Resolución 758 del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas
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| Resolución 758 del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas | ||
|---|---|---|
| Asunto | Bosnia y Herzegovina | |
| Fecha | 8 de junio de 1992 | |
| Sesión núm. | 3083 | |
| Texto en español | &Lang=S S/RES/758(1992) | |
| Votación |
A favor: 15 En contra: 0 Abstenciones: 0 Ausentes: 0 | |
| Resultado | Aprobado | |
| Miembros del Consejo en 1992 | ||
| Permanentes | ||
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| No permanentes | ||
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Miembro de UNPROFOR en el aeropuerto de Sarajevo (1992)
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En la Resolución 758 del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas, adoptada por unanimidad el 8 de junio de 1992, tras reafirmar las resoluciones 713 (1991), 721 (1991), 724 (1991), 727 (1992), 740 (1992) 743 (1992), 749 (1992), 752 (1992) y 757 (1992), el Consejo, de conformidad con un informe del Secretario General Butros Butros-Ghali, decidió ampliar el mandato y los efectivos de la Fuerza de Protección de las Naciones Unidas (UNPROFOR) en la antigua Yugoslavia.
El Consejo autorizó al Secretario General a desplegar observadores militares y otro personal, pero a pedir permiso al Consejo para enviar más personal a la fuerza de protección una vez que se hayan cumplido las condiciones necesarias para ello, incluido el alto el fuego. También condenó a todas las partes responsables de la violación del alto el fuego, instándolas a cumplirlo.
Por último, la resolución instaba a todas las partes a garantizar la seguridad de los trabajadores humanitarios y la entrega de ayuda en Sarajevo y otras zonas de Bosnia-Herzegovina. Las partes no aceptaron esta propuesta, por lo que la Resolución 770 se emitió en virtud del Capítulo VII de la Carta de las Naciones Unidas, exigiendo que se facilitara la entrega de ayuda humanitaria en condiciones de seguridad, por lo que era jurídicamente vinculante.[1]