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Ley de Enfiteusis

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La Ley de Enfiteusis fue una ley sancionada el 18 de mayo de 1826 por el Congreso General Constituyente durante la presidencia de Bernardino Rivadavia, primer Presidente de las Provincias Unidas del Río de la Plata.[1]

Bernardino Rivadavia, primer Presidente de las Provincias Unidas del Río de la Plata, entre 1826 y 1827.

Antecedentes

Durante el gobierno de Martín Rodríguez se inició una profunda reforma, con el objetivo de sentar las bases del sistema fiscal y rehabilitar financieramente a la Provincia de Buenos Aires. El 3 de noviembre de 1821, en el marco de las reformas, Rivadavia dispuso que las tierras del Estado debían garantizar las deudas públicas de la provincia y al año siguiente, el 17 de abril de 1822, se decretó la suspensión de las ventas de tierras y el 1 de julio de ese año se dispuso que los terrenos de propiedad pública serían otorgados en enfiteusis. En esas condiciones la legislatura de la Provincia de Buenos Aires autorizó la obtención de un empréstito en agosto de 1822 que tenía como objetivos construcción del puerto de Buenos Aires, provisión de agua corriente a la ciudad de Buenos Aires, fundación de pueblos en la frontera y creación de ciudades sobre la costa atlántica, préstamo que finalmente se concretó en 1824 en el mercado londinense por intermedio de la banca Baring Brothers.

La enfiteusis tenía por objetivo fomentar el desarrollo de la actividad agraria para generar ingresos fiscales y favorecer la ocupación de la frontera con las tribus indígenas. A su vez, intentaba preservar el principio de favorecer la colonización y la agricultura en detrimento de la ganadería ya que el canon a pagar por el uso agrícola era del 4% mientras que el uso ganadero se estableció en 8%.[2]

En 1826 Rivadavia, ahora presidente de las Provincias Unidas, logró que el Congreso General extendiera la enfiteusis hacia el resto de las provincias como garantía de la deuda y con el fin de obtener recursos para financiar la Guerra del Brasil. Sin embargo el Congreso, que contaba con una fuerte presencia de hacendados y futuros enfiteutas, rechazó poner un límite máximo a la concesión de tierras así como el monto del canon a pagar y la concesión se extendió de los 10 años previstos inicialmente a los 20 años. Sancionada finalmente el 18 de mayo de 1826, la ley de enfiteusis terminó siendo lo contrario de lo que fue concebida: la colonización agrícola, la afirmación de un régimen de propiedad moderno y burgués y la imposición de las modernas formas de producción capitalista dieron lugar a miles de leguas cuadradas en manos de una nueva clase terrateniente.[3]

Texto de la ley

Art. 1. Las tierras de propiedad pública cuya venta por la ley del 15 de febrero, es prohibida en todo el territorio del Estado, se darán en enfiteusis, cuando menos, durante el término de 20 años, que empezarán a contarse desde el 1° de enero de 1827.

Art. 2. En los primeros diez años, el que las reciba en esta forma, pagará al Tesoro Público la renta o canon correspondiente a un 8% anual sobre el valor que se considere a dichas tierras, si son de pastoreo, o a un 4% si son de pan llevar.

Art. 3. El valor de las tierras será graduado en términos equitativos por un jury de cinco propietarios de los más inmediatos, en cuanto pueda ser, al terreno que ha de justipreciarse, o de tres en caso de no haberlos en aquel número.

Art. 4. El Gobierno reglará la forma en que ha de ser nombrado el jury de que habla el artículo anterior, y el juez que ha de presidirlo.

Art. 5. Si la valuación hecha por el jury fuese reclamada, o por parte del enfiteuta, o por la del fisco, resolverá definitivamente un segundo jury compuesto del mismo modo que el primero.

Art. 6. La renta o canon que por el artículo 2° se establece, empezará a correr desde el día en que el enfiteuta se mande dar posesión del terreno.

