Ad Conditorem canonum

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Ad Conditorem canonum es una bula pontificia promulgada por el papa Juan XXII el 8 de diciembre de 1322, durante el séptimo año de su pontificado. El documento se inscribe en el marco de la gran controversia medieval sobre la pobreza de Cristo y de los apóstoles, que enfrentó al pontífice con amplios sectores de la Orden de los Frailes Menores, en particular con quienes defendían la tesis de la pobreza absoluta individual y colectiva. Mediante esta bula, Juan XXII adoptó una solución de carácter jurídico que tuvo profundas consecuencias doctrinales e institucionales: el papa declaró que renunciaba de manera definitiva a los derechos de propiedad que la Sede Apostólica había asumido sobre los bienes utilizados por los frailes menores y por otras órdenes mendicantes, poniendo fin al régimen establecido por sus predecesores.[1][2][3]

Destinatario Orden de los Frailes Menores y, en general, las órdenes mendicantes
Argumento El papa renuncia a la titularidad jurídica de los bienes atribuidos a los frailes menores, poniendo fin al sistema según el cual la propiedad de dichos bienes pertenecía formalmente a la Santa Sede mientras los religiosos conservaban solo su uso.
Datos rápidos Destinatario, Argumento ...
Ad Conditorem canonum
Bula pontificia del papa Juan XXII
8 de diciembre de 1322, año VII de su Pontificado
Destinatario Orden de los Frailes Menores y, en general, las órdenes mendicantes
Argumento El papa renuncia a la titularidad jurídica de los bienes atribuidos a los frailes menores, poniendo fin al sistema según el cual la propiedad de dichos bienes pertenecía formalmente a la Santa Sede mientras los religiosos conservaban solo su uso.
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La promulgación de Ad Conditorem canonum provocó una reacción inmediata y muy crítica por parte de sectores de la Orden de los Frailes Menores. Representantes como Bonagracia de Bérgamo interpretaron la decisión papal como una ruptura con un régimen que consideraban de derecho divino. Ante la dureza de las protestas, Juan XXII aceptó provisionalmente mantener la propiedad de la Iglesia romana sobre ciertos bienes mayores, como iglesias y conventos, sin renunciar al principio establecido por la bula. Esta aparente concesión permitió al pontífice preparar una respuesta doctrinal más amplia, que culminaría en la bula Cum inter nonnullos de 1323, en la que se declaró herética la proposición que negaba toda forma de propiedad en Cristo y los apóstoles. De este modo, Ad Conditorem canonum se convirtió en una pieza clave dentro de la secuencia normativa y doctrinal con la que Juan XXII redefinió la relación entre pobreza evangélica, propiedad y autoridad pontificia.[1][2][3]

Contexto

Desde el pontificado de Nicolás III, la Iglesia había adoptado un sistema jurídico destinado a conciliar el ideal franciscano de pobreza con las necesidades materiales de la vida religiosa. Según las bulas Exiit qui seminat y Exivi de Paradiso, la propiedad de los bienes utilizados por los frailes menores se atribuía formalmente a la Sede Apostólica, mientras que los religiosos conservaban únicamente el uso de dichos bienes. Este compromiso, pensado para salvaguardar la coherencia evangélica del ideal franciscano, se reveló con el tiempo inestable y fuente de tensiones internas. Durante el pontificado de Juan XXII, el debate se reavivó con fuerza, especialmente tras la intervención de teólogos y juristas que cuestionaban si era herético negar que Cristo y los apóstoles hubieran poseído bienes, ni individual ni colectivamente. La controversia alcanzó su punto álgido tras el capítulo general franciscano de Perugia de 1322, que defendió explícitamente la tesis de la pobreza absoluta.[2][3]

Contenido

En la bula Ad Conditorem canonum, Juan XXII optó por una respuesta esencialmente jurídica. El papa declaró que la distinción entre propiedad y uso, especialmente en el caso de los bienes fungibles, carecía de consistencia real y se había convertido en una ficción legal. Señaló además que, lejos de promover una auténtica pobreza evangélica, el sistema vigente había favorecido comportamientos contradictorios, combinando una creciente gestión de bienes con la reivindicación de una supuesta perfección espiritual. Como consecuencia, el pontífice renunció a la titularidad de los bienes atribuidos a los frailes menores, devolviendo a las comunidades religiosas la plena responsabilidad jurídica sobre los bienes que utilizaban. Con ello, Juan XXII ponía fin a los compromisos adoptados por sus predecesores y desmontaba el fundamento jurídico que permitía a los franciscanos sostener que vivían sin propiedad alguna gracias a la mediación de la Santa Sede.[2][3]

Notas

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