinados peligros. La mayoría de los estudiosos del derecho penal y de la filosofía del derecho se oponen al concepto de Feindstrafrecht. Günther Jakobs, a su vez, señala que sólo describe algo que ya existe, mientras que sus críticos dicen que asume una posición afirmativa en su publicación de 2004.

En esta publicación, Jakobs propone que cualquier persona que no respete las leyes y el orden legal de un Estado –o que pretenda destruirlos– debe perder todos los derechos como ciudadano y como ser humano y que el Estado debe permitir a esta persona sea perseguida por todos los medios disponibles. Esto significa, por ejemplo, que un terrorista que quiera subvertir las normas de la sociedad, un criminal que ignora las leyes y un miembro de la mafia que sólo respete las reglas de su clan, deberían ser designados como «no-personas» y ya no merecerían ser tratados como personas, sino como enemigos.

Jakobs justifica la necesidad de un derecho penal del enemigo desde la filosofía, y se refiere a la teoría hobbesiana del contrato social y su interpretación por Immanuel Kant. Quien acaba con este contrato social mediante su deshonra, deja la sociedad y entra en el estado natural sin ley. De este modo, pierde sus derechos como persona y se convierte en un enemigo, y como tal, debe ser perseguido por la sociedad.

Jakobs en 1985 consideraba que en un Estado de libertades solo tiene cabida un derecho penal de ciudadanos.[3] Después del Congreso, el tema no fue tratado apenas durante algunos años, si bien Jakobs seguía publicando.

Cuando se produjeron los atentados del 11 de septiembre de 2001 y se declaró el Estado de guerra, Jakobs se refirió a estos acontecimientos como un ejemplo de derecho penal del enemigo, pero ya no la consideró tan peyorativo.

Se habla por ello de un segundo Jakobs (1999/2003) que fundamenta la legitimidad del derecho penal del enemigo, en el derecho de los ciudadanos a la obtención de un mínimo de seguridad frente a quienes no cabe establecer cognitivas. Ahora bien, este segundo Jakobs insiste en que hay que mantener separados ambos ordenamientos jurídicos, pues obedecen a dos lógicas distintas.[4]

Garantía cognitiva

Günther sostiene que hay que distinguir entre delincuentes que han cometido un error y aquellos que pueden destruir el ordenamiento jurídico. Los primeros son personas y deben ser tratados como tales, pues ofrecen garantía cognitiva suficiente de un comportamiento personal. A quienes no ofrecen esa seguridad cognitiva, el Estado no debe tratarlos como persona, pues entonces vulneraría el derecho a la seguridad de las demás personas. En palabras de Kant, según Jakobs, separarse de los enemigos significa protegerse frente a ellos.[5]

Desarrollo del concepto de derecho penal del enemigo

Referencias

Bibliografía

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