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Cooperativa de crédito

tipo de entidad financiera From Wikipedia, the free encyclopedia

Una cooperativa de crédito es una entidad financiera de naturaleza cooperativa cuyos socios participan en su propiedad y en sus órganos de gobierno. Estas entidades desarrollan actividades de intermediación financiera, como la captación de depósitos, la concesión de préstamos y créditos y la prestación de otros servicios financieros.[1][2]

Las cooperativas de crédito forman parte de la denominada banca cooperativa, un conjunto de instituciones financieras organizadas total o parcialmente conforme a principios cooperativos. Su estructura, denominación, ámbito de actuación y régimen jurídico varían según el país. Entre las instituciones vinculadas a este modelo se encuentran los bancos cooperativos, las cooperativas de ahorro y crédito, las cajas rurales y otras entidades conocidas, según el territorio, como credit unions, caisses populaires, Volksbanken, Raiffeisenbanken o banche di credito cooperativo.[2][1] Aunque comparten elementos propios del movimiento cooperativo, estas instituciones no son necesariamente equivalentes entre sí desde el punto de vista jurídico ni regulatorio.

Características

Las cooperativas de crédito reúnen elementos propios de las cooperativas y de las entidades financieras. Su capital pertenece total o principalmente a sus socios, que participan en el gobierno de la entidad y, al mismo tiempo, suelen ser usuarios de sus servicios.[3][1]

Uno de los principios fundamentales del cooperativismo es el control democrático por parte de los miembros. En las cooperativas de primer grado se aplica tradicionalmente el principio de «una persona, un voto», con independencia de la cuantía del capital aportado por cada socio.[3] Este sistema se diferencia del habitual en las sociedades de capital, donde los derechos políticos suelen estar vinculados a la participación en el capital social.

Dependiendo de la legislación aplicable, las cooperativas de crédito pueden prestar servicios exclusivamente a sus socios o también a terceros. Entre sus actividades se encuentran la captación de depósitos, la concesión de préstamos y créditos, los servicios de pago y otras operaciones financieras autorizadas.[2]

Los socios participan asimismo en la formación del capital y en la distribución o aplicación de los resultados. De acuerdo con los principios cooperativos, una parte de los excedentes puede destinarse a reservas, al desarrollo de la entidad, a actividades aprobadas por los propios socios o, cuando la legislación y los estatutos lo permiten, a retornos cooperativos.[3]

La estructura de propiedad, los requisitos de pertenencia, las operaciones autorizadas, el régimen de gobierno y los mecanismos de supervisión varían en función del ordenamiento jurídico de cada país.

Historia

Los orígenes de la banca cooperativa moderna se sitúan en la Europa del siglo XIX, en el contexto de la expansión del movimiento cooperativo y de diversas iniciativas destinadas a facilitar el acceso al ahorro y al crédito a agricultores, artesanos, trabajadores y pequeños empresarios que encontraban dificultades para obtener financiación a través de las instituciones bancarias tradicionales.[4]

En los territorios alemanes adquirieron especial importancia las iniciativas desarrolladas por Franz Hermann Schulze-Delitzsch y Friedrich Wilhelm Raiffeisen, quienes impulsaron de manera independiente diferentes modelos de cooperación financiera durante la segunda mitad del siglo XIX.[5]

Schulze-Delitzsch promovió asociaciones de crédito dirigidas principalmente a artesanos, comerciantes y pequeños empresarios de los núcleos urbanos. Su modelo se basaba en la asociación de los miembros para obtener financiación y desarrollar instituciones de crédito gestionadas de forma cooperativa. Raiffeisen, por su parte, impulsó organizaciones de crédito especialmente orientadas a las comunidades agrícolas y rurales, basadas en los principios de ayuda mutua, responsabilidad colectiva y vinculación con la comunidad local.[5][6]

Ambos modelos ejercieron una influencia considerable en el posterior desarrollo del cooperativismo financiero europeo. Las organizaciones inspiradas en Raiffeisen se difundieron especialmente entre las poblaciones rurales y contribuyeron al desarrollo de numerosas cooperativas agrícolas de crédito y cajas rurales, mientras que las iniciativas vinculadas a Schulze-Delitzsch influyeron particularmente en la formación de bancos populares y otras cooperativas de crédito de carácter urbano.[5]

Durante las últimas décadas del siglo XIX y las primeras del XX, las instituciones financieras cooperativas se extendieron por numerosos países europeos y adoptaron diferentes estructuras en función de las circunstancias económicas, sociales y jurídicas de cada territorio. El modelo se difundió posteriormente por otros continentes y dio lugar a distintas formas de cooperativismo financiero, entre ellas bancos cooperativos, cajas rurales y cooperativas de ahorro y crédito.[4]

En América del Norte destacó la labor del canadiense Alphonse Desjardins, quien fundó en diciembre de 1900 la Caisse populaire de Lévis, en Lévis, Quebec. La entidad comenzó sus operaciones en 1901 y constituyó el origen del posterior Movimiento Desjardins, que extendió el modelo de las caisses populaires por Quebec y otras regiones de Canadá.[7]

A lo largo del siglo XX, la banca cooperativa continuó desarrollándose y consolidándose en diferentes regiones del mundo. Su evolución dio lugar a sistemas nacionales muy diversos, desde redes de pequeñas cooperativas de crédito locales hasta grandes grupos bancarios organizados en estructuras federales o cooperativas.[4]

Organización

Socios y propiedad

Los socios de una cooperativa de crédito participan en la propiedad de la entidad mediante sus aportaciones al capital y ejercen los derechos que les reconocen la legislación y los estatutos. Una característica tradicional del modelo cooperativo es la doble condición de los socios como propietarios y usuarios de la organización, lo que les permite participar en su gobierno y en la elección de sus órganos representativos.[3][1]

Los requisitos para adquirir la condición de socio varían según la legislación y el tipo de entidad. En algunas cooperativas de ahorro y crédito, particularmente en determinados sistemas de credit unions, la afiliación se basa tradicionalmente en la existencia de un vínculo común entre sus miembros, relacionado, por ejemplo, con el lugar de residencia, el empleo, la pertenencia a una asociación u otros criterios establecidos por la normativa aplicable.[8]

En otros sistemas de banca cooperativa, especialmente entre los grandes grupos europeos, las entidades pueden prestar servicios a una clientela más amplia que la formada exclusivamente por sus socios. Asimismo, algunos de estos sistemas presentan estructuras organizativas de varios niveles, en las que cooperativas o bancos locales participan en entidades regionales o centrales y en otras sociedades que proporcionan servicios comunes al conjunto del grupo.[2]

Gobierno

El control democrático por parte de los miembros constituye uno de los principios fundamentales del cooperativismo. Los socios participan en la determinación de las políticas generales de la organización y en la elección de sus representantes, quienes responden ante el conjunto de los miembros.[3]

En las cooperativas de primer grado se aplica tradicionalmente el principio de «un socio, un voto», de manera que el poder de decisión no depende directamente de la cantidad de capital aportado por cada miembro.[3] Este sistema constituye una de las principales diferencias respecto de las sociedades de capital, en las que los derechos de voto suelen guardar relación con la participación en el capital.

La participación de los socios se articula generalmente mediante una asamblea general, que constituye el principal órgano de expresión de la voluntad social y participa en la elección o designación de los órganos encargados de la administración y supervisión de la entidad. En organizaciones con un elevado número de miembros pueden existir sistemas de representación mediante delegados o asambleas de representantes.

