Feticidio

From Wikipedia, the free encyclopedia

Recreación de un feto humano de 35 semanas, 2004.

El feticidio es la acción y efecto de dar muerte a un feto.[1] Es considerada una acción intermedia entre el aborto y el infanticidio,[2] diferenciándose del aborto en que este último consiste en la finalización prematura del embarazo de forma natural, hecha antes que el feto pueda sobrevivir fuera del útero.[3] El jurista italiano, Francesco Carrera, señala que «El feticidio es la muerte del feto dentro del útero, o se entiende la violenta expulsión del vientre materno, de la que sigue la muerte del feto».[4]

En algunos países, el derecho penal, según las circunstancias específicas, trata el acto de matar a un feto como un asesinato, homicidio por negligencia, aborto, u homicidio.[5]

Los fetos nacidos antes de 25 semanas muchas veces son clasificados como no-viables, y la mitad de los que nacen con 25 semanas gestadas consigue sobrevivir.[6] En muchos países, la ley permite el aborto hasta las 24 semanas de gestación, entendiendo que después de este tiempo el bebé podría ser considerado «viable», viviría fuera de la madre, y por lo tanto esta no puede decidir abortarlo.[7]

Historia

El Código de Hammurabi, que data del siglo XVIII a. C., destacaba aspectos de la reparación debida a las mujeres libres en casos de abortos provocados mediante violencia por golpes, exigiéndose el pago de 10 siclos por el feto perdido.[4]

En Egipto se permitía el aborto pero se castigaba severamente el infanticidio. Los hebreos, por su parte, penaban solamente los abortos causados violentamente.

En Roma, el sujeto de derechos era aquel que reunía cuatro condiciones:[8]

  • Existencia del hombre: Para que el hombre fuera considerado como existente y capaz de ser sujeto de derechos necesitaba cumplir con los siguientes requisitos:
    • Nacimiento efectivo: El nuevo ser debía estar totalmente desprendido del claustro materno, es decir, que ya estuviera cortado el cordón umbilical, y por lo tanto, ya no dependiera, para su existencia, de la ayuda de su madre.
    • Nacimiento con vida: Para el nacimiento se entendía ser necesario que el feto se hubiera separado del útero materno, fuese cualquiera la manera como se realizara dicha separación. Los romanos creyeron suficiente, para que se verificare el nacimiento, la salida del feto del vientre materno. Hasta ese momento el feto se consideraba común mente, entre los romanos, como una portio mulieris-parte de la mujer. Sin embargo, porque constituía esperanzas fundadas de hombre, era el feto protegido por el Derecho Romano, aun durante la época de la gestación en los primeros tiempos del Status Civitas las leyes establecían que se suspendería la ejecución capital de la mujer que se hallare en cinta: praegnatis mulieris consumendae-domnatae poena diffetur quoad pariat. Más tarde se ordenó que el magistrado diera un curador-guardador (curador ventris) al que aún no hubiese nacido, y que este pudiera ser instituido válidamente heredero. De allí viene la palabra celebre Nasciturus pro iam habeatur, quotiens de uius commodis, agitur. El que va a nacer, es considerado por las leyes como ya nacido, cuando se trata de sus provechos.[9]
    • Parto viable: El parto debía ser de término, es decir que no hubiera sido prematuro. La no viabilidad se refería a la situación en la cual el feto no hubiera alcanzado en el claustro materno, el desarrollo suficiente para seguir viviendo después del parto. Es decir, la incapacidad orgánica del feto para continuar con vida.
  • Estado de libertad (Status Libertatis) La libertad en sentido jurídico se definió como: «aquella facultad de hacer lo que se quiere, menos lo que está prohibido por el derecho o impedido por la violencia»; es decir, es la facultad de disponer como se quiera de uno mismo y de sus actos, en los límites establecidos 6por el Derecho. En el Derecho Romano, los que tenían libertad se llamaban «libres», y los que estaban privados de estas facultades eran llamados «esclavos», los cuales eran considerados objetos. El estado de libertad se adquiría por el nacimiento ("ingenuo") o por la liberación de la esclavitud («libertos»), es decir, es «ingenuo» el que nace de personas libres. Todos aquellos que nazcan fuera del matrimonio, seguirán la condición de la madre. Los libertos eran esclavos liberados, o sea, una renuncia del amo a la potestad que tiene sobre su esclavo.
  • Estado de ciudadano (Status Civitatis).[8]

Con la llegada del cristianismo cambia radicalmente el pensamiento y, posteriormente, las leyes. La tesis central del cristianismo era que a partir del momento de la fecundación se constituye ya una vida humana, que posee dignidad y honor similares a los de cualquier ser humano ya nacido; afirmando que el embrión recibía directamente de Dios su alma racional en el mismo momento de la concepción. Por el contrario, la tesis de la animación retardada sostiene que el alma se integra al cuerpo cuando el embrión humano está lo suficientemente conformado para recibirla. A partir de esta última postura la Iglesia Católica distinguía la muerte del feto que aún no tenía alma de aquel en el que ya residía. «El feto no era un ser humano con alma humana hasta, al menos, 40 días después de la concepción».[4]

Véase también

Referencias

Related Articles

Wikiwand AI