Etiquetado de alimentos en Colombia

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La ley de etiquetado frontal o “Ley de comida chatarra” como fue nombrada en Colombia en 2022, es una medida basada en la advertencia mediante etiquetas adheridas en los productos alimentarios, reconocida por la Organización Panamericana de la Salud (OPS). Esta legislación fue instaurada por el Ministerio de Salud y Protección Social en su compromiso con la salud pública de los colombianos mediante la Resolución 810 del 2021, la que establece los requisitos de etiquetado nutricional y frontal que deben cumplir los alimentos envasados o empacados para consumo humano. Dicha resolución entraría en vigor el 16 de diciembre de 2022 y traerá cambios en las tablas nutricionales y el uso de sellos frontales para los alimentos y bebidas empacadas. Sin embargo, faltaba la reglamentación de la norma. La ley también regula la publicidad, promoción y patrocinio a niños, niñas y adolescentes.

En el 2018, la organización no gubernamental Red PaPaz, inició una campaña para exigir la implementación del etiquetado octagonal[1] (que ya se creó en Chile desde 2016), y al mismo tiempo exigía prohibición de publicidad de alimentos y bebidas envasadas y empacadas dirigida a menores de edad.

Inicio de la norma

Modificación

Referencias

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