Las cooperativas de segundo grado, federaciones y otros sistemas de banca cooperativa integrados por varias entidades pueden adoptar mecanismos de representación diferentes, de acuerdo con su estructura organizativa y con la legislación aplicable.[3]

La denominación, composición, competencias y forma de elección de los órganos de gobierno varían según el ordenamiento jurídico de cada país y los estatutos de cada entidad. Además, por su condición de instituciones financieras, las cooperativas de crédito pueden estar sometidas a requisitos específicos de gobierno corporativo, idoneidad y supervisión establecidos por la normativa bancaria correspondiente.

Capital y resultados

Los socios participan económicamente en la cooperativa mediante aportaciones a su capital, cuya cuantía, características y régimen de transmisión o reembolso dependen de la legislación y de los estatutos de cada entidad. Conforme a los principios cooperativos, los miembros contribuyen equitativamente al capital y lo controlan democráticamente; al menos una parte de este suele constituir propiedad común de la cooperativa.[3]

Los excedentes generados por la actividad pueden destinarse a diferentes finalidades acordadas por los socios dentro de los límites establecidos por la legislación aplicable. Entre ellas se encuentran la constitución o fortalecimiento de reservas, algunas de las cuales pueden tener carácter indivisible, el desarrollo de la propia cooperativa, la realización de actividades aprobadas por los miembros y, cuando corresponda, la distribución de retornos cooperativos en proporción a las operaciones realizadas por cada socio con la entidad.[3]

La remuneración de las aportaciones al capital y la distribución de los resultados están sujetas a las normas cooperativas y financieras aplicables en cada jurisdicción. En las cooperativas de crédito, estas reglas pueden estar condicionadas además por los requisitos de capital, solvencia y demás normas prudenciales propias de las entidades financieras.

Banca cooperativa

La expresión banca cooperativa se utiliza en sentido amplio para designar la actividad bancaria desarrollada por instituciones cuya propiedad, organización o gobierno se basa total o parcialmente en principios cooperativos. No constituye una categoría jurídica uniforme a escala internacional, sino que comprende diferentes modelos institucionales cuya naturaleza y regulación dependen del ordenamiento de cada país.[2][9]

Entre las instituciones habitualmente relacionadas con la banca cooperativa se encuentran las cooperativas de crédito, denominadas en distintos países cooperativas de ahorro y crédito, credit unions u otras expresiones equivalentes o próximas; los bancos cooperativos; las cajas rurales; determinados bancos populares de naturaleza cooperativa y otras instituciones financieras de propiedad mutual o cooperativa.[2][9]

En algunos países existen además instituciones mutuales, como determinadas building societies, que comparten con las cooperativas financieras características como la propiedad de los miembros y su participación en el gobierno, aunque su naturaleza jurídica y su evolución histórica son diferentes y no necesariamente tienen la consideración legal de cooperativas.[9]

Los sistemas de banca cooperativa pueden presentar distintos grados de integración. Algunas entidades funcionan de manera esencialmente independiente, mientras que otras se agrupan en federaciones, asociaciones o grupos bancarios de ámbito regional o nacional. En estos últimos pueden existir entidades centrales y sociedades participadas encargadas de proporcionar servicios comunes, como financiación mayorista, sistemas de pago, gestión de activos, seguros, tecnología, compensación y otros servicios financieros o administrativos.[2]

La estructura resultante puede comprender entidades cooperativas de base junto con bancos centrales, sociedades mercantiles y otras organizaciones controladas directa o indirectamente por aquellas. Por este motivo, la expresión «banca cooperativa» puede referirse tanto a entidades individuales constituidas como cooperativas como a grupos financieros más amplios cuyo control último corresponde, total o mayoritariamente, a organizaciones cooperativas.[2]

Cooperativas de ahorro y crédito

Las cooperativas de ahorro y crédito son instituciones financieras cooperativas orientadas principalmente a proporcionar servicios de ahorro, crédito y otros servicios financieros a sus socios. Este modelo se encuentra especialmente extendido en América, aunque existen organizaciones de características semejantes en numerosos países de otros continentes. En el ámbito internacional se emplea ampliamente la expresión inglesa credit union, mientras que en determinados territorios se utilizan otras denominaciones, como caisse populaire en algunas regiones francófonas.[1]

El Consejo Mundial de Cooperativas de Ahorro y Crédito (WOCCU) caracteriza las credit unions como cooperativas financieras propiedad de sus miembros y controladas democráticamente por estos, creadas para proporcionar servicios financieros a sus socios.[1] Aunque las expresiones «cooperativa de ahorro y crédito» y credit union se utilizan frecuentemente como equivalentes, su significado jurídico concreto depende de la legislación de cada país.

Tradicionalmente, muchas de estas entidades se han organizado alrededor de un vínculo común entre sus miembros, relacionado con factores como el lugar de residencia, el empleo, la profesión, la pertenencia a una asociación o una determinada comunidad. No obstante, los requisitos de afiliación y el alcance de estos vínculos han evolucionado y varían considerablemente entre jurisdicciones.

El ámbito de sus actividades también presenta diferencias importantes. Algunas cooperativas de ahorro y crédito ofrecen una amplia variedad de productos y servicios financieros, mientras que otras tienen limitada su actividad a determinadas operaciones o exclusivamente a sus miembros. Su tamaño puede variar desde pequeñas entidades vinculadas a una comunidad concreta hasta organizaciones financieras con millones de socios.

En los Estados Unidos, las credit unions pueden estar constituidas conforme a legislación federal o estatal. Las cooperativas de crédito federales son instituciones cooperativas sin ánimo de lucro, propiedad y bajo control de sus miembros, y deben disponer de un ámbito de pertenencia (field of membership) definido de acuerdo con la normativa federal.[8]

A escala internacional, numerosas organizaciones nacionales y regionales del sector están integradas en el Consejo Mundial de Cooperativas de Ahorro y Crédito, que desarrolla actividades de representación, promoción y apoyo al movimiento de las cooperativas de ahorro y crédito.[10]

Europa

La banca cooperativa constituye una parte relevante del sistema financiero europeo y cuenta con una presencia especialmente significativa en varios países del continente. Su desarrollo histórico ha dado lugar a diferentes modelos nacionales, que comprenden desde redes de cooperativas de crédito locales hasta grandes grupos bancarios organizados mediante estructuras regionales y centrales.[2]

Entre los sistemas de banca cooperativa europeos se encuentran las redes de Volksbanken y Raiffeisenbanken de Alemania, los grupos cooperativos franceses, las banche di credito cooperativo de Italia, el sistema Raiffeisen de Austria, Rabobank en los Países Bajos y las cooperativas de crédito españolas, entre otros modelos.[2]

La organización y la naturaleza jurídica de estas entidades presentan diferencias considerables entre países. Algunos sistemas mantienen una estructura descentralizada basada en entidades cooperativas locales o regionales, mientras que otros han desarrollado grupos bancarios integrados en los que las cooperativas participan en entidades centrales y sociedades especializadas que proporcionan servicios comunes.

La Asociación Europea de Bancos Cooperativos (EACB), con sede en Bruselas, representa ante las instituciones de la Unión Europea a organizaciones nacionales, entidades y grupos de banca cooperativa de distintos países europeos.[11]

Alemania

Alemania desempeñó un papel fundamental en el desarrollo del cooperativismo financiero moderno. Durante el siglo XIX, Franz Hermann Schulze-Delitzsch y Friedrich Wilhelm Raiffeisen impulsaron de manera independiente modelos de cooperación crediticia que dieron lugar a numerosas instituciones financieras cooperativas.[5]

Las Volksbanken se vincularon históricamente con el modelo desarrollado por Schulze-Delitzsch, orientado principalmente hacia artesanos, comerciantes y pequeños empresarios de los núcleos urbanos, mientras que las Raiffeisenbanken tuvieron su origen en las cooperativas de crédito rurales promovidas por Raiffeisen. Con el tiempo, ambos modelos convergieron en buena medida dentro de las estructuras comunes del cooperativismo bancario alemán.

