Hugo Richer

político paraguayo From Wikipedia, the free encyclopedia

Oscar Hugo Richer Florentín (Ypacaraí, 1 de abril de 1959) es un político socialista paraguayo. En su juventud fue activo opositor de la dictadura de Alfredo Stroessner.

Nacimiento 1 de abril de 1959 (66 años)
Ypacaraí, Paraguay
Nacionalidad paraguaya
Ocupación Político Ver y modificar los datos en Wikidata
Años activo

2013-20218, primer período

2018-2023, segundo período
Datos rápidos Senador Nacional de Paraguay, Información personal ...
Hugo Richer

Hugo Richer 2023


Senador Nacional de Paraguay
1 de julio de 2018-1 de julio de 2023

Información personal
Nacimiento 1 de abril de 1959 (66 años)
Ypacaraí, Paraguay
Nacionalidad paraguaya
Información profesional
Ocupación Político Ver y modificar los datos en Wikidata
Años activo

2013-20218, primer período

2018-2023, segundo período
Partido político Partido Convergencia Socialista miembro del Frente Guasu.
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Participación política y trayectoria

La trayectoria política de Hugo Richer se inició con su vinculación a la juventud del Movimiento Popular Colorado (MOPOCO), activa tanto en el exilio como en la clandestinidad durante la dictadura de Alfredo Stroessner.

A comienzos de la década de 1980, fue cofundador del Movimiento Democrático Popular (MDP), una organización de orientación socialista que operó en la clandestinidad hasta 1986, año en que se constituyó públicamente en Paraguay, en un contexto de proscripción de las organizaciones de izquierda. El MDP contribuyó al proceso de recomposición de los movimientos sindical, campesino y estudiantil en los años finales de la dictadura.

En 1990, Richer participó en la fundación del Foro de São Paulo en Brasil, una instancia de concertación de fuerzas progresistas y de izquierda para analizar los efectos del neoliberalismo y el colapso del bloque socialista.

Consolidación y Fundación de Partido

En la década de 1990, formó parte de un espacio de debate que derivó en la publicación trimestral de la revista "Debate" (1998), cuyo objetivo fue la reflexión sobre la izquierda en el escenario posterior a la disolución de la Unión Soviética. Esta iniciativa facilitó el contacto y la articulación con diversos grupos del movimiento popular y con proyectos políticos socialistas, proceso que culminó en 2002 con la fundación del Partido Convergencia Popular Socialista (PCPS). Richer ejerció como su primer presidente.

En 1999, este proceso fue afectado por los sucesos conocidos como el "Marzo Paraguayo".

En 2002, Richer lideró una de las movilizaciones populares de mayor magnitud de las últimas décadas en Paraguay. Durante 16 días, estas acciones se extendieron por gran parte del territorio nacional y lograron la derogación de una ley que habilitaba un proceso de privatización de empresas públicas. Esta lucha se caracterizó por un amplio acuerdo unitario entre fuerzas sociales y políticas progresistas. Durante la represión de esta movilización, resultó muerto el activista campesino Calixto Cabral.

Cargos Nacionales

Fue ministro,[1] en reemplazo de Pablino Cáceres, de la Secretaría de Acción Social de Paraguay (SAS) (antecedente del Ministerio de Desarrollo Social), durante el periodo 2011-2012, bajo la Presidencia de Fernando Lugo. Además, fue senador de la Nación por el Partido Convergencia Socialista en dos periodos consecutivos, de 2013 a 2018,[2] y de 2018 a 2023.[3] En 2023 participó en las elecciones generales de ese año, fallando en su intento de ganar un tercer periodo.

Durante su gestión parlamentaria, se desempeñó como Coordinador de los Frentes Parlamentarios contra el Hambre[4] de América Latina y el Caribe, y como tal, participó en la organización de la Primera Cumbre Mundial contra el Hambre y la Malnutrición, celebrada en Madrid en 2018. Ha enfocado su labor en la atención y gestión de las demandas de organizaciones sindicales, campesinas, indígenas, de productores, de mujeres y de diversos sectores populares.

Proyectos de ley

Como legislador ha presentado varios proyectos[3] de leyes entre los que se puede citar:

  • “Que establece los valores del costo operativo y precio de referencia del flete de unidad de carga conformadas por tractocamión y semirremolque y crea el comité técnico del costo operativo del flete”.
  • “Que modifica los artículos 2°, 4°, 5° y 8° de la Ley N° 6590/20 ‘Que modifica y amplía de manera transitoria el artículo 4° de la Ley N° 4758/2012 ‘Que crea el Fondo Nacional de Inversión Pública y Desarrollo (FONACIDE) y el Fondo para la Excelencia de la Educación y la Investigación”, y se establecen medidas presupuestarias y administrativas”.
  • “Que declara Emergencia Educativa en todo el territorio nacional y crea la tasa extraordinaria a las grandes fortunas”.
  • “De protección y restauración de cuencas hidrográficas”.
  • “De reforma de la Ley Orgánica de la ANDE (N° 966/1964)”.
  • “Por la cual se amplia y se modifica la Ley N° 6.256/2018 que prohíbe las actividades de transformación y conversión de superficies con cobertura de bosques en la Región Oriental”.
  • “QUE PROHÍBE Y SANCIONA LA ESPECULACIÓN DE PRECIOS DE PRODUCTOS DE PRIMERA NECESIDAD PARA LA NUTRICIÓN Y LA HIGIENE DE LAS FAMILIAS”.
  • “Que deroga la Ley Nº 40/90 ‘Que crea la Comisión Nacional de Defensa de los Recursos Naturales y su Ley modificatoria, Ley Nº 5413/2015 ‘Por el cual se modifica los artículos 1º, 2º, 3º y 4º de la Ley Nº 40/90 ‘Que crea la Comisión Nacional de Defensa de los Recursos Naturales”.
  • “Por el cual se declara reserva de biósfera del Chaco, Paraguay y el departamento de Boquerón, aprobada y reconocida por el Comité del Hombre y la Biósfera (MaB) de la UNESCO, limitando con Bolivia y Brasil”.
  • “Que prohíbe el uso de PARAQUAT, sus derivados y sucedáneas en el territorio de la República del Paraguay”.
  • "Contra el acoso laboral, prevención del riesgo psicosocial en el sector público".
  • "Del ejercicio de la soberanía hidroeléctrica y el buen uso de la renta eléctrica para el desarrollo sustentable".
  • “Que deroga la Ley N° 1.066 ‘Que reglamenta el artículo 32 de la Constitución Nacional”.
  • “Que deroga la Ley Nº 718 del año 1995 ‘Que desafecta 408 has. (cuatrocientos ocho hectáreas) de los inmuebles expropiados por la Ley Nº 321 de 14 de abril de 1994”.

Referencias

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