Directiva de Protección Temporal
La Directiva de Protección Temporal es una directiva de la Unión Europea(UE) que proporciona protección temporal e inmediata para las personas desplazadas fuera de las fronteras exteriores de la Unión. En vigor desde 2001, la directiva esta enfocada en las personas desplazadas, ya sea por motivo de guerra, persecución política, religiosa o étnica y las medidas a tomar por parte de los Estados miembros para acoger y asumir las consecuencias de dicha acogida, siendo el esfuerzo de los diferentes Estados realizado de forma equitativa.
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La Directiva de Protección Temporal es una directiva de la Unión Europea(UE) que proporciona protección temporal e inmediata para las personas desplazadas fuera de las fronteras exteriores de la Unión. En vigor desde 2001, la directiva esta enfocada en las personas desplazadas, ya sea por motivo de guerra, persecución política, religiosa o étnica y las medidas a tomar por parte de los Estados miembros para acoger y asumir las consecuencias de dicha acogida, siendo el esfuerzo de los diferentes Estados realizado de forma equitativa.[1]
Esta directiva nace de la necesidad europea de establecer una política común en el ámbito del asilo debido al importante aumento progresivo en los desplazados, siendo las Guerras yugoslavas el detonante que haría que la maquinaria europea empezara a trabajar en pos de la resolución del problema de reparto de refugiados. Gracias a esto, en 1995 y 1996 nacería el germen de la futura Directiva de protección, con una Resolución (el 25 de septiembre de 1995) y una Decisión (el 4 de marzo de 1996). La Resolución del 95 trataría sobre el reparto de las cargas entre los distintos Estados miembros de la Unión en relación con la acogida y estancia, con carácter temporal de las personas desplazadas y la Decisión del 96, sobre un procedimiento de alerta y urgencia para el reparto de cargas en relación con la acogida y la estancia, de nuevo también con carácter temporal.[1]
De estas políticas también se destaca que se plantearán antes del dictamen del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados cuando en las regiones que se origina el conflicto no se disponga de la ayuda y protección adecuadas o cuando la región comentada previamente pudiera considerarse propia de la Unión gracias a su proximidad, aunque no perteneciese a ella.[2]
Sería ya el 3 de diciembre de 1998 cuando se empieza a buscar la formulación de unas normas mínimas para la concesión de la protección temporal a refugiados de países terceros, marcando el Consejo de Tampere el 15 y 16 de octubre de 1999 esta cuestión de gran importancia, ya que no solo se busca un normas y medidas vinculadas entre sí en pos de la eficacia, coherencia y solidaridad entre los distintos Estados miembros, sino que también se busca evitar que se generen movimientos de desplazados secundarios a raíz de la falta de resolución.[1]
El 20 de julio del 2001 el Consejo de la Unión Europea realizaría el documento encargado de la Directiva de Protección Temporal, entrando este en vigor el 7 de agosto del mismo año, siendo su validez sin fecha límite.[3]
Solo dos países miembros de la Unión Europea no adoptaron la Directiva de Protección, siendo estos Irlanda y Dinamarca, por lo que no estarán vinculados a las políticas que se apliquen a raíz de esta ni se verán obligados a aplicarla.[1]