Las entidades locales forman actualmente parte del denominado Genossenschaftliche FinanzGruppe Volksbanken Raiffeisenbanken (Grupo Financiero Cooperativo Volksbanken Raiffeisenbanken), que reúne a los bancos cooperativos y a diversas entidades especializadas que proporcionan servicios financieros comunes.[12]

DZ Bank actúa como institución central del grupo financiero cooperativo y proporciona servicios a los bancos cooperativos locales, además de desarrollar actividades bancarias propias. Junto con otras empresas del grupo, participa en ámbitos como la financiación inmobiliaria, los seguros, la gestión de activos y otros servicios financieros.[13]

El Bundesverband der Deutschen Volksbanken und Raiffeisenbanken (BVR) es la organización central representativa de los bancos cooperativos alemanes y representa los intereses del sector ante las autoridades y otras instituciones nacionales e internacionales.[12]

Austria

En Austria se desarrolló una extensa red de cooperativas financieras inspiradas principalmente en el modelo de Friedrich Wilhelm Raiffeisen. Estas entidades dieron origen al denominado Raiffeisen Bankengruppe Österreich (Grupo Bancario Raiffeisen de Austria), uno de los principales sistemas de banca cooperativa del país.

El sistema presenta una estructura organizada en tres niveles. En la base se encuentran los bancos Raiffeisen locales, constituidos como entidades cooperativas independientes y propiedad de sus socios. Estos participan, a su vez, en los ocho bancos regionales o Raiffeisenlandesbanken, que constituyen el segundo nivel y desarrollan funciones bancarias y servicios centrales para las entidades de sus respectivos territorios.[14]

El tercer nivel está constituido por Raiffeisen Bank International (RBI), que actúa como institución central de los bancos regionales Raiffeisen y de otras entidades de crédito afiliadas al grupo. RBI desarrolla además actividades de banca corporativa y de inversión y mantiene una importante presencia internacional, especialmente en los países de Europa Central y Oriental.[14]

A diferencia de los bancos cooperativos situados en la base del sistema, Raiffeisen Bank International está constituida jurídicamente como una sociedad anónima (Aktiengesellschaft) y sus acciones cotizan en la Bolsa de Viena. Los ocho bancos regionales Raiffeisen poseen conjuntamente alrededor del 61 % de su capital, mientras que el resto se encuentra en libre circulación bursátil.[15]

De este modo, el sistema austríaco combina cooperativas de crédito locales con entidades regionales y una sociedad bancaria central cotizada, manteniéndose el control mayoritario de esta última indirectamente vinculado a la estructura cooperativa de base.[14][15]

Francia

Francia cuenta con uno de los sectores de banca cooperativa más desarrollados de Europa. Entre sus principales grupos se encuentran Crédit Agricole, Crédit Mutuel y Groupe BPCE, todos ellos organizados mediante estructuras que combinan entidades cooperativas de base con instituciones regionales o centrales y sociedades financieras controladas directa o indirectamente por aquellas.[11]

Crédit Agricole se estructura a partir de una red de cajas locales (caisses locales) cuyos socios poseen participaciones sociales. Estas cajas participan en las cajas regionales (caisses régionales), que desarrollan la actividad bancaria en sus respectivos territorios. Las cajas regionales controlan conjuntamente, a través de la sociedad SAS Rue La Boétie, la mayoría del capital de Crédit Agricole S.A., sociedad cotizada que actúa como entidad central del grupo y agrupa numerosas actividades y filiales especializadas.[16]

Crédit Mutuel está organizado igualmente sobre una estructura descentralizada de carácter cooperativo. Su base está formada por cajas locales cuyos socios participan en el capital y en su gobierno. Estas cajas se agrupan en federaciones regionales, que a su vez forman parte de organizaciones federativas y bancarias encargadas de coordinar distintas actividades del grupo.[17]

El Groupe BPCE surgió en 2009 de la unión de los grupos Banque Populaire y Caisse d'Épargne. Su estructura se articula en torno a dos redes de bancos cooperativos —los Banques Populaires y las Caisses d'Épargne— cuyos socios participan en el capital de las entidades regionales. Estas poseen conjuntamente BPCE, órgano central del grupo y sociedad que controla diversas entidades y filiales especializadas.[18]

Dentro del Groupe BPCE se encuentra asimismo Crédit Coopératif, banco de tradición cooperativa especializado históricamente en la financiación de cooperativas, asociaciones, empresas de la economía social y otras organizaciones.[19]

El modelo francés se caracteriza, por tanto, por la coexistencia de una amplia base de socios y entidades cooperativas locales o regionales con estructuras bancarias centrales de gran tamaño, algunas de las cuales adoptan formas societarias mercantiles y desarrollan actividades financieras tanto en Francia como internacionalmente.[11]

Italia

En Italia, el cooperativismo de crédito comenzó a desarrollarse durante las últimas décadas del siglo XIX, influido principalmente por los modelos surgidos anteriormente en Alemania. En 1883, el economista y político Leone Wollemborg promovió en Loreggia, en la provincia de Padua, la primera cassa rurale italiana inspirada en el modelo de Friedrich Wilhelm Raiffeisen.[20]

Las cajas rurales se difundieron posteriormente por distintas regiones italianas y dieron origen a una extensa red de entidades cooperativas locales. Con el tiempo, gran parte de estas instituciones adoptaron la denominación de banche di credito cooperativo (BCC), manteniendo una fuerte vinculación con sus socios y con los territorios en los que desarrollan su actividad.[21]

La reforma del sector aprobada en 2016 reorganizó profundamente el sistema italiano de crédito cooperativo y estableció la creación de los denominados gruppi bancari cooperativi. Las BCC integradas en estos grupos mantienen su personalidad jurídica y su carácter cooperativo, pero quedan vinculadas mediante un contrato de cohesión a una sociedad cabecera encargada de ejercer funciones de dirección y coordinación sobre las entidades integrantes.[22][23]

Como resultado de esta reorganización se constituyeron dos grandes grupos bancarios cooperativos de ámbito nacional: el Gruppo Bancario Cooperativo Iccrea, encabezado por Iccrea Banca, y el Gruppo Cassa Centrale, encabezado por Cassa Centrale Banca. Las respectivas sociedades cabecera proporcionan servicios comunes y ejercen las funciones de dirección, coordinación y control previstas por el marco regulatorio, mientras que las BCC adheridas continúan desarrollando su actividad bancaria en sus respectivos territorios.[24][25]

Las cooperativas de crédito de la provincia autónoma de Bolzano presentan una organización diferenciada. Las denominadas Raiffeisenkassen, pertenecientes a la tradición cooperativa de Raiffeisen y especialmente implantadas en Tirol del Sur, se articulan alrededor de la Raiffeisenverband Südtirol y de la Raiffeisen Landesbank Südtirol, y cuentan con un régimen específico dentro de la organización del crédito cooperativo italiano.[26]

La representación asociativa de las BCC y cajas rurales italianas corresponde principalmente a Federcasse, la Federación Italiana de Bancos de Crédito Cooperativo y Cajas Rurales, integrada a su vez en la Confcooperative.[27]

