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Sistema de Financiación Autonómica

sistema de reparto por comunidades de España From Wikipedia, the free encyclopedia

El Sistema de Financiación Autonómica (sigla SFA) es el conjunto de normas que rigen la redistribución del presupuesto español entre las comunidades autónomas y las ciudades autónomas de Ceuta y Melilla. En total, se redistribuye entre las autonomías el 33 % del presupuesto, mientras que el Gobierno central controla aproximadamente un 56 % del gasto y los ayuntamientos y otras entidades locales el restante 11 %. [1] El actual modelo de régimen común se aprobó en 2009 con arreglo a la ley 22/2009, de 18 de diciembre, por la que se regula el sistema de financiación de las comunidades autónomas de régimen común y Ciudades con Estatuto de Autonomía y se modifican determinadas normas tributarias. [2] El sistema se nutre de los tributos que las comunidades autónomas comparten con el Estado (50% del IRPF, 50% del IVA y 58% de impuestos especiales), así como los tributos que las comunidades tienen cedidos totalmente (como sucesiones y donaciones) y las aportaciones estatales finalistas. Desde 2023, el Ministerio de Hacienda cuenta con una propuesta de reforma surgida de la Comisión de Expertos del Comité Técnico Permanente de Evaluación (CTPE), dependiente de la Secretaría General de Financiación Autonómica y Local (SGFAL). [3] En 2024, las comunidades de régimen común y las ciudades autónomas recibirán un total de 154 467 millones de euros, un 14,9 % más respecto a 2023. La cifra incluye los 134 658 millones de las entregas a cuenta (8,3 % más que en 2023) y la liquidación de 2022, que asciende a 20 746 millones. [4]

Régimen foral vs régimen común

La Constitución Española se refiere al sistema de financiación de las comunidades autónomas en los artículos 156 a 158. Asimismo, en sus apartados finales, reconoce las especialidades de los territorios forales y de las Islas Canarias. En concreto, el artículo 156 establece los principios del sistema: autonomía financiera, coordinación y solidaridad. En el artículo 157 se enumeran los recursos de las comunidades autónomas y remite su regulación a una ley orgánica. En el artículo 158 se establecen los instrumentos para hacer efectivo el principio de solidaridad. Además, la Disposición Adicional Primera se refiere a los territorios forales y la Disposición Adicional Tercera a la modificación del régimen económico y fiscal del archipiélago canario. Finalmente, la Disposición Transitoria Quinta ha permitido la constitución de Ceuta y Melilla como ciudades con Estatuto de Autonomía. [5]

Los dos modelos de financiación de las comunidades autónomas españolas se denominan régimen foral y régimen común. Al primero se adscriben las comunidades de Navarra y País Vasco, regiones a las que la Constitución española de 1978 reconoce su régimen fiscal. Las comunidades de régimen común son quince, a las que se suman Ceuta y Melilla como ciudades autónomas. A su vez, dentro del régimen común, Canarias posee un régimen económico y fiscal especial por razones históricas y geográficas, régimen que se asimila al que da la Unión Europea a las regiones ultraperiféricas. Ceuta y Melilla además disponen de un régimen de fiscalidad indirecta especial que aplica el Impuesto sobre la Producción, los Servicios y la Importación en lugar del IVA.

Junto con los recursos que el sistema de financiación proporciona a las comunidades autónomas, hay que añadir el resto de recursos de que estas disponen: tributos propios, transferencias de los Presupuestos Generales del Estado, fondos de la Unión Europea. De igual manera, las comunidades autónomas pueden obtener financiación acudiendo al endeudamiento, siempre limitado por las normas estatales y con la autorización del Ministerio de Hacienda.

Características

El sistema identifica las necesidades de cada comunidad autónoma y dispone los recursos financieros que se le deben transferir para hacer frente a sus obligaciones y servicios públicos. El objetivo del reparto es lograr la nivelación entre comunidades autónomas, es decir, que todos los gobiernos autonómicos tengan los recursos necesarios para prestar un nivel de servicios homogéneos a sus ciudadanos, independientemente del nivel de renta de la comunidad autónoma. Estas se financian a través de varios fondos, el más importante es el Fondo de Garantía de Servicios Públicos Fundamentales (FGSPF) y es el principal instrumento de nivelación de los servicios. Con él se trata de garantizar en todo el territorio un nivel mínimo en los servicios públicos fundamentales. Se consideran como tales la educación, la sanidad y los servicios sociales esenciales. El Fondo de Garantía asigna los recursos en función del criterio de población ajustada. Esta variable pondera la población real en función de aspectos demográficos y geográficos —envejecimiento, superficie, etcétera—. Después entran en acción otros fondos, que emplean criterios distintos, a veces contradictorios entre ellos, y que acaban distorsionando el reparto. [6]

Población ajustada

Es una variable que refleja la necesidad de gasto de cada comunidad ―y en función de ello se reparten los recursos tras ponderar el número de habitantes según factores demográficos y geográficos. Dentro de esta variable, la llamada población protegida equivalente se establece a efectos del sistema de salud y ha sido ponderada en un 38%, seguida del número total de residentes (30%), el de niños en edad escolar (20,5%) y el de mayores de 65 años (8,5%). Los factores geográficos, pese a que hay comunidades más extensas que otras, tienen una importancia relativa: un 1,8% la superficie, un 0,6% la dispersión poblacional y un 0,6% la insularidad. Entre todas las ponderaciones suman 100 %.

