Resolución 1553 del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas
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| Resolución 1553 del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas | ||
|---|---|---|
| Asunto | La situación en Oriente Medio | |
| Fecha | 29 de julio de 2004 | |
| Sesión núm. | 5012 | |
| Texto en español | &Lang=S S/RES/1553(2004) | |
| Votación |
A favor: 15 En contra: 0 Abstenciones: 0 Ausentes: | |
| Resultado | Aprobada | |
| Miembros del Consejo en 2004 | ||
| Permanentes | ||
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| No permanentes | ||
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La resolución 1553 del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas, adoptada por unanimidad el 29 de julio de 2004, tras recordar resoluciones anteriores sobre Israel y el Líbano, incluidas las resoluciones 425 (1978), 426 (1978) y 1525 (2004), prorrogó el mandato de la Fuerza Provisional de las Naciones Unidas en el Líbano (FPNUL) por seis meses más, hasta el 31 de enero de 2005. [1]
El Consejo de Seguridad recordó la conclusión del Secretario General Kofi Annan de que Israel había retirado sus fuerzas del Líbano el 16 de junio de 2000, de conformidad con la Resolución 425. Subrayó el carácter temporal de la operación de la FPNUL y señaló que había completado dos de las tres partes de su mandato, aunque expresó preocupación por la posibilidad de una escalada de la tensión.
El Gobierno libanés acogió con satisfacción las medidas adoptadas para restablecer su autoridad en el sur del Líbano mediante el despliegue de fuerzas libanesas. Se instó a las partes a garantizar la plena libertad de movimiento de la FPNUL y a garantizar su seguridad. Se instó tanto a Israel como al Líbano a cumplir los compromisos de respetar la línea de retirada identificada por las Naciones Unidas y se condenaron todas las violaciones de la línea por aire, mar y tierra, además de suscitar la preocupación del Consejo. [2]
La resolución apoyó los esfuerzos de la FPNUL para supervisar las violaciones de la línea de retirada y los esfuerzos de desminado, y destacó la necesidad de que se proporcionen mapas adicionales de la ubicación de las minas terrestres . Se pidió al Secretario General que continuara las consultas con el Gobierno del Líbano y los países que aportan contingentes sobre la aplicación de la resolución actual. Además, le encargó que informara sobre las actividades de la FPNUL y sobre las tareas realizadas por el Organismo de las Naciones Unidas para la Vigilancia de la Tregua (ONUVT).
Por último, la resolución concluye destacando la importancia de una paz justa y duradera en el Oriente Medio basada en las resoluciones pertinentes del Consejo de Seguridad, incluidas la 242 (1967) y la 338 (1973).