Ley de protección del informante
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| Ley de protección del informante | ||
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| Tipo | Ley | |
| Idioma | Español | |
| Función | Regular el sistema de protección de aquellas personas que informen sobre infracciones | |
| Redactor(es) | Cortes Generales | |
| Creación | 21 de febrero de 2023 | |
| Promulgación | 20 de febrero de 2023 | |
| Publicación | 21 de febrero de 2023 | |
| En vigor | 13 de marzo de 2023 | |
| Signatario(s) | Felipe VI de España | |
| Ubicación | Archivo del Congreso de los Diputados (Madrid) | |
La Ley de protección del informante, oficialmente Ley 2/2023, de 20 de febrero, reguladora de la protección de las personas que informen sobre infracciones normativas y de lucha contra la corrupción, es una ley española aprobada durante el reinado de Felipe VI por las Cortes Generales[1] que tiene por objeto regular un marco adecuado de protección para aquellos informantes que pudieran sufrir represalias por sus testimonios.[2]
Asimismo, otra de sus finalidades es fortalecer la cultura de la información, de las infraestructuras de integridad de las organizaciones y fomentar la cultura de la información o comunicación como mecanismo para prevenir y detectar amenazas al interés público.[2]
Esta ley, que consta de 68 artículos y veintiún disposiciones, se divide en ocho títulos.[2]
- El Título I regula la finalidad de la ley y el ámbito material y personal de aplicación de la ley.
- El Título II establece y regula el sistema interno de información, cauce por el que se gestionará la información de los informantes, habilitándose el denominado gestor de los sistemas de información.[3]
- El Título III establece y regula un canal externo de información gestionado por la Autoridad Independiente de Protección del Informante (AIPI) o, en su caso, por los organismos autonómicos similares.
- El Título IV fija los principios reguladores de la publicidad de la información así como la existencia de un registro en las entidades públicas y privadas que recoja las informaciones recibidas y las investigaciones realizadas.
- El Título V se encarga del concepto de «revelación pública», esto es, hacer pública una información y las condiciones que estas personas deben cumplir para entrar dentro del sistema de protección.
- El Título VI es el responsable de regular lo relativo a la protección de datos personales.
- El Título VII regula las medidas de protección del informante.[4]
- El Título VIII autoriza al Gobierno de España a crear una autoridad administrativa independiente, la Autoridad Independiente de Protección del Informante (AIPI), para la gestión del canal externo de comunicación, garantizar la protección del informante y asesorar a las Administraciones sobre la elaboración de legislación relacionada.
Por último, las veintiún disposiciones regulan los plazos de revisión de los procedimientos, la rendición de cuentas de la Autoridad y los convenios que está autorizada a realizar, la creación de estrategias contra la corrupción, la aplicación de estas medidas a la normativa europea y modificaciones legislativas varias para adaptar esta a la ley de protección del informante.[2]