Perfectae Caritatis
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Perfectae Caritatis, el Decreto sobre la adaptación y renovación de la vida religiosa, es el documento publicado por el Concilio Vaticano II que trata específicamente de los institutos de vida consagrada en la Iglesia católica.[1] Uno de los documentos más breves del Concilio, el decreto fue aprobado por 2.321 votos a favor y 4 en contra de los obispos reunidos, y promulgado por el Papa Pablo VI el 28 de octubre de 1965. Como es habitual en los documentos de la Iglesia, el título está tomado de las primeras palabras (íncipit) del decreto: "de la Caridad Perfecta" en latín.[2]
El Concilio Vaticano II ya había expuesto la naturaleza de la vida religiosa en el capítulo 6 de la Constitución Lumen gentium' y Perfectae Caritatis recogía los principios de la vida religiosa allí establecidos.[3] Este capítulo describía la forma esencial de la vida religiosa como una vida "consagrada por la profesión de los consejos evangélicos" (n. 44). El decreto Perfectae Caritatis fue publicado para "tratar de la vida y de la disciplina de los institutos cuyos miembros hacen profesión de castidad, pobreza y obediencia, y para proveer a sus necesidades en nuestro tiempo" (Perfectae Caritatis n. 1). Con 25 párrafos numerados, el Decreto establecía cinco principios generales para guiar la renovación de estos institutos. Debido a la gran variedad de comunidades religiosas, con sus diferentes historias, características, costumbres y misiones, el Concilio Vaticano no dio indicaciones específicas, y dejó a cada comunidad individual la autoridad para determinar lo que debía cambiarse de acuerdo con el espíritu de sus fundadores, las necesidades de la vida moderna y las situaciones en las que vivían y trabajaban.