Santa Ana Huista

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Santa Ana Huista
Municipio
Santa Ana Huista ubicada en Guatemala
Santa Ana Huista
Santa Ana Huista
Localización de Santa Ana Huista en Guatemala
Santa Ana Huista ubicada en Huehuetenango
Santa Ana Huista
Santa Ana Huista
Localización de Santa Ana Huista en Huehuetenango

Mapa interactivo de Santa Ana Huista.
Coordenadas 15°41′00″N 91°49′00″O / 15.68333333, -91.81666667
Idioma oficial Español[1]
 • Otros idiomas Mam
Jakalteko
Entidad Municipio
 País Bandera de Guatemala Guatemala
 Departamento  Huehuetenango
Eventos históricos  
 • Fundación 26 de julio de 1528
Superficie  
 • Total 145 km² Ver y modificar los datos en Wikidata
Altitud  
 • Media 966 m s. n. m.
Población (2022)  
 • Total 10 687 hab.[2]
 Densidad 73,7 hab./km²
IDH (2018) 0,646 (Puesto 145.º) Medio
Huso horario UTC−6
Código postal 13031
Fiestas mayores 26 de julio
Patrono(a) Ana
Miembro de: Asociación Nacional de Municipalidades de Guatemala

Santa Ana Huista («Santa Ana»: en honor a su santa patrona Ana; «Huista»: del náhuatl, significa «paraje espinoso») es un municipio del departamento de Huehuetenango de la región nor-occidente de la República de Guatemala.[3]

Durante la época colonial fue una doctrina a cargo de los frailes mercedarios hasta 1754, y luego fue parte de la parroquia de Nuestra Señora de la Purificación de Jacaltenango. Después de la Independencia de Centroamérica en 1821, la Asamblea Legislativa del Estado de Guatemala dividió al territorio en once distritos para la impartición de justicia, siendo uno de ellos el distrito N.º9 (Totonicapán), el cual a su vez tenía varios circuitos, entre ellos el de Jacaltenango, al que pertenecía Santa Ana Huista.[4]

En 1838 pasó a formar parte del efímetro Estado de Los Altos que formaron los criollos liberales de la región occidental de Guatemala, pero este estado fue recuperado por la fuerza para el Estado de Guatemala por las fuerzas del general conservador mestizo Rafael Carrera en 1840.[5]

Sus fronteras con México fueron establecidas en 1896, tras el Tratado Herrera-Mariscal que suscribiera el presidente Justo Rufino Barrios en 1882 con el gobierno de México, y por medio del cual el gobierno guatemalteco renunció definitivamente a sus reclamos sobre el territorio de Soconusco y Guatemala perdió cerca de 10,300 km, catorce pueblos, diecinueve aldeas y cincuenta y cuatro rancherías, mientras que México perdió solamente un pueblo y veintiocho rancherías.[6] Fue tan nefasto el convenio para Guatemala, que el informe del director de la Comisión Guatemalteca de Límites, el ingeniero Claudio Urrutia, fue confiscado por el gobierno del presidente Manuel Estrada Cabrera cuando se hizo público en 1900, y luego por el gobierno del licenciado Julio César Méndez Montenegro cuando se reimprimió en 1968.[7]

Desde 1970 forma parte de la región conocida como Franja Transversal del Norte.[8]

Muchos de los nombres de los municipios y poblados de Guatemala constan de dos partes: el nombre del santo católico que se venera el día en que fueron fundados y una descripción con raíz náhuatl; esto se debe a que las tropas que invadieron la región en la década de 1520 al mando de Pedro de Alvarado estaban compuestas por soldados españoles y por indígenas tlaxcaltecas y cholultecas.[9] El topónimo «Santa Ana Huista» proviene entonces de «Santa Ana de Nazaret» y de la voz náhuatl «Huitztlán», la cual a su vez se origina de los términos «Huíztli» (español: «espina») y «tlan» (español: «abundancia»), por lo que quiere decir «Lugar de espinas» o «Paraje espinoso».[10]

Demografía

El municipio tiene, en 2022, una población aproximada de 10 687 habitantes según el censo de población del año 2018 con una densidad de 77 personas por kilómetro cuadrado. Tiene una población superior ladina equivalente al 70 % de la población total, y el 30 % es de población indígena que son las etnias mam y jakalteko.

Geografía física

El municipio de Santa Ana Huista tiene una extensión territorial de 145 km²2.

Ubicación geográfica

Se encuentra a una distancia de 90 km de la cabecera departamental Huehuetenango y a 355 km de la Ciudad de Guatemala.

Sus colindancias son:

Norte: Jacaltenango
Oeste: México México Este: San Antonio Huista[12]
Sur: La Democracia[12][11]

Gobierno municipal

Los municipios se encuentran regulados en diversas leyes de la República, que establecen su forma de organización, lo relativo a la conformación de sus órganos administrativos y los tributos destinados para los mismos. Aunque se trata de entidades autónomas, se encuentran sujetos a la legislación nacional y las principales leyes que los rigen desde 1985 son:

Principales leyes que rigen a los municipios de Guatemala
N.º Ley Descripción
1 Constitución Política de la República de Guatemala Tiene una regulación legal específica para los municipios en los artículos 253 al 262.
2 Ley Electoral y de Partidos Políticos Ley de carácter constitucional aplicable a los municipios en el tema de la conformación de sus autoridades electas.
3 Código Municipal Decreto 12-2002 del Congreso de la República de Guatemala. Tiene la categoría de ley ordinaria y contiene preceptos generales aplicables a todos los municipios, e inclusive contiene legislación referente a la creación de los municipios.
4 Ley de Servicio Municipal Decreto 1-87 del Congreso de la República de Guatemala. Regula las relaciones entra la municipalidad y los servidores públicos en materia laboral. Tiene su base constitucional en el artículo 262 de la constitución que ordena la emisión de la misma.
5 Ley General de Descentralización Decreto 14-2002 del Congreso de la República de Guatemala. Regula el deber constitucional del Estado, y por ende del municipio, de promover y aplicar la descentralización y desconcentración económica y administrativa.

El gobierno de los municipios está a cargo de un Concejo Municipal[1] mientras que el código municipal —ley ordinaria que contiene disposiciones que se aplican a todos los municipios— establece que «el concejo municipal es el órgano colegiado superior de deliberación y de decisión de los asuntos municipales […] y tiene su sede en la circunscripción de la cabecera municipal»; el artículo 33 del mencionado código establece que «[le] corresponde con exclusividad al concejo municipal el ejercicio del gobierno del municipio».[13]

El concejo municipal se integra con el alcalde, los síndicos y concejales, electos directamente por sufragio universal y secreto para un período de cuatro años, pudiendo ser reelectos.[1][13]

Existen también las Alcaldías Auxiliares, los Comités Comunitarios de Desarrollo (COCODE), el Comité Municipal del Desarrollo (COMUDE), las asociaciones culturales y las comisiones de trabajo. Los alcaldes auxiliares son elegidos por las comunidades de acuerdo a sus principios y tradiciones, y se reúnen con el alcalde municipal el primer domingo de cada mes, mientras que los Comités Comunitarios de Desarrollo y el Comité Municipal de Desarrollo organizan y facilitan la participación de las comunidades priorizando necesidades y problemas.

Los alcaldes que ha habido en el municipio son:

  • 1935: Delfino Mendoza
  • 2012-2016:Euler David Matamoros
  • 2016-2020: Filomeno Hernández Herrera[14]

Historia

Véase también

Notas y referencias

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