Enrique Frigerio
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| Enrique Frigerio | ||
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Ministro de Justicia | ||
| 12 de diciembre de 1983-28 de febrero de 1985 | ||
| Presidente |
Gregorio Álvarez Rafael Addiego Bruno | |
| Predecesor | Julio César Espínola | |
| Sucesor | Adela Reta (interina) | |
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| Ministro de la Corte de Justicia/Suprema Corte de Justicia | ||
| 25 de octubre de 1978-12 de diciembre de 1983 | ||
| Predecesor | Rómulo Vago/Francisco José Marcora | |
| Sucesor | Rafael Addiego Bruno | |
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| Información personal | ||
| Nacimiento |
7 de julio de 1918 | |
| Fallecimiento |
15 de mayo de 1987 (68 años) | |
| Nacionalidad | Uruguaya | |
| Educación | ||
| Educado en | Universidad de la República | |
| Información profesional | ||
| Ocupación | Abogado, Juez | |
Enrique Vicente Frigerio Toppi (Montevideo, Uruguay, 7 de julio de 1918 - Montevideo, Uruguay, 15 de mayo de 1987), fue un magistrado y político uruguayo, quien se desempeñó como miembro de la Suprema Corte de Justicia de su país entre 1978 y 1983 (denominada únicamente Corte de Justicia hasta 1981), y posteriormente ocupó el cargo de Ministro de Justicia entre 1983 y 1985, en el último período de la dictadura cívico-militar finalizada este último año.
Nació en Montevideo el 7 de julio de 1918, hijo de Atilio Frigerio Dughon, uruguayo, y de Dora Toppi Salomoni, italiana.[1][2]
Cursó estudios en la Facultad de Derecho de la Universidad de la República hasta graduarse como abogado, prestando juramento como tal en febrero de 1948.[3]
Juez de Paz
En diciembre de 1948 inició su carrera judicial al ser nombrado Juez de Paz de la 1ª sección judicial de Treinta y Tres, con sede en la ciudad de Treinta y Tres.[4]
Juez Letrado en el interior
Juez Letrado en la capital
En marzo de 1958 fue ascendido a cumplir funciones como Juez Letrado en Montevideo, inicialmente como Juez Letrado Suplente,[3] y luego, a partir de octubre del mismo año, en calidad de Juez Letrado de Instrucción y Correccional de Sexto Turno.[7]
En marzo de 1962 fue trasladado al Juzgado Letrado en lo Civil de Primer Turno.[3][8]
Tribunal de Apelaciones
En abril de 1967 recibió un nuevo ascenso al ser nombrado ministro del Tribunal de Apelaciones en lo Civil de Segundo Turno.[9] Permaneció integrando dicho tribunal por espacio de once años.
Corte de Justicia
El 25 de octubre de 1978 el Consejo de la Nación lo eligió por unanimidad, junto a Ramiro López Rivas, como miembro de la Corte de Justicia, para cubrir las vacantes generadas por el cese de Rómulo Vago y el fallecimiento de Francisco José Marcora.[10][3]
Frigerio y López Rivas fueron los primeros magistrados en ingresar a la Corte luego del dictado del Decreto Constitucional-Acto Institucional número 8, el 1° de julio de 1977, en el marco de la dictadura cívico militar instaurada en 1973, por el que se modificaron las normas constitucionales referentes al Poder Judicial, dejando de tener carácter de tal y pasando a denominarse Administración de Justicia y a depender administrativamente del Poder Ejecutivo. La Suprema Corte de Justicia había pasado a llamarse únicamente Corte de Justicia, a secas, y perdió la mayor parte de sus competencias como jerarca administrativo del sistema judicial, por ejemplo, las referidas a designaciones y traslados de jueces, en las que pasó a tener solo la potestad de iniciativa y cuya resolución final quedó en manos del Poder Ejecutivo.[11]
Restablecimiento de la Suprema Corte de Justicia
Frigerio ocupó la Presidencia de la Corte durante el año 1981.[12]
El 10 de noviembre de ese mismo año se dictó el Decreto Constitucional-Acto Institucional número 12, que derogó el número 8, restableció el carácter de Poder del Estado del Poder Judicial y el nombre de Suprema Corte de Justicia a su órgano máximo. Sin embargo, no le devolvió sus competencias tradicionales consagradas en la Constitución de 1967, sino que todo lo relativo a la administración del Poder Judicial, designación y traslado de jueces fue confiado a un nuevo órgano denominado Consejo Superior de la Judicatura, presidido por el ministro de Justicia y con integración mixta de miembros magistrados y no magistrados.[13]
El Poder Judicial solo recobraría la plenitud de su independencia y sus funciones constitucionales con el restablecimiento de la democracia en 1985.