Ministerio del Interior (Colombia)
Ministerio de Colombia
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El Ministerio del Interior (MinInterior) es un organismo del Poder Ejecutivo de Colombia. Tiene la responsabilidad de coordinar las políticas generales en materia de participación ciudadana, descentralización, ordenación territorial, asuntos políticos y legislativos, orden público (en coordinación con el Ministerio de Defensa Nacional), procesos electorales, atención a minorías étnicas, población desplazada, comunidades religiosas, colectivos LGBTIQ, derechos humanos y otros ámbitos relacionados.
| Ministerio del Interior | ||||
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| Ministerio de Gobierno | ||||
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Sede del Ministerio (Casa La Giralda, junto a la Casa de Nariño) | ||||
| Localización | ||||
| País |
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| Localidad | Casa La Giralda | |||
| Coordenadas | 4°35′55″N 74°04′39″O | |||
| Información general | ||||
| Sigla | MinInterior | |||
| Jurisdicción |
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| Tipo | Ministerio | |||
| Sede |
Carrera 8 nº 7-83 Bogotá | |||
| Organización | ||||
| Ministros |
Rodrigo Lara Restrepo (Ministro del Interior) Vacante (Viceministro para la Participación e Igualdad de Derechos) Vacante (Viceministro para las Relaciones Políticas) | |||
| Dirección | Cristian Alberto Buitrago (Secretario General) | |||
| Depende de | Presidencia de la República | |||
| Dependencias |
Unidad Nacional de Protección Imprenta Nacional de Colombia Dirección Nacional de Derecho de Autor Corporación Nasa Kiwe Dirección Nacional de Bomberos | |||
| Presupuesto | 2,45 billones COP (2026) | |||
| Historia | ||||
| Fundación | 25 de agosto de 1886 (139 años) | |||
| Sucesión | ||||
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| Notas | ||||
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Denominaciones históricas • Ministerio de Gobierno (1886-1995)
• Ministerio del Interior (1995-2002) • Ministerio del Interior y de Justicia (2002-2011) • Ministerio del Interior (2011- ) | ||||
| Sitio web oficial | ||||
El titular del Ministerio del Interior es nombrado directamente por el presidente de la República y ocupa el primer lugar en el orden de precedencia de los ministerios y departamentos administrativos.[1]
En los medios de comunicación suele ser denominado como el “Ministerio del Interior y de la Política” por su estrecha relación con el Congreso y los partidos políticos.
El actual ministro del Interior, desde el 25 de febrero de 2025, es Armando Benedetti.
El 26 de junio de 2026, el presidente electo Abelardo de la Espriella anunció que Rodrigo Lara Restrepo sería ministro del Interior de su gobierno, que comenzará el 7 de agosto de 2026.[2]
Historia
En 1886 se creó el Ministerio de Gobierno, que asumía competencias en materia de policía y Gendarmería Nacional, Archivo Nacional, correos y telégrafos, así como higiene y sanidad. También fue responsable del sistema penitenciario, de la gestión del personal y de los recursos materiales de la Corte Suprema de Justicia, los tribunales y juzgados, el Ministerio Público, los notarios y los registradores de instrumentos públicos y privados, además de los anotadores de hipotecas. Igualmente tenía a su cargo la organización de los procesos electorales, la identificación de los electores y la administración de los asuntos relacionados con las elecciones. Estas funciones se mantuvieron hasta la creación de la organización electoral mediante la Ley 89 de 1948, que transfirió dichas competencias a un organismo especializado.
En la evolución institucional se aprecia cómo el Ministerio del Interior ha estado regulado por diversas normas. La Ley 70 de 1993 creó la Dirección para Comunidades Negras, con la misión de formular políticas públicas en esta materia, contando con el apoyo de la Comisión Consultiva de Alto Nivel. Asimismo, debía garantizar el respeto y cumplimiento de los principios de igualdad, identidad y autonomía cultural de las comunidades negras, tal y como recoge la Constitución Política de Colombia. Posteriormente, el Decreto 2233 de 1995 estableció el Sistema Nacional de Inteligencia. Ese mismo año, mediante la Ley 199 de 1995, se produjo la transformación del antiguo Ministerio de Gobierno en el actual Ministerio del Interior, al que se asignaron funciones como la formulación y adopción de políticas públicas en materia de ordenación y autonomía territorial, las relaciones entre el nivel nacional y las entidades territoriales, y la gestión de la política pública de descentralización y desarrollo institucional, entre otras competencias.
Posteriormente, la Ley 418 de 1997 introdujo instrumentos orientados a la búsqueda de la convivencia. Más adelante, el Decreto 2546 de 1999 reestructuró el Ministerio, integrando en su organización el Fondo para la Participación y el Fortalecimiento de la Democracia, la Corporación Nasa Kiwe y la Dirección Nacional del Derecho de Autor.
De acuerdo con este desarrollo histórico, puede observarse que el Ministerio del Interior asumía en sus orígenes una amplia gama de funciones, que fueron siendo reasignadas progresivamente conforme se creaban otros ministerios. Así, la competencia de control sobre las Intendencias y Comisarías —o Territorios Nacionales— se mantuvo hasta la creación en 1975 del Departamento Administrativo de Intendencias y Comisarías (DAINCO). Por otro lado, la responsabilidad en materia de atención y prevención de desastres fue atribuida al Ministerio tras la reorganización del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República en 1991.