Países Bajos

La banca cooperativa de los Países Bajos se desarrolló a finales del siglo XIX a partir de cooperativas locales de crédito agrícola inspiradas en los principios de Friedrich Wilhelm Raiffeisen. Estas entidades surgieron con el objetivo de facilitar el acceso al ahorro y a la financiación a agricultores y comunidades rurales que encontraban dificultades para obtener crédito a través de la banca convencional.[28]

Las cooperativas locales neerlandesas se agruparon inicialmente alrededor de dos organizaciones centrales. En 1898 se constituyeron la Coöperatieve Centrale Raiffeisen-Bank, con sede en Utrecht, y la Coöperatieve Centrale Boerenleenbank, establecida en Eindhoven. Ambas redes se desarrollaron durante buena parte del siglo XX como sistemas independientes de bancos cooperativos locales.[28]

En 1972, las dos organizaciones centrales se fusionaron para constituir la Coöperatieve Centrale Raiffeisen-Boerenleenbank, de cuya denominación procede el nombre 'Rabobank.[28]

Durante las décadas siguientes se produjo un progresivo proceso de integración y concentración de las cooperativas locales. Paralelamente, Rabobank amplió sus actividades más allá de la financiación agrícola y se convirtió en un grupo financiero de ámbito nacional e internacional, aunque mantuvo una especial vinculación histórica con el sector agroalimentario.[29]

Hasta 2016, el sistema estaba formado por numerosos bancos cooperativos locales jurídicamente independientes que eran miembros y propietarios de la organización central Rabobank Nederland. El 1 de enero de ese año se produjo una reorganización mediante la cual los bancos locales y la organización central se fusionaron jurídicamente en una única cooperativa bancaria, Coöperatieve Rabobank U.A..[30]

Tras esta reorganización, Rabobank mantiene una estructura cooperativa basada en sus miembros y en la participación de estos a través de órganos locales y representativos, mientras que la actividad bancaria se desarrolla jurídicamente dentro de una única entidad cooperativa.[31]

Rabobank constituye actualmente el principal representante de la banca cooperativa neerlandesa y desarrolla actividades de banca minorista, empresarial y mayorista, además de mantener una destacada especialización internacional en la financiación de los sectores agrícola y alimentario.[11]

Finlandia

En Finlandia, el cooperativismo de crédito comenzó a desarrollarse a comienzos del siglo XX, vinculado inicialmente a la financiación de las comunidades rurales. En 1902 se creó el Osuuskassojen Keskuslainarahasto (OKO), institución central destinada a proporcionar financiación y servicios a las cooperativas locales de crédito que comenzaron a establecerse por todo el país.[32]

Estas entidades, conocidas inicialmente como osuuskassat (cajas cooperativas), evolucionaron posteriormente hacia bancos cooperativos (osuuspankit). Durante el siglo XX ampliaron progresivamente sus actividades desde la financiación agrícola y rural hacia la prestación de servicios bancarios generales a particulares y empresas.[32]

El principal representante de la banca cooperativa finlandesa es actualmente OP Financial Group (OP Ryhmä), uno de los mayores grupos financieros del país. Su estructura se basa en una red de bancos cooperativos propiedad de sus clientes miembros, que constituyen la base del grupo.[33]

Los bancos cooperativos integrantes son entidades de crédito que desarrollan principalmente actividades de banca minorista y empresarial en sus respectivos ámbitos. Estos bancos son miembros de la organización central OP Cooperative (OP Osuuskunta), que ejerce funciones de dirección y supervisión del conjunto y es propiedad de los propios bancos cooperativos.[34]

Además de los bancos cooperativos, el grupo comprende diferentes sociedades dedicadas a actividades bancarias, aseguradoras, de gestión de activos y otros servicios financieros. Entre ellas se encuentra OP Corporate Bank, que desarrolla funciones bancarias centrales y presta servicios financieros a grandes empresas e instituciones.[33]

El gobierno del grupo mantiene una estructura cooperativa en la que los clientes miembros participan en la administración de los bancos cooperativos y estos, a su vez, ejercen la propiedad y el control sobre la organización central. De esta forma, la estructura combina la propiedad cooperativa local con una coordinación financiera y empresarial común para el conjunto del grupo.[34]

Suiza

En Suiza, el cooperativismo de crédito se desarrolló a finales del siglo XIX siguiendo principalmente el modelo impulsado por Friedrich Wilhelm Raiffeisen. La primera entidad Raiffeisen suiza fue fundada en 1899 en Bichelsee, en el cantón de Turgovia, por iniciativa del sacerdote Johann Traber. El modelo se extendió posteriormente por numerosas comunidades rurales del país.[35]

En 1902 varias de estas cooperativas constituyeron una organización común, antecedente de la actual Raiffeisen Schweiz Genossenschaft (Raiffeisen Suiza), con el objetivo de coordinar sus actividades y proporcionar servicios comunes a las entidades asociadas.[35]

El actual Grupo Raiffeisen constituye uno de los principales grupos bancarios de Suiza y mantiene una estructura de carácter cooperativo. Su base está formada por bancos Raiffeisen organizados como cooperativas y propiedad de sus socios, que desarrollan principalmente actividades de banca minorista y empresarial en sus respectivos ámbitos territoriales.[36]

A diferencia de sistemas cooperativos que han integrado jurídicamente sus entidades locales en una única institución bancaria, los bancos Raiffeisen suizos mantienen su personalidad jurídica y su autonomía empresarial. Al mismo tiempo, se encuentran asociados en Raiffeisen Schweiz Genossenschaft, cooperativa con sede en San Galo que ejerce funciones centrales para el conjunto del grupo.[37]

Raiffeisen Suiza proporciona a los bancos asociados distintos servicios y desempeña funciones de coordinación, gestión de riesgos y representación del grupo. Los bancos locales son, a su vez, propietarios de la organización central, configurando una estructura cooperativa de varios niveles.[37]

Los clientes pueden adquirir la condición de socios de su respectivo banco Raiffeisen mediante la suscripción de participaciones cooperativas. De acuerdo con el modelo cooperativo, los socios participan en los órganos correspondientes de la entidad y ejercen sus derechos políticos con independencia del volumen de capital aportado, conforme a los estatutos y a la legislación aplicable.[36]

El Grupo Raiffeisen desarrolla principalmente actividades de banca minorista, financiación hipotecaria y servicios para pequeñas y medianas empresas, y mantiene una extensa implantación territorial dentro del sistema bancario suizo.[36]

España

Régimen jurídico

En España, una cooperativa de crédito es una entidad de crédito constituida bajo forma de sociedad cooperativa. La Ley 13/1989, de 26 de mayo, de Cooperativas de Crédito, las define como sociedades cuyo objeto social es atender las necesidades financieras de sus socios y de terceros mediante el ejercicio de las actividades propias de las entidades de crédito.[38]

Estas entidades tienen personalidad jurídica propia y un número ilimitado de socios. La responsabilidad de estos por las deudas sociales alcanza únicamente el valor de sus aportaciones al capital social.[38]

Las cooperativas de crédito pueden realizar toda clase de operaciones activas, pasivas y de servicios permitidas a las demás entidades de crédito, con atención preferente a las necesidades financieras de sus socios y dentro de los límites establecidos por la legislación.[38]

La utilización de la denominación «cooperativa de crédito» está reservada legalmente a las entidades que cumplen los requisitos establecidos por la normativa específica. Asimismo, únicamente las cooperativas de crédito cuyo objeto estatutario y actividad estén orientados principalmente hacia el sector agrario pueden utilizar, conjunta o separadamente, la expresión «caja rural».[38]

