Intervención General de la Seguridad Social

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País EspañaBandera de España España
Sigla IGSS
Jurisdicción Seguridad Social
Intervención General de la Seguridad Social


Localización
País EspañaBandera de España España
Información general
Sigla IGSS
Jurisdicción Seguridad Social
Tipo Dirección General
Sede Calle Valenzuela, 5
Madrid
Sistema Seguridad Social de España
Organización
Interventor General Sonia Pérez-Urría Ventosa
Depende de Secretaría de Estado de la Seguridad Social
Entidad superior Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones
Empleados 51 (31 de diciembre de 2024)[1]
Presupuesto 91 millones de (2025)[2]
Historia
Fundación 1 de diciembre de 1977 (48 años)
Sitio web oficial

La Intervención General de la Seguridad Social (IGSS) es el órgano de control interno y de dirección y gestión de la contabilidad de las entidades que integran el sistema de la Seguridad Social. Asimismo, es el centro de gestión de la contabilidad de las entidades gestoras y servicios comunes de la Seguridad Social.[3]

Creada por el Real Decreto 3307/1977, de 1 de diciembre,[4] se encuentra adscrita al Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, a través de la Secretaría de Estado de la Seguridad Social y Pensiones, aunque funcionalmente depende de la Intervención General de la Administración del Estado.

La Intervención General desarrolla las funciones y competencias relativas a:[5]

  1. El control interno, en el ámbito de las entidades que integran el sistema de la Seguridad Social, mediante el ejercicio de la función interventora, el control financiero permanente y la auditoría pública, en los términos establecidos en la Ley 47/2003, de 26 de noviembre.
  2. El control financiero sobre las subvenciones y ayudas públicas concedidas por las entidades gestoras y servicios comunes de la Seguridad Social, en los términos establecidos en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
  3. Las actuaciones derivadas del ejercicio del control financiero de los fondos europeos asignadas por la Intervención General de la Administración del Estado, en su condición de autoridad de auditoría de los citados fondos.
  4. La dirección y la gestión de la contabilidad pública en el ámbito de las entidades que integran el sistema de la Seguridad Social, en los términos establecidos en la Ley 47/2003, de 26 de noviembre.
  5. La gestión de la información económico-financiera derivada del ejercicio de sus funciones contables y de control.
  6. La remisión, con carácter mensual, a la Oficina Presupuestaria de las Cortes Generales de la información sobre la ejecución de los presupuestos de las entidades que integran el sistema de la Seguridad Social, en los términos establecidos en la Ley 47/2003, de 26 de noviembre.
  7. El auxilio y colaboración con la Administración de Justicia, dentro de los límites de las funciones y competencias que el ordenamiento jurídico atribuye a la Intervención General de la Seguridad Social, en relación con aquellos procedimientos penales en los que exista conexión con dichas funciones y competencias.
  8. La participación con voz y voto en los órganos colegiados en los que, de acuerdo con la normativa vigente, haya de tener representación.
  9. La emisión de informes sobre las normas por las que haya de regirse la elaboración del Presupuesto de la Seguridad Social y que hayan de ser dictadas por los órganos de dirección y tutela de las diferentes entidades que la integran.
  10. La coordinación de todas las intervenciones delegadas y unidades territoriales de control financiero para el ejercicio de sus actuaciones, dictando en su caso, las instrucciones organizativas y funcionales que permitan una mayor eficiencia en el empleo de los recursos para el cumplimiento de las funciones encomendadas. En particular, dicha coordinación implicará:
    1. La aplicación de criterios comunes para el ejercicio de sus funciones y competencias.
    2. La planificación y programación global de actuaciones y su asignación a las unidades que deban desempeñarlas.
    3. La organización y distribución de los recursos humanos y materiales asignados por la Intervención General de la Seguridad Social.
  11. El ejercicio de cualesquiera otras funciones y competencias que le atribuya la normativa vigente.

Estructura

Interventor general

Referencias

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