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Ley 53 de Puerto Rico

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La Ley de la Mordaza (formalmente Ley Núm. 53 de 1948) fue una ley aprobada por la Asamblea Legislativa de Puerto Rico el 21 de mayo de 1948 y firmada por el gobernador Jesús T. Piñero el 10 de junio del mismo año. La ley tenía como propósito suprimir el movimiento independentista puertorriqueño.[1]

Título largo Ley Núm. 53 de 1948
Extensión territorial Bandera de Puerto Rico Puerto Rico
Aprobación 21 de mayo de 1948
Datos rápidos Título largo, Extensión territorial ...
Ley de la Mordaza
Título largo Ley Núm. 53 de 1948
Extensión territorial Bandera de Puerto Rico Puerto Rico
Hecho por Decimosexta Asamblea Legislativa de Puerto Rico
Historia
Aprobación 21 de mayo de 1948
Firma Jesús T. Piñero
Entrada en vigor 10 de junio de 1948
Legislación relacionada
Derogada por Derogada en 1957 por inconstitucional
Legislación derogada
Cerrar

La ley tipificó como delito grave poseer o exhibir la bandera de Puerto Rico, cantar canciones patrióticas, hablar o escribir a favor de la independencia, o reunirse con cualquier persona o celebrar asambleas a favor de la independencia puertorriqueña.[2] Las penas por violar la ley incluían hasta diez años de cárcel, una multa de hasta 10 000 USD, o ambas.

La ley fue aprobada por una legislatura dominada por el Partido Popular Democrático (PPD), y guardaba estrecha similitud con la Ley Smith federal de 1940. El representante Leopoldo Figueroa, único miembro no perteneciente al PPD en la Cámara de Representantes, la calificó como una «burda copia de la Ley Smith» y la bautizó como «Ley de la Mordaza».[3]

Opositores a la ley intentaron que fuera declarada inconstitucional ante la Corte Suprema de los Estados Unidos, sin éxito. La ley permaneció vigente durante nueve años hasta su derogación en 1957, al considerarse inconstitucional bajo la libertad de expresión protegida por el Artículo II de la Constitución del Estado Libre Asociado de Puerto Rico y la Primera Enmienda de la Constitución de los Estados Unidos.[4]

Antecedentes

El movimiento independentista y la ocupación estadounidense

Tras la invasión estadounidense de Puerto Rico en 1898 durante la Guerra hispano-estadounidense, algunos líderes como José de Diego y Eugenio María de Hostos esperaban que Estados Unidos concediera la independencia a la isla.[5] En cambio, bajo los términos del Tratado de París, Estados Unidos anexó la isla.

A comienzos del siglo XX, el movimiento independentista era amplio y contaba con apoyo de múltiples partidos políticos, entre ellos el Partido Unión de Puerto Rico, el Partido Liberal de Puerto Rico y el Partido Nacionalista, fundado por José Coll y Cuchí.[6]

En 1917, el Congreso de los Estados Unidos impuso la Ley Jones-Shafroth, que otorgó la ciudadanía estadounidense a todos los puertorriqueños, coincidiendo con la entrada de Estados Unidos en la Primera Guerra Mundial y permitiendo el reclutamiento de puertorriqueños en el ejército. La ley fue aprobada sobre la objeción unánime de toda la Cámara de Representantes de Puerto Rico.[7]

Contexto político de los años 1930 y 1940

En la década de 1930, Pedro Albizu Campos, abogado graduado de Harvard, asumió la presidencia del Partido Nacionalista, cargo que ocuparía por el resto de su vida. Durante la Gran Depresión, aumentó el descontento social y hubo enfrentamientos entre los nacionalistas y las fuerzas del gobierno estadounidense en la isla.

En 1938, Luis Muñoz Marín fundó el Partido Popular Democrático (PPD). Según la historiadora Delma S. Arrigoitia, el PPD abandonó la búsqueda de la independencia y hacia 1950 se inclinó por un nuevo estatus político llamado Estado Libre Asociado, al cual sus opositores consideraban una continuación del colonialismo.[8]

La Ley Smith y el contexto de la Guerra Fría

En junio de 1940 se aprobó en Estados Unidos la Ley Smith, que tipificaba como delito «abogar, fomentar o enseñar la deseabilidad de derrocar el gobierno de los Estados Unidos mediante la fuerza o la violencia». La ley fue concebida en el contexto de la inminente entrada de Estados Unidos en la Segunda Guerra Mundial y buscaba eliminar cualquier posible conflicto interno.