Art. 7. El canon correspondiente al primer año, se satisfará por mitad en los dos años siguientes.

Art. 8. Los períodos en que ha de entregarse el canon establecido, serán acordados por el Gobierno.

Art. 9. Al vencimiento de los diez años que se fijan en el artículo 29, la Legislatura Nacional reglará el canon que ha de satisfacer el enfiteuta en los años siguientes, sobre el nuevo valor que se graduará entonces a las tierras, en la forma que la misma Legislatura acuerde.

Consecuencias

Aunque se trató de una ley nacional, sólo se aplicó efectivamente en la Provincia de Buenos Aires y en la provincia de Corrientes, habiéndola reconocido esta última recién en 1830. El espíritu de la ley fue lograr una distribución justa y equitativa de la tierra y evitar que fuese acaparada por grandes propietarios, que disponían de los medios para adquirirlas. Para lograr ese fin, Rivadavia creó, por decreto del 13 de abril de 1824, una comisión para organizar la contratación de inmigrantes europeos. La misma estaba presidida por Juan Pedro Aguirre y contaba entre sus miembros a Juan Manuel de Rosas. La comisión se proponía favorecer la inmigración, otorgándoles tierras a los extranjeros a cambio de un canon, para que pudieran dedicarse a producir, en vez de a adquirir un pedazo de tierra. La ley daba al Estado el dominio de la tierra no escriturada –es decir, la mayor parte del campo porteño– y prohibía todas las donaciones o ventas de la misma hasta tanto no se contase con una ley que regulara esas transferencias. Pero, como la ley no limitaba la superficie de tierra que cada solicitante podía obtener, los ganaderos, comerciantes e inversores extranjeros de la época adquirieron terrenos enormes, que no eran capaces de poblar de ganado sino muy lentamente, y mucho menos de dedicar a la agricultura. El 14, 15 y 16 de febrero de 1828, Aguirre se presentó a la Legislatura para tratar de promover las medidas que favorecieran la instalación de inmigrantes. el principal debate fue por el bajísimo valor del canon aprobado por la Legislatura: Aguirre advirtió que "va a establecerse un monopolio en perjuicio de la clase media, que es la que debemos considerar preferentemente". La tesis contraria fue sostenida por el diputado Manuel Antonio Castro, a quien Aguirre le respondió: "Pues y qué, señores, ¿todo ha de ser beneficio en favor de los criadores y todo ha de ser a favor de esa clase recomendable a la verdad?, ¿y ellos han de ser los que contribuyan menos siendo los único que hacen fortuna en nuestro país? ¡Esto es injusto!!".[4]

En la votación parlamentaria, no obstante, prevaleció la postura de Castro, manteniéndose los cánones bajos. Así, el sistema no logró alcanzar los objetivos para los que había sido implementado, ya que las tierras fueron acaparadas por grandes productores, creando así enormes latifundios, marcando al mismo tiempo el nacimiento de los grandes terratenientes.[5][6]Desde 1826 a 1830, tiempo en el cual estuvo vigente la ley, 8.656.000 hectáreas fueron cedidas en enfiteusis a 538 arrendatarios y enfiteutas, quienes en general no pagaban o pagaban cánones muy bajos a la provincia; por tanto, esta ley tendió a favorecer la gran concentración de la propiedad en unas pocas decenas de familias.[7] Los enfiteutas más beneficiados fueron, entre otros, las familias Anchorena, Álzaga, Alvear, Arana, Arroyo, Azcuénaga, Basualdo, Bernal, Bosch, Bustamante, Cabral, Cascallares, Castro, Díaz Vélez, Dorrego, Eguía, Echeverría, Escalada, Ezcurra, Gallardo, Gowland, Guerrico, Irigoyen, Lacarra, Larreta, Lastra, Lezica, Lynch, López, Miguens, Obarrio, Ocampo, Olivera, Ortiz Basualdo, Otamendi, Pacheco, Páez, Quiroga, Quirno, Rozas, Sáenz Valiente y otras más.[8]

Referencias

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