En la Iglesia católica latina es un arzobispo o raramente un obispo de una sede episcopal —llamada sede primada— a quien el papa le reconoce derechos honoríficos, no solo sobre los obispos de su propia provincia, como el metropolitano, sino también a veces sobre cierto número de provincias, tales como las que se encuentran dentro de una Iglesia nacional. Se encuentra generalmente en los países con una larga tradición católica en los cuales la Santa Sede reconoció el título de primado generalmente a solicitud de reyes —a quienes solían coronar— y de prelados. En el pasado los primados solían tener privilegios de jurisdicción tales como el de convocar y presidir concilios nacionales, escuchar apelaciones de tribunales metropolitanos, y el derecho a exigir obediencia a los metropolitanos, todos los cuales cayeron en desuso al cesar de realizarse concilios nacionales y pasar las causas de apelación a la Rota romana. También tenían derechos honoríficos tales como ubicación de honor en los concilios entre los patriarcas y los metropolitanos, usar la cruz primacial y celebrar de pontifical en todo el territorio de la primacía.[1] El Concilio de Trento no reconoció esos derechos y actualmente es un título puramente simbólico desprovisto de toda potestad de régimen.
Se concede típicamente en una de las arquidiócesis más viejas de un país o en la ciudad capital, aunque en algunos casos la ciudad sede ya no tiene la preeminencia del pasado. En algunas diócesis el título se mantiene por tradición sin tener reconocimiento actual por la Santa Sede.
El Código de Derecho Canónico solo menciona a los primados en canon 438:[2]
438. Aparte de la prerrogativa honorífica, el título de Patriarca o el de Primado no lleva consigo en la Iglesia latina ninguna potestad de régimen, a no ser que en algún caso conste otra cosa por privilegio apostólico o por costumbre aprobada.