En el año 2003, a través de la Ley 790 de 2002, se procedió a la fusión del Ministerio del Interior y el Ministerio de Justicia y del Derecho, bajo la presidencia de Álvaro Uribe Vélez. Uno de los objetivos principales de esta integración era reducir los costes económicos derivados de la existencia de dos estructuras ministeriales separadas, entre otras razones. Sin embargo, la unificación de ambas carteras terminó por dificultar el desempeño eficaz de sus funciones, y los ahorros previstos no llegaron a materializarse. De hecho, con el tiempo fue necesario incrementar los recursos destinados a este ministerio, dada su excesiva dimensión. Ante el incumplimiento de los objetivos iniciales de la fusión, el 4 de mayo de 2011 el presidente de la República, Juan Manuel Santos, sancionó la Ley 1444, mediante la cual se ordenó la escisión del Ministerio del Interior y de Justicia, recuperando así la autonomía de cada cartera.
El 11 de agosto de 2011, mediante el Decreto 2893, se restableció oficialmente el Ministerio del Interior, recuperando su autonomía tras la escisión del Ministerio del Interior y de Justicia ordenada por la Ley 1444 de ese mismo año.
Durante los dos mandatos de Álvaro Uribe Vélez el Ministerio del Interior contó con cuatro titulares, todos procedentes del Partido Conservador. En el primer gobierno ejercieron el cargo Fernando Londoño y Sabas Pretelt de la Vega; en el segundo, fueron ministros Carlos Holguín Sardi y Fabio Valencia Cossio. Tras la elección de Juan Manuel Santos en 2010, el ministerio estuvo dirigido hasta el 23 de abril de ese año por Germán Vargas Lleras, quien posteriormente fue trasladado al Ministerio de Vivienda. Le sucedió Federico Renjifo, y desde el 3 de septiembre de 2012 ocupó la cartera Fernando Carrillo Flórez, que permaneció en el cargo hasta el 5 de septiembre de 2013.
Durante el gobierno de Iván Duque, la titular designada para el Ministerio del Interior fue Nancy Patricia Gutiérrez, quien asumió el cargo el 7 de agosto de 2018. A partir de 2020, la cartera pasó a manos de Alicia Arango Olmos, que permaneció en el puesto hasta diciembre de ese mismo año, momento en el que presentó su dimisión. Tras su salida, fue nombrado el politólogo Daniel Palacios, quien ejerció como ministro del Interior hasta el final del mandato de Duque, en agosto de 2022.
Durante el gobierno de Gustavo Petro, fue designado como ministro del Interior el abogado Alfonso Prada, quien asumió el cargo el 7 de agosto de 2022. Prada había acompañado al presidente electo durante la campaña como jefe de debate en la segunda vuelta electoral y anteriormente había desempeñado funciones en el Gobierno de Juan Manuel Santos.[3]
Integración del Sector Administrativo del Interior
En el Decreto 2893 de 2011,[4] cuyo propósito fue modificar "los objetivos, la estructura orgánica y las funciones del Ministerio del Interior, así como integrar el Sector Administrativo del Interior", se establece que dicho sector queda conformado por:
1. Entidades Adscritas:
1.1. Establecimientos Públicos:
A.[5] Fondo para la Participación y el Fortalecimiento de la Democracia:
La misión del Fondo consiste en proporcionar un impulso efectivo a los programas y proyectos que favorezcan el desarrollo de mecanismos y espacios de participación, la convivencia ciudadana y comunitaria, así como el fortalecimiento democrático.
B. Corporación Nacional para la Reconstrucción de la Cuenca del Río Páez y Zonas Aledañas:[6]
La Corporación Nasa Kiwe tiene como objetivo promover la rehabilitación y la recuperación socioeconómica, cultural y ambiental de la cuenca hidrográfica del río Páez y de las zonas aledañas, devastadas a raíz del terremoto y la posterior avalancha ocurridos el 6 de junio de 1994.
1.2. Unidad Administrativa Especial con Personería Jurídica:
A.[7] Dirección Nacional de Derechos de Autor:
La Dirección tiene como misión fortalecer la adecuada protección de los titulares de derechos de autor y de los derechos conexos, contribuyendo al desarrollo de una cultura de respeto hacia estos derechos. Asimismo, promueve la noción del derecho de autor como una nueva forma de riqueza que genera empleo, impulsa el desarrollo nacional, protege la creación de obras literarias y artísticas que enriquecen la cultura, el conocimiento, el arte, el entretenimiento y la calidad de vida, y responde a los retos planteados por los avances tecnológicos.
B. Unidad Nacional de Protección (UNP); por medio del:[8]
La Unidad tiene como objetivo articular, coordinar y ejecutar la prestación del servicio de protección a aquellas personas que el Gobierno Nacional determine, en virtud de sus actividades, condiciones o situaciones políticas, públicas, sociales, humanitarias, culturales, étnicas o de género, así como por su condición de víctimas de la violencia, desplazados o activistas de derechos humanos, que se encuentren en riesgo extraordinario o extremo de sufrir atentados contra su vida, integridad, libertad y seguridad personal, o por el ejercicio de un cargo público u otras actividades que puedan generar un riesgo similar, como el liderazgo sindical, en ONG o en colectivos de personas desplazadas. Su misión es garantizar la oportunidad, eficacia e idoneidad de las medidas de protección que se otorgan.
Quedan exceptuados del ámbito de aplicación de la Unidad los programas que son competencia de la Fiscalía General de la Nación, la Procuraduría General de la Nación y el Programa de Protección a Víctimas y Testigos de la Ley de Justicia y Paz.
2. Entidades Vinculadas:
2.1. Empresa Industrial y Comercial del Estado:
A.[9] Imprenta Nacional de Colombia:
El objetivo de la entidad es garantizar la seguridad jurídica del Estado mediante la impresión, publicación, difusión y comercialización de las normas y actos administrativos, así como ofrecer servicios editoriales cuando le sean solicitados.