En 1947, el Congreso de los Estados Unidos aprobó la Ley 447, que facultaba al pueblo de Puerto Rico a elegir su propio gobernador por primera vez. Ese mismo año, el Partido Independentista Puertorriqueño quedó inscrito para las elecciones de 1948, y Albizu Campos regresó a Puerto Rico tras años en prisión.[9]

Junio 1948

El 11 de junio de 1948, el Gobernador de Puerto Rico, Jesús T. Piñero, firma una ley que hizo ilegal la advocación pública de la independencia, la cual era congruente con los proyectos aprobados el mes anterior. La misma se le llamó la Ley Número 53 que estipulaba lo siguiente:

“Para declarar delito grave el fomentar, abogar, aconsejar o predicar, voluntariamente o a sabiendas, la necesidad, deseabilidad o conveniencia de derrocar, destruir o paralizar el Gobierno Insular, o cualquier subdivisión política de este, por medio por medio de la fuerza o la violencia; y el imprimir, publicar, editar, circular, vender, distribuir o públicamente exhibir con la intención de derrocar, paralizar o destruir el Gobierno Insular o cualquiera de sus divisiones políticas, cualquier escrito o publicación donde se fomente, abogue, aconseje o predique la necesidad, la deseabilidad o conveniencia de derrocar, paralizar o destruir el Gobierno Insular o cualquier subdivisión política de este, por medio de la fuerza o la violencia, así como el organizar o ayudar a organizar cualquier sociedad, grupo o asamblea de personas que fomenten, aboguen, aconsejen o prediquen tal cosa y para otros fines.”

Artículo 1 – Constituirá delito grave, castigable con pena máxima de presidio de diez años o multa máxima de 10 000 USD o ambas penas, la comisión por cualquier persona de cualquiera de los siguientes actos:

  1. fomentar, abogar, aconsejar o predicar, voluntariamente o a sabiendas, la necesidad, deseabilidad o conveniencia de derrocar, destruir o paralizar el Gobierno Insular, o cualquier subdivisión política de este, por medio por medio de la fuerza o la violencia
  2. imprimir, publicar, editar, circular, vender, distribuir o públicamente exhibir con la intención de derrocar, paralizar o destruir el Gobierno Insular o cualquiera de sus divisiones políticas, cualquier escrito o publicación donde se fomente, abogue, aconseje o predique la necesidad, la deseabilidad o conveniencia de derrocar, paralizar o destruir el Gobierno Insular o cualquier subdivisión política de este, por medio de la fuerza o la violencia
  3. organizar o ayudar a organizar cualquier sociedad, grupo o asamblea de personas que fomenten, aboguen, aconsejen o prediquen la derogación o destrucción del gobierno insular, o de cualquier subdivisión política de este, por medio por medio de la fuerza o la violencia

Artículo 2 – Todo juicio que se celebre por violación alguna a esta Ley deberá celebrarse por tribunal de derecho

Artículo 3 – Si parte de esta Ley es declarada inconstitucional, el resto de ella deberá sustituir en todo su vigor.

Artículo 4 – Esta Ley, por ser de carácter urgente y necesario, empezará a regir inmediatamente después de su aprobación el 10 de junio de 1948

Como objetivo de esta Ley Mordaza era investigar y detener el nacionalismo militante, el Partido Nacionalista y su líder, Albizu Campos ya que se le había acusado como el que inicia los movimientos de huelgas en la Universidad de Puerto Rico.

Resultados de la Ley

Tan pronto la Ley 53, mejor conocida como la Ley de la Mordaza, fue aprobada se desata una década de represión política. Esta ley ayuda al nuevo gobernador a ejercer su puesto sin miedo de deshacerse de la oposición política, especialmente del sector independentista y nacionalista. En las elecciones generales de 1948 se elige a Luis Muñoz Marín como el primer gobernador puertorriqueño escogido por el voto del pueblo de Puerto Rico, y el 2 de enero de 1949 toma posesión oficialmente del cargo. Factores como la represión legalizada por medio de la Ley de la Mordaza, la inestabilidad del estatus colonial y el cambio de posición del gobernador por desistir buscar la independencia llevaron a que la gente de Puerto Rico creciera en rencor. Con la llegada y ayuda del líder Pedro Albizu Campo se comienza a preparar un levantamiento en armas. El 30 de octubre de 1950, muchos puertorriqueños se habían organizado para llevar a cabo la Revolución Nacionalista con el objetivo de declarar la independencia de Puerto Rico, lo cual tuvo inicio en Jayuya, mejor conocido como el Grito de Jayuya. En Jayuya ocurre la acción más importante, siendo capturado el pueblo por nacionalistas. Otros pueblos como Peñuelas, Ponce, Arecibo, Utuado, Naranjito y Mayagüez también ocurre acciones en los cuales resultan muertos nacionalistas y policías.

Además, se realizó un ataque en La Fortaleza, la casa del Gobernador Muñoz Marín, por un grupo de cinco nacionalistas con intenciones de matar al gobernador. Cuatro años más tarde se atacó al Capitolio de los Estados Unidos y la casa Blair, donde se hospedaba el Presidente estadounidense Harry Truman. Luego de estos acontecimientos se hace el primer arresto por violación de la Ley 53. El arrestado fue el líder de Partido Nacionalista Pedro Albizu Campos. Junto con este arresto se comienzan los arrestos masivos para interrogar participantes de los Partidos Independentista y Nacionalista. Años después, muchos artículos fueron escritos acerca de este acontecimiento. Uno de los artículos que explica la historia legislativa de esta ley fue el artículo de David M. Helfeld (1964) titulado “Discrimination for Political Beliefs and Associations”. Helfeld sostiene que esta ley fue aplicada más bien en contra de los líderes y seguidores nacionalistas, al igual que fue usada para molestar e intimidar personas y grupos minoritarios para evitar una revolución.

Véase también

Referencias

Bibliografía

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