Parens scientiarum
bula del papa Gregorio IX emanada el 13 de abril de 1231 y dirigida a la Universidad de París
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Parens scientiarum es el nombre de una bula del papa Gregorio IX emanada el 13 de abril de 1231, considerada la magna charta de la Universidad de París.[1]
| Parens scientiarum | ||
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Bula pontificia del papa Gregorio IX 13 de abril de 1231, año IV de su Pontificado | ||
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Escudo de Gregorio IX | ||
| Destinatario | Universidad de París | |
| Argumento | Sobre la Licencia docendi y otras normas competentes a la Universidad de París. | |
| Ubicación | Biblioteca Augustana | |
| Sitio web | Texto en latín | |
| Documentos pontificios | ||
| Constitución apostólica • Motu proprio • Encíclica • Exhortación apostólica • Carta apostólica • Breve apostólico • Bula | ||
Por cuanto resulta del estudio del documento, los redactores principales del texto fueron Guillermo de Auxerre y Gofredo de Poitiers que eran maestros de la universidad y conocían mejor la situación a la que se había llegado en el conflicto con el obispo de la ciudad.
De hecho, Gregorio IX afirma en la carta, que los disensos y conflictos que se habían creado, disturbaban la serenidad necesaria a quien se dedica a trabajos académicos. En primer lugar trata de la licentia docendi que debía concederla el canciller después de realizar un atento examen de los candidatos, interrogando para ello a los maestros de teología y a otros expertos presentes en la ciudad. La bula asegura que el canciller debe mantener el secreto sobre los testimonios dados por estos maestros: así estos últimos se sentían más seguros para emitir su juicio. Da luego libertad a la universidad de concederse reglamentos disciplinares propios y de expulsar del Studium a quienes no quieran seguirlos.
A continuación indica el modo de proceder cuando se produzcan ofensas o atentados graves dejando la posibilidad de mandar a la cárcel (y por tanto, de contar con ella) no al canciller, sino solo al obispo.
Para las facultades de Artes y Medicina, la bula prescribía que la concesión de la licentia docendi correspondía al canciller, aunque debía otorgarla solo a quienes fueran considerados aptos por los maestros. Las facultades de teología y derecho en cambio, debían elaborar exámenes a propósito (y que englobaba otras materias) para otorgar el grado académico. Así, en la práctica se redujo el poder del canciller en los asuntos universitarios.