Sentencia del Tribunal Constitucional sobre la vacancia de Pedro Castillo en 2022
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| Caso sobre la vacancia de Pedro Castillo en 2022 (Expediente 01803-2023-PHC/TC) | ||
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| 20 de febrero de 2024 | ||
| Datos de la Sentencia | ||
| Dictada por | Mayoría (6 de 7 Magistrados): Francisco Morales Saravia (Presidente), Luz Imelda Pacheco Zerga (vicepresidente), Helder Domínguez Haro, Manuel Monteagudo Valdez, César Ochoa Cardich y Pedro Hernández Chávez. | |
| Ponente de la sentencia | César Ochoa Cardich | |
| Votos singulares | 1 magistrado: Luis Gustavo Gutiérrez Ticse (fundada en parte) | |
| Normas aplicadas | ||
| Artículos 46°, 110°, 113°, 115° y 117° de la Constitución Política del Perú | ||
La Sentencia del Tribunal Constitucional sobre la vacancia de Pedro Castillo en 2022 fue adoptada por mayoría el 20 de febrero de 2024 en respuesta al recurso de agravio constitucional presentado por Carlos Huerta Escate, abogado del expresidente Pedro Castillo. La sentencia estableció que el mensaje que leyó Castillo el 7 de diciembre de 2022 constituyó el establecimiento de un gobierno de facto debido al contenido mismo del mensaje así como por su cargo como presidente, que implicaba ser jefe de Estado y Jefe Supremo de las Fuerzas Armadas y la Policía Nacional, por lo que la decisión de vacarlo por parte del congreso fue una manifestación de insurgencia en defensa del orden constitucional debido a que Castillo había dejado de ser gobernante de iure al quebrantar dicho orden con su mensaje. Además, la sentencia estableció que, al ser una situación excepcional, el cumplimiento riguroso del artículo 89-A del Reglamento del Congreso no era exigible ya que constituía un procedimiento previsto en una situación de normalidad que en aquel día no se vivió.[1]
Acontecimientos del 7 de diciembre de 2022
En la tarde del 7 de diciembre se iba a debatir la tercera moción de vacancia en contra de Pedro Castillo por presuntos actos de corrupción previamente denunciados.[2][3][4] Además, para aquel día, la comisión de fiscalización del congreso citó a Salatiel Marrufo, exjefe de asesores del Ministerio de Vivienda, para que declare sobre lo declarado por la empresaria Sada Goray a un medio de comunicación sobre un presunto pago a su persona de 4 millones de soles y la mención que Marrufo le hizo de que dicho dinero era un pedido del presidente Castillo.[5] De igual forma se citó para aquel día a Goray para que declare sobre los 4 millones de soles.[6]
Por la mañana, luego que Marrufo declaró ante la comisión que había "sido parte de actos de corrupción" y mencionar que había entregado al presidente "personalmente, [la suma de] cien mil soles",[7][8] Castillo inició la lectura de un mensaje a la Nación en que declaró:[9]
... tomamos la decisión de establecer un gobierno de excepción, orientado a restablecer el estado de derecho y la democracia [ante la oposición], a cuyo efecto se dictan las siguiente medidas:
- Disolver temporalmente el Congreso de la República e instaurar un gobierno de emergencia excepcional,
- Convocar en el más breve plazo a elecciones para un nuevo Congreso con facultades constituyentes para elaborar una nueva constitución, en un plazo no mayor de nueve meses.
- A partir de la fecha y hasta que se instaure el nuevo Congreso de la República, se gobernará mediante decretos ley.
- Se decreta el toque de queda a nivel nacional a partir del día de hoy, miércoles 7 de diciembre del 2022, desde las 22:00 horas hasta las 04:00 horas del día siguiente.
- Se declara en reorganización el sistema de justicia, el Poder Judicial, el Ministerio Público, la Junta Nacional de Justicia, el Tribunal Constitucional.
- Todos los que poseen armamento ilegal deberán entregarlo a la Policía Nacional en el plazo de 72 horas. Quien no lo haga, comete delito sancionado con pena privativa de la libertad que se establecerá en el respectivo decreto ley.
- La Policía Nacional, con el auxilio de la fuerzas armadas, dedicaran todos su esfuerzos al combate real y efectivo de la delincuencia, la corrupción y narcotráfico, a cuyo efecto se les dotará de los recursos necesarios.
Posteriormente, tras fracasar su intento de lo que fue calificado como un "autogolpe" al no recibir el apoyo de la mayoría de sus ministros, las fuerzas armadas, la policía y los congresistas, Castillo fue vacado por el congreso por incapacidad moral y detenido.[10]
Presentación de habeas corpus y declaración de improcedente por la Corte Superior de Justicia de Lima
El 19 de diciembre de 2022, Carlos Huerta Escate, en su condición de abogado de Castillo, presentó una demanda de habeas corpus solicitando la nulidad del requerimiento de detención judicial en flagrancia en contra de su patrocinado, la nulidad del requerimiento de prisión preventiva, la nulidad del auto de apelación que declaró infundado el recurso de apelación contra el requerimiento de detención judicial en caso de flagrancia, la nulidad del auto aprobatorio de formalización y continuación de investigación de los hechos, la nulidad de la Resolución Congresal 001-2022-2023-CR que declaró la vacancia permanente de Castillo por incapacidad moral, la inconstitucionalidad de la referida resolución y la invalidez de la asunción de Dina Boluarte como presidente de la República al considerarse que Castillo aun era presidente. Sin embargo, dicho habeas corpus fue declarado improcedente por la Tercera Sala Constitucional de la Corte Superior de Justicia de Lima el 22 de marzo de 2023. Ante ello, Huerta presentó un recurso de agravio constitucional ante el Tribunal Constitucional (TC) contra dicha decisión.[11][12]