La constitución de una cooperativa de crédito requiere el cumplimiento de los requisitos establecidos para la creación de entidades de crédito y su inscripción en los registros correspondientes. Estas entidades deben figurar tanto en el registro del Banco de España como en el registro de cooperativas competente, estatal o autonómico según corresponda.[38][39]

La Ley 13/1989 se desarrolla mediante el Real Decreto 84/1993, de 22 de enero, que regula, entre otras materias, determinados aspectos relativos a su constitución, capital social, actividad, órganos sociales y régimen económico.[39]

Debido a su doble condición de sociedades cooperativas y entidades de crédito, su régimen jurídico combina la legislación cooperativa con la normativa bancaria. En primer término les resulta aplicable su legislación específica y la normativa de ordenación y disciplina de las entidades de crédito. Con carácter supletorio se aplica la legislación general de cooperativas que corresponda en función de su ámbito territorial.[38][39]

Además de esta normativa específica, las cooperativas de crédito están sujetas a la legislación general sobre ordenación, supervisión y solvencia de las entidades de crédito, incluida la Ley 10/2014, de 26 de junio, de ordenación, supervisión y solvencia de entidades de crédito, así como a su normativa de desarrollo y a las disposiciones de la Unión Europea aplicables al sector bancario.[40][41]

Su naturaleza jurídica es, por tanto, doble: son sociedades cooperativas, caracterizadas por la participación de sus socios en la propiedad y el gobierno de la entidad, y al mismo tiempo entidades de crédito sometidas a la regulación prudencial, de solvencia y supervisión bancaria.[38][40]

Cajas rurales

Las cajas rurales constituyen una modalidad de cooperativa de crédito española históricamente vinculada al medio agrario y rural. Su desarrollo estuvo relacionado con el movimiento cooperativo agrario y con la necesidad de proporcionar ahorro y financiación a agricultores, ganaderos, cooperativas y otras actividades económicas de las zonas rurales.[42]

La denominación tiene además reconocimiento jurídico específico. La Ley 13/1989 establece que únicamente las cooperativas de crédito cuyo objeto estatutario y cuya actividad se orienten preferentemente a la prestación de servicios financieros en el medio rural pueden utilizar, conjunta o separadamente de su nombre, la expresión «Caja Rural».[38]

Aunque su origen se encuentra estrechamente vinculado a la financiación de la agricultura y de las comunidades rurales, las cajas rurales han ampliado progresivamente su ámbito de actividad y ofrecen servicios bancarios a particulares, autónomos, empresas, cooperativas y otras organizaciones, sin perder necesariamente su vinculación territorial y cooperativa.[42]

Las cajas rurales españolas no constituyen una única entidad bancaria ni pertenecen todas a una misma organización empresarial. Una parte importante se encuentra integrada en el Grupo Caja Rural, sistema de cooperación constituido por cajas rurales jurídicamente independientes que comparten determinadas estructuras y servicios comunes.[43]

El Grupo Caja Rural se articula principalmente alrededor de la Asociación Española de Cajas Rurales, que representa y coordina a sus entidades asociadas, y del Banco Cooperativo Español, entidad bancaria participada mayoritariamente por las propias cajas rurales y encargada de proporcionar determinados servicios centrales al grupo. La estructura se completa con otras sociedades especializadas en ámbitos como los seguros, la gestión de activos y los servicios tecnológicos.[43]

Otro de los principales sistemas españoles de crédito cooperativo es el Grupo Cooperativo Cajamar, formado a partir de procesos de integración entre diferentes cajas rurales y otras cooperativas de crédito. Su entidad cabecera es el Banco de Crédito Social Cooperativo, que ejerce las funciones atribuidas a la entidad central del grupo y está participado por las cooperativas integrantes.[44]

Junto a estas estructuras existen cooperativas de crédito y cajas rurales que mantienen otras fórmulas de organización o un mayor grado de independencia, por lo que la denominación «caja rural» no debe identificarse exclusivamente con la pertenencia al Grupo Caja Rural o al Grupo Cooperativo Cajamar.[45]

Otras cooperativas de crédito

Además de las cajas rurales, existen en España cooperativas de crédito cuyo origen y desarrollo se encuentran vinculados a colectivos profesionales, empresariales, industriales o urbanos. Estas entidades comparten la misma naturaleza jurídica básica que las cajas rurales, aunque no utilizan esta denominación al no estar orientadas preferentemente a la prestación de servicios financieros en el medio rural en los términos establecidos por la Ley 13/1989.[38]

Entre las principales se encuentra Laboral Kutxa, integrada en la Corporación Mondragon y vinculada históricamente al movimiento cooperativo desarrollado en el País Vasco. La entidad actual surgió en 2012 mediante la integración de Caja Laboral Popular e Ipar Kutxa, dos cooperativas de crédito que posteriormente pasaron a operar bajo la marca Laboral Kutxa.[46]

Otra entidad de este tipo es la Caja de Ingenieros (Caixa d'Enginyers), cooperativa de crédito fundada en 1967 en Barcelona por un grupo de ingenieros. Aunque nació vinculada a este colectivo profesional, posteriormente amplió los colectivos que pueden acceder a la condición de socio y desarrolla servicios financieros para particulares, profesionales y empresas.[47]

También pertenece a esta categoría Caixa Guissona, cooperativa de crédito surgida en 1963 en Guissona, en la provincia de Lérida, vinculada históricamente al desarrollo del grupo cooperativo agroalimentario de la localidad.[48]

Estas entidades, al igual que las cajas rurales, tienen la consideración legal de cooperativas de crédito y están sometidas a la normativa bancaria y cooperativa correspondiente y a la supervisión del Banco de España.[40]

Capital social

El capital social de las cooperativas de crédito españolas está constituido por las aportaciones de sus socios y debe cumplir los requisitos establecidos por la Ley 13/1989 y por su reglamento de desarrollo. El capital social mínimo depende del ámbito territorial en el que pretenda operar la entidad y, en determinados casos, de la población de los municipios comprendidos en dicho ámbito.[38][39]

El Real Decreto 84/1993 establece las siguientes cuantías mínimas de capital social:[39]

  • 1.051.771 euros para las cooperativas de crédito de ámbito local que operen en municipios de menos de 100 000 habitantes;
  • 3.606.073 euros para las cooperativas de ámbito local no comprendidas en el supuesto anterior y para las de ámbito supralocal que no exceda de una comunidad autónoma;
  • 4.808.097 euros para aquellas cuyo ámbito incluya los municipios de Madrid o Barcelona, así como para las de ámbito supraautonómico, estatal o superior.

