Tarjeta sanitaria europea
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La tarjeta sanitaria europea (TSE) es un documento personal e intransferible que acredita el derecho de la persona titular a recibir prestaciones sanitarias en los Estados miembros de la Unión Europea, en el resto de países del Espacio Económico Europeo (Islandia, Liechtenstein y Noruega), en Suiza y en el Reino Unido en las mismas condiciones que la ciudadanía asegurada del país visitado.[1] Tendrán derecho a esta tarjeta las personas que estén cubiertas por el sistema nacional de salud en su Estado o país de residencia.[2] Sin embargo, la TSE no cubre los gastos sanitarios cuando el desplazamiento tiene como finalidad recibir tratamiento para una enfermedad o lesión preexistente.[3]
Historia
La TSE fue introducida el 1 de junio de 2004 en virtud de la Decisión n.º 191 de la Comisión Administrativa de Seguridad Social, de 18 de junio de 2003, en sustitución de los formularios en papel E-111 y E-111 B que se utilizaban hasta entonces para acreditar el derecho a asistencia sanitaria durante estancias temporales.[4] Los Estados miembros que no disponían de tarjeta de seguro en ese momento pudieron acogerse a un período transitorio que se extendió hasta el 31 de diciembre de 2005.[5]
Solicitud y uso
La tarjeta sanitaria europea debe solicitarse ante el organismo competente del país de residencia de la persona asegurada antes de cada desplazamiento.[6] Su objetivo es garantizar que las personas aseguradas puedan recibir la atención médica necesaria durante su estancia, sin verse obligadas a regresar a su Estado de origen. La TSE cubre únicamente las prestaciones previstas por el sistema sanitario público del país visitado, por lo que no sustituye la contratación de un seguro de viaje privado.[7]
La TSE no garantiza que la asistencia sanitaria sea gratuita, ya que, en algunos Estados miembros, la legislación nacional prevé el pago de tasas o copagos por parte de los usuarios del sistema público de salud. En estos casos, la persona titular de la tarjeta deberá asumir dichos costes en igualdad de condiciones con la ciudadanía asegurada en el país visitado, sin derecho a reembolso.[8]
Validez y Certificado Provisional Sustitutorio
La TSE tiene un período de validez de hasta dos años, si bien en el caso de pensionistas puede extenderse hasta cuatro años, según la legislación del Estado emisor. La fecha de caducidad figura impresa en la propia tarjeta.[9]
Cuando no sea posible obtener la TSE a tiempo o el desplazamiento sea inminente, la persona asegurada puede solicitar un Certificado Provisional Sustitutorio (CPS), que tiene la misma validez jurídica que la tarjeta. El CPS se expide de forma inmediata y tiene una validez máxima de 90 días.[10]