Junta Departamental de Canelones
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Junta Departamental de Canelones | ||
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| L Legislatura | ||
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Sala de sesiones Congreso de los Pueblos Libres | ||
| Localización | ||
| País | Canelones | |
| Información general | ||
| Creación | 1 de marzo de 1934 | |
| Tipo | Unicameral | |
| Liderazgo | ||
| Presidente |
Daniel Pereira (Frente Amplio) | |
| Secretario General |
Miguel Sanguinetti | |
| Primer Vicepresidencia |
Leonardo Borges (Frente Amplio) | |
| Segunda Vicepresidencia |
Marisol D'Albora (Frente Amplio) | |
| Composición | ||
| Miembros | 31 miembros | |
| Cuerpo de ediles y edilas de Canelones | ||
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| Grupos representados | ||
| Sitio web | ||
| Junta Departamental de Canelones | ||
La Junta Departamental de Canelones es el órgano que ejerce el poder legislativo del Departamento de Canelones (Uruguay), según lo establece el artículo N° 273 de la Constitución de la República Oriental del Uruguay. También sirve como contralor del Gobierno Municipal.
El organismo se integra por 31 miembros denominados ediles, elegidos cada 5 años en las elecciones departamentales. Para integrar la Junta Departamental se requiere 18 años cumplidos de edad, ciudadanía natural o legal con 3 años de ejercicio y ser nativo del departamento o estar radicado en él desde al menos 3 años antes de las elecciones.
Historia
Entre los primeros antecedentes institucionales se destaca la Constitución de 1918, donde el legislativo departamental aparece bajo el nombre de Asambleas Representativas. En noviembre de 1919, a través de la ley Orgánica de Gobierno y Administración Local N.º 7042 se reglamentó su integración, funcionamiento y competencias.[1] Según el artículo N.º 10, los miembros de la Asamblea Representativa serían reconocidos como diputados departamentales.
La actual denominación del organismo aparece por primera vez en la Constitución de 1934, con diferencias en la cantidad de integrantes, pero con las mismas funciones a nivel territorial. Es a partir de la Ley Orgánica Municipal N.º 9515 promulgada en octubre de 1935, que los miembros de las Juntas Departamentales comienzan a ser denominados Ediles.[2]
En 1973 se disolvieron las Juntas Departamentales, sustituidas en el mismo año por las denominadas Juntas de Vecinos. Con el retorno de la democracia, la Junta Departamental retoma las competencias institucionales establecidas en la Constitución de 1967.
La descripción del funcionamiento de la Junta Departamental de Canelones, tanto en lo que respecta a las Comisiones Asesoras como a las posibles categorías de votación en el Plenario de Ediles, se especifica en el Reglamento Interno, aprobado originalmente por el Decreto N.º 314 de diciembre de 1959.
