Departamentos de Paraguay

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Paraguay es un estado unitario que propende a la descentralización, en la forma que establece la constitución y las leyes. Para los efectos de la estructuración política y administrativa del Estado, el territorio nacional se divide, de mayor a menor grado, en departamentos, distritos o municipios que, dentro de los límites la constitución y las leyes, gozan de autonomía política, administrativa y normativa para la gestión de sus intereses, y de autarquía en la recaudación e inversión de sus recursos.

Por Ley N.º71/92 de fecha 6 de noviembre de 1992,[1] el Paraguay está constituido en 17 departamentos y un Distrito Capital, Asunción -que es el asiento de los poderes del Estado-, este último constituyendo un municipio independiente de todo departamento desde el año 1993.

Cada departamento está conformado por distritos municipales y cada departamento posee una capital (sede de la gobernación), estos últimos a su vez son el asiento de los gobiernos departamentales de sus respectivos departamentos.

Bandera Departamento Abreviatura Nacional Población
(2022)[2]
Superficie
(km²)
Densidad
(hab./km²)
Capital Mapa
Alto Paraguay PY-17 17 195 82 349 0,21 Fuerte Olimpo
Alto Paraná PY-10 763 702 14 895 52,69 Ciudad del Este
Amambay PY-13 179 412 12 933 13,44 Pedro Juan Caballero
Boquerón PY-16 71 078 91 669 0,74 Filadelfia
Caaguazú PY-05 431 519 11 474 37,49 Coronel Oviedo
Caazapá PY-06 139 479 9496 14,75 Caazapá
Canindeyú PY-14 191 114 14 667 12,89 Salto del Guairá
Central PY-11 1 883 927 2465 757,23 Areguá
Concepción PY-01 206 181 18 051 11,33 Concepción
Cordillera PY-03 268 037 4948 54,87 Caacupé
Distrito Capital PY-ASU 462 241 117 4079,88 Asunción
Guairá PY-04 179 555 3846 46,83 Villarrica
Itapúa PY-07 449 642 16 525 26,44 Encarnación
Misiones PY-08 111 142 9556 11,99 San Juan Bautista
Ñeembucú PY-12 76 719 12 147 7,06 Pilar
Paraguarí PY-09 200 472 8705 22,91 Paraguarí
Presidente Hayes PY-15 123 313 72 907 1,74 Villa Hayes
San Pedro PY-02 355 175 20 002 17,09 San Pedro de Ycuamandiyú

Nota: Asunción no es considerada un departamento oficialmente, pero sí para registros de censos, encuestas y estadísticas.

Gobierno Departamental

El gobierno de cada departamento es ejercido por un gobernador y por una Junta Departamental, electos por voto directo de los ciudadanos radicados en los respectivos departamentos, en comicios coincidentes con las elecciones generales, y duran cinco años en sus funciones. Las sedes de estos gobiernos departamentales están ubicadas en las respectivas capitales regionales.

El gobernador representa al Poder Ejecutivo en la ejecución de la política nacional, mientras que la Junta Departamental representa directamente al pueblo departamental y está compuesta por parlamentarios titulares y suplentes que en paralelismo político brasileño sería como un regional. El número de éstos parlamentarios departamentales varía acorde a la población de cada Departamento, siendo 7 el mínimo y 21 el máximo tanto titulares como suplentes. Así mismo, cada departamento es una circunscripción judicial de jueces y tribunales de diversos fueros (que ejerce el Poder Judicial ), bajo superintendencia de la Corte Suprema de Justicia de Paraguay, con sede en Asunción. Por otra parte, cada departamento tiene su representación de diputados para la Cámara de Diputados de Paraguay, representando al Poder Legislativo de la República.

Departamento Diputados
(nacional)
Concejales Departamentales Gobernador Departamental

(electos 2023)[3]

Titulares Suplentes
Central 20 21 21 Ricardo Estigarribia (PLRA)
Alto Paraná 8 21 21 César Torres (ANR)
Itapúa 6 21 21 Javier Pereira (PLRA)
Caaguazú 6 21 21 Marcelo Soto (ANR)
San Pedro 5 21 21 Freddy D'Ecclesis (ANR)
Cordillera 4 18 18 Denis Lichi (ANR)
Paraguarí 4 16 16 Norma Zárate (ANR)
Concepción 3 14 14 Liz Meza (ANR)
Guairá 3 14 14 César Sosa (ANR)
Caazapá 2 12 12 Christian Acosta (ANR)
Canindeyú 2 12 12 Nelson Martínez (ANR)
Misiones 2 11 11 Richard Ramírez (ANR)
Amambay 2 11 11 Juancho Acosta (ANR)
Pdte. Hayes 2 10 10 Bernardo Zárate (ANR)
Ñeembucú 2 9 9 Victor Fornerón (ANR)
Alto Paraguay 1 7 7 Arturo Méndez (ANR)
Boquerón 1 7 7 Harold Bergen (ANR)
Total 80[4] 246 246

Competencia del gobierno departamental

Según el artículo 163 de la Constitución de Paraguay, es de competencia del gobierno departamental:

  • 1. coordinar sus actividades con las de las distintas municipalidades del departamento; organizar los servicios departamentales comunes, tales como obras públicas, provisión de energía, de agua potable y los demás que afecten conjuntamente a más de un Municipio, así como promover las asociaciones de cooperación entre ellos;
  • 2. preparar el plan de desarrollo departamental, que deberá coordinarse con el Plan Nacional de Desarrollo, y elaborar la formulación presupuestaria anual, a considerarse en el Presupuesto General de la Nación;
  • 3. coordinar la acción departamental con las actividades del gobierno central, en especial lo relacionado con las oficinas de carácter nacional del departamento, primordialmente en el ámbito de la salud y en el de la educación;
  • 4. disponer la integración de los Consejos de Desarrollo Departamental,
  • 5. las demás competencias que fijen esta Constitución y la ley.

Recursos de la administración departamental

Según el artículo 164 de la Constitución de Paraguay, los recursos de la administración departamental son:

  • 1. la porción correspondiente de impuestos, tasas y contribuciones que se definan y regulen por esta constitución y por la ley;
  • 2. las asignaciones o subvenciones que les destinen el Gobierno nacional;
  • 3. las rentas propias determinadas por ley, así como las donaciones y los legados, y
  • 4. los demás recursos que fije la ley.

Municipios

Véase también

Referencias

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