El capital social mínimo debe encontrarse íntegramente suscrito y desembolsado. Los recursos destinados a su constitución deben cumplir asimismo los requisitos establecidos por la normativa aplicable a las entidades de crédito.[39]

Todos los socios deben poseer, como mínimo, un título nominativo de aportación. Los estatutos de cada cooperativa determinan el valor nominal de estos títulos y el número mínimo que debe poseer cada socio, teniendo en cuenta su naturaleza jurídica y los compromisos de actividad asumidos, dentro de los límites establecidos legalmente.[39]

La legislación establece además límites a la concentración del capital. Con carácter general, el importe total de las aportaciones de un único socio no puede superar el 20 % del capital social cuando se trate de una persona jurídica ni el 2,5 % cuando se trate de una persona física.[38]

Asimismo, el conjunto de las personas jurídicas que no tengan la condición de sociedad cooperativa no puede poseer más del 50 % del capital social de una cooperativa de crédito.[38]

Estas limitaciones a la concentración de las aportaciones se relacionan con la naturaleza cooperativa de estas entidades y con un modelo de gobierno en el que la participación política de los socios no depende exclusivamente de la proporción de capital que poseen.[38]

Gobierno corporativo

Los órganos sociales esenciales de las cooperativas de crédito españolas son la Asamblea General y el Consejo Rector.[38][39]

La Asamblea General es el órgano supremo de expresión de la voluntad social y está constituida por los socios, que participan en la adopción de los acuerdos correspondientes a las materias atribuidas a su competencia por la legislación y los estatutos. El funcionamiento de la asamblea responde a los principios de participación democrática característicos de las sociedades cooperativas.[38][3]

El Consejo Rector es el órgano encargado de la administración, gestión y representación de la cooperativa, sin perjuicio de las competencias reservadas legal o estatutariamente a la Asamblea General y a otros órganos de la entidad.[38]

La condición de socio y los derechos políticos asociados a ella no dependen exclusivamente de la cuantía del capital aportado. Este sistema pretende limitar la concentración del poder de decisión y favorecer la participación de los socios en el gobierno de la entidad, de acuerdo con los principios propios del cooperativismo.[3][38]

Cuando las características de la cooperativa, especialmente su elevado número de socios o su extensión territorial, dificultan la participación directa de todos ellos en una única Asamblea General, pueden establecerse juntas preparatorias y una posterior asamblea de delegados, de acuerdo con la normativa y los estatutos de la entidad.[39]

En este sistema, los socios adscritos a cada junta preparatoria se reúnen para deliberar sobre los asuntos incluidos en el orden del día y elegir a los delegados que posteriormente participan en la Asamblea General. El reglamento establece las condiciones relativas a la convocatoria, constitución, representación y adopción de acuerdos de estas juntas.[39]

El gobierno corporativo de las cooperativas de crédito combina, por tanto, los principios de participación y control democrático propios del movimiento cooperativo con los requisitos de organización, idoneidad, gestión de riesgos y supervisión derivados de su condición de entidad de crédito.[3][40]

Distribución de resultados

La distribución de los resultados de las cooperativas de crédito españolas está sometida a reglas específicas destinadas tanto al fortalecimiento de sus recursos propios como al cumplimiento de los fines cooperativos. La Ley 13/1989, de 26 de mayo, establece el régimen aplicable al destino de sus beneficios.[38]

Una vez cubiertas las pérdidas de ejercicios anteriores que no hubieran podido ser absorbidas con cargo a los recursos propios, cuando existan, y deducidos los impuestos exigibles y los intereses al capital desembolsado, los beneficios del ejercicio se destinan a los fondos y reservas previstos por la legislación aplicable.[38]

La normativa establece la dotación obligatoria del Fondo de Reserva Obligatorio, destinado a la consolidación, desarrollo y garantía de la cooperativa, así como las aportaciones que correspondan al Fondo de Educación y Promoción conforme al régimen cooperativo aplicable.[38]

El beneficio disponible restante queda a disposición de la Asamblea General, que puede acordar su distribución dentro de los límites establecidos por la legislación y los estatutos de la entidad. Entre sus posibles destinos se encuentran la constitución de reservas voluntarias, el retorno a los socios en función de la actividad cooperativizada realizada por estos y, cuando proceda, otros fines legalmente admitidos.[38]

La distribución de resultados está condicionada, además, por las exigencias de recursos propios, solvencia y demás requisitos prudenciales aplicables a las cooperativas de crédito por su condición de entidad de crédito.[40]

Supervisión bancaria

Las cooperativas de crédito forman parte de las entidades de crédito sometidas a supervisión bancaria en España. El Banco de España las incluye expresamente entre las entidades sujetas al marco de regulación y supervisión financiera.[49]

Desde la entrada en funcionamiento del Mecanismo Único de Supervisión (MUS), la supervisión prudencial de las entidades de crédito de los Estados participantes se ejerce conjuntamente por el Banco Central Europeo (BCE) y las autoridades nacionales competentes, entre ellas el Banco de España.[50]

Dentro de este sistema, el BCE supervisa directamente las entidades y grupos considerados significativos, mientras que las entidades menos significativas son supervisadas directamente por las autoridades nacionales competentes, bajo la vigilancia del BCE y de acuerdo con el marco común del MUS.[50]

Por tanto, las cooperativas de crédito españolas quedan sometidas al mismo marco europeo de supervisión prudencial aplicable al resto de las entidades de crédito, correspondiendo el ejercicio concreto de las funciones supervisoras al BCE o al Banco de España según la clasificación y circunstancias de cada entidad o grupo.[50][49]

Además de sus funciones dentro del MUS, el Banco de España ejerce las restantes competencias de supervisión que le atribuye el ordenamiento jurídico español sobre las entidades financieras sometidas a su ámbito de actuación.[51]

Fondo de Garantía de Depósitos

Las cooperativas de crédito españolas están adheridas al Fondo de Garantía de Depósitos de Entidades de Crédito (FGD), sistema destinado a garantizar los depósitos constituidos en las entidades de crédito adheridas en los supuestos previstos por la legislación.[52]

El Fondo de Garantía de Depósitos en Cooperativas de Crédito fue creado mediante el Real Decreto-ley 18/1982, de 24 de septiembre, con el objeto de establecer para estas entidades un sistema de garantía semejante al existente para otros tipos de entidades de depósito.

En 2011, el Real Decreto-ley 16/2011, de 14 de octubre, creó el actual Fondo de Garantía de Depósitos de Entidades de Crédito y declaró disueltos los fondos hasta entonces existentes para establecimientos bancarios, cajas de ahorros y cooperativas de crédito. Los patrimonios de los tres fondos fueron integrados en el nuevo fondo único.[53]

Con carácter general, el FGD garantiza los depósitos dinerarios hasta un máximo de 100 000 euros por depositante y entidad de crédito, con independencia del número y clase de depósitos de los que sea titular en una misma entidad.[52]

La normativa contempla determinados supuestos en los que algunos depósitos pueden quedar temporalmente protegidos por encima del límite general, entre ellos los procedentes de determinadas transacciones sobre bienes inmuebles de naturaleza residencial o de determinados acontecimientos personales.[52]

El Fondo garantiza asimismo, de forma independiente de los depósitos dinerarios, la restitución de determinados valores e instrumentos financieros confiados a una entidad de crédito cuando esta no pueda devolverlos, dentro de los límites y condiciones establecidos legalmente. Esta garantía no cubre las pérdidas derivadas de las fluctuaciones del valor de dichos instrumentos.[54]

Representación sectorial

La Unión Nacional de Cooperativas de Crédito (UNACC), constituida en 1970, es una organización representativa de las cooperativas de crédito españolas y desarrolla funciones de representación institucional y defensa de los intereses comunes del sector.[55]

Junto con las organizaciones de representación sectorial, las cooperativas de crédito españolas han desarrollado diferentes estructuras de cooperación empresarial destinadas a compartir recursos, servicios e infraestructuras y a reforzar su capacidad operativa.