Nuevas variables

Las nuevas variables que se estudia introducir van desde una partida de costes fijos hasta un indicador de pobreza o exclusión (parados que no cobran prestación contributiva). También se han barajado cambios en la variable de necesidades educativas para incorporar a los jóvenes que cursan ciclos formativos de grado superior y alumnos universitarios (el modelo actual evalúa las necesidades en materia de educación tomando como variable la población de 0 a 16 años). Además, se quieren introducir ponderaciones por tramos de edad en la población de más de 65 años y se ha propuesto además la actualización del indicador de necesidades del gasto sanitario. Otro nuevo indicador propuesto es el de la despoblación, que sirve para contentar a la denominada ‘España vaciada’.

Distribución de la renta

Con datos de 2022, la distribución de la renta autonómica total y per cápita en las comunidades autónomas españolas, según el sitio web Datosmacro y de acuerdo con sus presupuestos, es la que sigue, clasificados según su nivel de renta per cápita. Esta clasificación ha variado notablemente desde 2009, [7] aunque la diferencia entre comunidades sigue siendo notable: Navarra se acerca a los 8 000 euros de renta per cápita, mientras Andalucía, la más poblada, apenas pasa de 4 000 euros per cápita. El caso de la Comunidad de Madrid es excepcional, pues sus datos sitúan su renta en 3 796 euros per cápita, aunque no se computan las grandes inversiones estatales en la comunidad. Cabe destacar que Madrid, por su condición de capital del país, y Barcelona, por sus características como segunda ciudad más grande, tienen regímenes económicos y administrativos especiales.[8][9][10]

Más información #, CCAA ...
Comunidades autónomas
Ingresos per cápita
#CCAAIngresos
(2022)
Ingr./pers.
(2022)
1Navarra Navarra5 273 1277 849€
2Extremadura Extremadura6 381 0086 053€
3La Rioja La Rioja1 939 2356 017€
4País Vasco País Vasco13 140 57705 922€
5Cantabria Cantabria3 342 6375 682€
6Cataluña Cataluña44 573 7335 645€
7Castilla-La Mancha Castilla-La Mancha11 436 3185 497€
8Comunidad Valenciana Comunidad Valenciana28 468 0155 458€
9Islas Baleares Islas Baleares6 397 8225 299€
10Principado de Asturias Principado de Asturias5 289 6345 257€
11Aragón Aragón6 991 6665 182€
12Galicia Galicia13 107 5814 856€
13Castilla y León Castilla y León11 235 4614 718€
14Canarias Canarias9 973 5974 509€
15Región de Murcia Región de Murcia6 962 8024 486€
16Andalucía Andalucía36 074 9254 207€
17Comunidad de Madrid Comunidad de Madrid25 999 1723 796€
Ciudades autónomas
18Ceuta Ceuta389 5404 592€
19Melilla Melilla362 0234 234€
* fuente: Datosmacro, 2024. En miles de euros.[11]
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Deuda autonómica

En total, la deuda autonómica española superaba en el IV trimestre de 2023 los 325.234 millones de euros. Con datos del IV trimestre de 2023, la deuda acumulada por las Comunidades autónomas españolas es la que sigue, si las clasificamos por el tamaño de la deuda con relación a su PIB:[12] Se puede observar que la Comunidad Valenciana es la comunidad autónoma más endeudada, con más de un 42% de su PIB, frente a la menos endeudada que es Navarra, cuya deuda es del 12,00% de su PIB.

Más información #, CCAA ...
Comunidades autónomas
Deuda
#CCAADeuda
(IV trimestre 2023)
Deuda (% pib)
1Comunidad Valenciana Comunidad Valenciana57 99342 20%
2Castilla-La Mancha Castilla-La Mancha16 15631 90%
3Región de Murcia Región de Murcia12 13931 20%
4Cataluña Cataluña85 98631 00%
5Islas Baleares Islas Baleares8 57922 30%
6Extremadura Extremadura5 32221 80%
7Aragón Aragón9 18620 30%
8Castilla y León Castilla y León13 86519 90%
9Cantabria Cantabria3 31619 90%
10Andalucía Andalucía36 64919 80%
11Galicia Galicia12 17016 10%
12La Rioja La Rioja1 62515 70%
13Principado de Asturias Principado de Asturias4 24315 10%
14Comunidad de Madrid Comunidad de Madrid35 87512 60%
15País Vasco País Vasco10 66112 40%
16Canarias Canarias6 51812 20%
17Navarra Navarra2 95112 00%
* fuente: Datosmacro, 2024. En millones de euros.[13]
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Referencias

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