Justicia natural
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En Derecho inglés, justicia natural es el término técnico para la regla contra la parcialidad (nemo iudex in causa sua) y el derecho a una audiencia justa (audi alteram partem). Aunque a menudo se mantiene el término justicia natural como concepto general, en gran medida ha sido sustituido y ampliado por el «deber de actuar con imparcialidad» general.
El fundamento de la norma contra la parcialidad es la necesidad de mantener la confianza del público en el sistema jurídico. La parcialidad puede adoptar la forma de parcialidad real, parcialidad imputada o parcialidad aparente. La parcialidad real es muy difícil de probar en la práctica, mientras que la parcialidad imputada, una vez demostrada, dará lugar a la nulidad de una decisión sin necesidad de ninguna investigación sobre la probabilidad o sospecha de parcialidad. La jurisprudencia de diferentes jurisdicciones aplica actualmente dos pruebas de parcialidad aparente: la prueba de la «sospecha razonable de parcialidad» y la prueba de la «probabilidad real de parcialidad». Una opinión que se ha adoptado es que las diferencias entre estas dos pruebas son en gran medida semánticas y que funcionan de manera similar.
El derecho a un juicio justo exige que los individuos no sean penalizados por decisiones que afecten a sus derechos o expectativas legítimas a menos que se les haya notificado previamente el caso, se les haya dado una oportunidad justa de responder y la oportunidad de presentar su propio caso. El mero hecho de que una decisión afecte a derechos o intereses es suficiente para someter la decisión a los procedimientos exigidos por la justicia natural. En Europa, el derecho a un juicio justo está garantizado por el Artículo 6(1) del Convenio Europeo de Derechos Humanos, que se dice que complementa el common law en lugar de sustituirlo.