Una de ellas es el Grupo Caja Rural, formado por cajas rurales que mantienen su personalidad jurídica y autonomía y cooperan mediante diferentes entidades comunes. Entre las principales se encuentran la Asociación Española de Cajas Rurales, el Banco Cooperativo Español, que desempeña funciones de central de servicios bancarios, Rural Servicios Informáticos (RSI), dedicada a los servicios y sistemas tecnológicos, y Seguros RGA, especializada en la actividad aseguradora y de previsión.[43]

Otra de las principales estructuras del sector es el Grupo Cooperativo Cajamar, constituido como grupo cooperativo y grupo consolidable de entidades de crédito. Su entidad cabecera es el Banco de Crédito Social Cooperativo, que ejerce las funciones atribuidas por el contrato regulador del grupo y articula la actuación conjunta de las cooperativas de crédito integrantes.[56]

Estas estructuras permiten a las cooperativas participantes compartir determinados servicios bancarios, tecnológicos, financieros, aseguradores y operativos manteniendo las formas de organización previstas en cada grupo.[43][56]

América

Canadá

El cooperativismo financiero tiene una importante tradición en Canadá, donde las cooperativas de ahorro y crédito adoptan distintas denominaciones y estructuras según la provincia. En Quebec son tradicionalmente conocidas como caisses populaires, mientras que en buena parte del resto del país se utiliza principalmente la denominación inglesa credit union.[57]

El desarrollo del cooperativismo financiero canadiense estuvo especialmente vinculado a Alphonse Desjardins, quien fundó en Lévis, Quebec, en 1900, la Caisse populaire de Lévis, considerada la primera caisse populaire de América del Norte.[7]

La iniciativa de Desjardins se extendió posteriormente mediante la creación de nuevas cajas populares y dio origen al actual Movimiento Desjardins, una organización financiera de carácter cooperativo con una presencia especialmente destacada en Quebec.[7]

En las demás provincias y territorios canadienses operan cooperativas financieras conocidas generalmente como credit unions, organizadas dentro de los respectivos marcos legislativos provinciales y, en determinados casos, mediante estructuras y organizaciones comunes.[57]

Estados Unidos

En los Estados Unidos, las credit unions son instituciones financieras cooperativas propiedad de sus miembros. Su finalidad es proporcionar servicios financieros a estos y su organización se basa en el control democrático de la entidad por los propios socios.[8]

Las credit unions estadounidenses pueden constituirse conforme a la legislación federal (federal credit unions) o a la legislación de los distintos estados (state-chartered credit unions). Las primeras son autorizadas y reguladas por la National Credit Union Administration (NCUA), mientras que las segundas se constituyen conforme a la normativa del estado correspondiente y están sujetas a sus respectivos sistemas de regulación y supervisión, sin perjuicio de las competencias federales aplicables.[58]

La NCUA es una agencia federal independiente creada por el Congreso de los Estados Unidos que regula y supervisa las cooperativas de crédito federales y administra el National Credit Union Share Insurance Fund (NCUSIF), sistema federal de garantía de los depósitos y participaciones mantenidos en las entidades aseguradas.[59]

El NCUSIF asegura las cuentas de los socios de todas las cooperativas de crédito federales y de la mayoría de las constituidas conforme a legislación estatal. Con carácter general, la cobertura básica máxima es de 250 000 dólares por titular y por cooperativa de crédito asegurada, aunque la cobertura efectiva puede variar según la titularidad y la categoría de las cuentas.[60]

Las cooperativas de crédito federales deben disponer además de un ámbito de pertenencia (field of membership) definido conforme a la legislación federal, que determina qué personas u organizaciones pueden adquirir la condición de socio. Este puede basarse, entre otros criterios previstos legalmente, en vínculos ocupacionales o asociativos o en la pertenencia a determinadas comunidades.[8]

América Latina

Las cooperativas de ahorro y crédito poseen una amplia implantación en diversos países de América Latina y forman parte de los sistemas de economía social y de intermediación financiera de la región. Su régimen jurídico, las operaciones que pueden realizar y los mecanismos de regulación y supervisión presentan diferencias significativas entre los distintos Estados.[61]

Históricamente, muchas de estas organizaciones se desarrollaron para facilitar el acceso al ahorro y al crédito de sectores con una presencia limitada de la banca convencional, entre ellos comunidades locales, trabajadores, agricultores, pequeños productores y microempresarios. Su carácter cooperativo permite que los usuarios puedan participar también como socios en la propiedad y el gobierno de las entidades.[61][4]

El desarrollo institucional del sector ha seguido trayectorias diferentes en cada país. En algunos Estados existen cooperativas de ahorro y crédito de ámbito principalmente local, mientras que en otros se han formado entidades de mayor tamaño, federaciones, centrales cooperativas y redes nacionales destinadas a proporcionar servicios comunes a las cooperativas asociadas.[61]

Entre los sistemas de cooperativismo financiero existentes en la región se encuentran los desarrollados en países como Argentina, Brasil, Colombia, Costa Rica, Ecuador, México, Paraguay y Uruguay, aunque la consideración jurídica de estas instituciones y las actividades financieras que pueden realizar dependen de la legislación nacional.

El Consejo Mundial de Cooperativas de Ahorro y Crédito (WOCCU) desarrolla actividades de representación, cooperación y asistencia técnica relacionadas con las cooperativas de ahorro y crédito y mantiene vínculos con organizaciones del movimiento cooperativo financiero de América Latina.[1]

En algunos países latinoamericanos, las cooperativas de ahorro y crédito han desempeñado asimismo un papel en las políticas de inclusión financiera, especialmente mediante la prestación de servicios en áreas rurales o a sectores de población con menor acceso a las instituciones financieras tradicionales.[4]

Asia y Oceanía

India

El cooperativismo de crédito posee una larga tradición en la India, donde existe un amplio sistema de bancos y sociedades cooperativas dedicado tanto a la prestación de servicios financieros en áreas urbanas como a la financiación agrícola y rural.

La regulación de estas entidades combina la legislación bancaria con la legislación sobre sociedades cooperativas. Los bancos cooperativos están sujetos, entre otras normas, a la Banking Regulation Act de 1949 y, dependiendo de su ámbito territorial, a las leyes sobre cooperativas de los distintos estados o a la legislación federal aplicable a las cooperativas multiestatales.[62]

El sistema comprende, por una parte, los bancos cooperativos urbanos (Urban Co-operative Banks, UCB), que desarrollan principalmente su actividad en áreas urbanas y semiurbanas. Estas entidades están constituidas como sociedades cooperativas conforme a la legislación estatal correspondiente o, cuando desarrollan su actividad en más de un estado, conforme a la legislación sobre cooperativas multiestatales, y su actividad bancaria se encuentra sometida a la regulación del Banco de Reserva de la India (RBI).[63]

Por otra parte, el sistema cooperativo de crédito rural está orientado especialmente a proporcionar financiación al sector agrícola. Su estructura de crédito a corto plazo se organiza tradicionalmente en tres niveles: las Primary Agricultural Credit Societies (PACS) en el ámbito local, los District Central Co-operative Banks (DCCB) en el ámbito de distrito y los State Co-operative Banks (StCB) en el ámbito de cada estado.[63]

Las PACS constituyen sociedades cooperativas de base y no están comprendidas en el ámbito de aplicación de la Banking Regulation Act de 1949, por lo que no son reguladas como bancos por el RBI. En cambio, los bancos cooperativos centrales de distrito y los bancos cooperativos estatales están sometidos a regulación bancaria por el Banco de Reserva de la India.[63]

El National Bank for Agriculture and Rural Development (NABARD) desempeña asimismo funciones relevantes dentro del sistema cooperativo rural. Entre otras competencias, ejerce funciones de inspección sobre los bancos cooperativos estatales y centrales de distrito en virtud de las facultades previstas por la legislación bancaria.[63]

El sistema indio presenta así una estructura regulatoria compleja en la que intervienen el Banco de Reserva de la India, el NABARD y las autoridades competentes en materia de cooperativas de los distintos estados, dependiendo de la naturaleza y ámbito de actuación de cada institución.[62][63]

Oceanía

En Australia y Nueva Zelanda existe una tradición de instituciones financieras de carácter cooperativo o mutual surgidas, entre otras formas, de cooperativas de crédito (credit unions) y sociedades de crédito inmobiliario (building societies). Parte de estas entidades adoptaron posteriormente la denominación de banco, manteniendo estructuras de propiedad vinculadas a sus clientes o socios.

Australia

En Australia, las cooperativas de crédito y otras instituciones financieras mutuales experimentaron durante las últimas décadas un proceso de transformación y consolidación. Diversas credit unions y building societies adoptaron la condición o denominación de banco y pasaron a identificarse habitualmente como bancos propiedad de sus clientes (customer-owned banks).[64]

Estas instituciones se caracterizan por no contar con accionistas externos y por mantener una estructura en la que sus clientes pueden ser también propietarios o miembros de la entidad. La denominación comercial de «banco» no implica necesariamente, por tanto, el abandono de su estructura mutual.[64]

Las entidades autorizadas para realizar actividad bancaria están sometidas a la regulación prudencial de la Australian Prudential Regulation Authority (APRA), con independencia de que su estructura de propiedad sea mutual o esté basada en accionistas.[65]

Entre las entidades procedentes de esta tradición se encuentra Bank Australia, cuyos orígenes se remontan a distintas cooperativas de crédito y que funciona como banco propiedad de sus clientes.[66]

Nueva Zelanda

En Nueva Zelanda también se desarrollaron cooperativas de crédito y otras instituciones financieras mutuales. Al igual que en Australia, algunas de estas organizaciones evolucionaron hacia estructuras bancarias de mayor tamaño conservando características relacionadas con la propiedad de sus miembros.

Un ejemplo es The Co-operative Bank, cuyos antecedentes se encuentran en la Public Service Investment Society, fundada en 1928. La entidad obtuvo el registro como banco en 2011 y adoptó posteriormente su actual denominación, manteniendo un modelo de propiedad basado en sus clientes.[67]

Además de los bancos de propiedad cooperativa o mutual, en Nueva Zelanda operan credit unions y otras entidades financieras organizadas bajo diferentes formas jurídicas, por lo que la expresión «banca cooperativa» comprende instituciones que no son necesariamente equivalentes desde el punto de vista legal.

Organizaciones internacionales

El cooperativismo financiero cuenta con distintas organizaciones internacionales de representación y cooperación, cuyo ámbito varía según el tipo de institución y el territorio en el que desarrollan su actividad.

La Asociación Europea de Bancos Cooperativos (EACB), con sede en Bruselas, representa los intereses de organizaciones y grupos de banca cooperativa europeos ante las instituciones de la Unión Europea y otros organismos relacionados con la regulación del sistema financiero.[11]

El Consejo Mundial de Cooperativas de Ahorro y Crédito (WOCCU) es una organización internacional vinculada al movimiento de las cooperativas de ahorro y crédito o credit unions. Desarrolla actividades de representación, cooperación y asistencia técnica y agrupa, directa o indirectamente, organizaciones del sector de distintos países.[1][68]

La International Cooperative Banking Association (ICBA) es una organización sectorial dedicada a la representación y promoción de los bancos y otras instituciones financieras cooperativas. Forma parte de la estructura de organizaciones sectoriales de la Alianza Cooperativa Internacional.[69]

La Alianza Cooperativa Internacional (ACI), fundada en 1895, constituye la principal organización internacional de representación del movimiento cooperativo. La ACI formuló la Declaración sobre la Identidad Cooperativa, que recoge la definición de cooperativa, sus valores y los principios cooperativos, entre ellos la adhesión voluntaria y abierta, el control democrático de los miembros y la participación económica de los socios.[3]

Estas organizaciones representan ámbitos diferentes y parcialmente coincidentes del cooperativismo financiero: mientras que la EACB se centra en la banca cooperativa europea y el WOCCU en las cooperativas de ahorro y crédito y credit unions, la ICBA actúa específicamente en el ámbito internacional de la banca cooperativa dentro del movimiento representado por la Alianza Cooperativa Internacional.[11][1][69]

Banca cooperativa y microfinanzas

Las cooperativas financieras y las instituciones de microfinanzas pueden compartir el objetivo de facilitar el acceso a servicios financieros a personas, hogares y pequeñas empresas con dificultades para acceder a la banca convencional. Sin embargo, ambos conceptos responden a criterios diferentes y no son equivalentes.[70]

La principal diferencia reside en la propiedad y el gobierno de la institución. En una cooperativa financiera, los socios participan en la propiedad de la organización y ejercen derechos de participación en su gobierno conforme a los principios cooperativos. Una institución de microfinanzas, en cambio, se define fundamentalmente por el tipo de servicios financieros que proporciona y por el segmento de población al que se dirige, por lo que puede adoptar distintas formas jurídicas y no necesariamente pertenece a sus prestatarios o depositantes.[70][3]

Las microfinanzas comprenden servicios como el microcrédito, el ahorro, los pagos y otros productos financieros dirigidos especialmente a personas de bajos ingresos, trabajadores por cuenta propia y microempresas con acceso limitado a los servicios financieros tradicionales. Las entidades que los proporcionan pueden ser organizaciones sin ánimo de lucro, sociedades mercantiles, bancos, organizaciones no gubernamentales o cooperativas.[70]

Por su parte, las cooperativas financieras pueden desarrollar actividades de microfinanzas, pero su carácter cooperativo deriva de su estructura de propiedad y gobierno y no del tamaño de los préstamos concedidos ni del nivel de renta de sus socios. Del mismo modo, una institución dedicada principalmente al microcrédito no constituye por ese solo hecho una cooperativa financiera.[70]

Históricamente, tanto determinadas cooperativas de crédito como las instituciones de microfinanzas han desempeñado funciones relacionadas con la inclusión financiera, aunque mediante estructuras institucionales y mecanismos de financiación diferentes.[70][4]

Resiliencia y crisis financieras

El comportamiento de las instituciones financieras cooperativas durante las crisis financieras ha sido objeto de diversos estudios. Su estructura de propiedad, la importancia de los depósitos de sus socios y clientes y su orientación tradicional hacia la banca minorista han sido señaladas como factores que pueden influir en su comportamiento durante períodos de inestabilidad financiera.[4]

Un informe publicado por la Organización Internacional del Trabajo en 2013 analizó la evolución de distintas instituciones financieras cooperativas durante la crisis financiera de 2008. El estudio señaló que numerosas cooperativas financieras mostraron una considerable capacidad de resistencia durante la crisis y mantuvieron, en determinados mercados, el acceso al crédito cuando otras instituciones financieras redujeron su actividad.[4]

El informe destacó asimismo la importancia de las cooperativas financieras en la financiación de pequeñas y medianas empresas y señaló que su comportamiento no fue uniforme entre países y tipos de institución, debido a las diferencias existentes en sus estructuras, regulación y modelos de negocio.[4]

La resiliencia observada en determinados sistemas cooperativos no implica que estas entidades estén exentas de riesgos financieros. Como otras instituciones de crédito, están expuestas, entre otros, al riesgo de crédito, de liquidez, de mercado y operacional y, cuando tienen la consideración jurídica de entidades de crédito, se encuentran sometidas a los correspondientes sistemas de regulación prudencial y supervisión.

Véase también

Referencias

Bibliografía

Enlaces externos

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