Aborto en Extremadura

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El aborto en Extremadura, o Interrupción Voluntaria del Embarazo (IVE),[1][2]está regulado desde la aprobación de la Ley orgánica 9/1985, de 5 de julio, por la que se despenaliza el aborto en España. A partir de entonces, y gracias a las reivindicaciones feministas, se han realizado varias modificaciones a la norma que culminan con la publicación de la nueva Ley orgánica 1/2023, por la que se amplían los derechos sexuales y reproductivos de las mujeres.[3]Dentro de este marco jurídico cada comunidad autónoma tiene competencia para la implementación de la ley en su propio sistema sanitario, y de acuerdo con las normas establecidas por la sanidad pública, existiendo diferencias en la aplicación entre una comunidad y otra a lo largo de su historia.[4]

El aborto fue durante mucho tiempo ilegal en España.[5][6][7]A pesar de que la ley garantiza el acceso a la prestación, la realidad es que los trámites para una IVE varían mucho entre las diferentes autonomías.[8][9]En Extremadura hubo diversas diligencias previas incoadas por el delito de aborto y de Emergencia, Ordinarias y otras sumarias del Título IV de la Ley de Enjuiciamiento Criminal por el delito de aborto hasta los últimos días del franquismo (entre 1971 y 1975).[10][11]Las mujeres que vivían en esta comunidad entre 1987 y 1995 tenían menos probabilidades de que sus embarazos terminaran en un aborto que las del resto de España.[12]A pesar de los pocos centros que realizaban procedimientos de IVE en la década de 2000, alrededor de 4.000 mujeres portuguesas al año visitaban clínicas privadas en Mérida y Badajoz para abortar.[13]Si bien el PSOE lideró el cambio de las leyes sobre el aborto en España, el presidente de Extremadura, del mismo partido en la época, no estaba de acuerdo en permitir que las menores pudieran acceder a una IVE.[14] Las feministas extremeñas se movilizaron entre 2013 y 2014 en respuesta a los cambios propuestos en la ley del aborto por Alberto Ruiz-Gallardón.[15]El acceso a los trámites de las IVE con el gobierno de Pedro Sánchez siguió siendo complicado, y cerca del 27% de las mujeres residentes en Extremadura tuvieron que viajar a otra comunidad para poder abortar.[16]

Historia

Históricamente, el acceso al aborto en España ha dependido de la dominación masculina ejercida sobre las mujeres y sus actividades reproductivas.[17]El aborto se ha utilizado como un medio para afirmar el control no sólo sobre los cuerpos y la sexualidad de las mujeres, sino también para hacer cumplir las normas culturales de género y los ideales patriarcales en la sociedad en general.[18][17][19]Si bien el aborto se utilizó como forma de control de la natalidad en España en el pasado, demógrafos y sociólogos españoles coinciden en afirmar que ya no se utiliza de igual manera en la España contemporánea.[20]

La legalización del aborto reduce las muertes entre mujeres por complicaciones del embarazo, así como la mortalidad infantil.[21]En España, a mediados de la década de 1970, los abortos ilegales eran una causa importante de muerte entre mujeres de 15 a 49 años.[22]El control de la natalidad tiene una tasa de mortalidad femenina muy por debajo de la de abortos, y es mucho menor que la correspondiente a la mortalidad femenina por abortos ilegales.[22]

El Liber Iudiciorum fue una recopilación de leyes visigodas del rey Recesvinto que se promulgó en el año 654. El Libro VI ya mencionaba el aborto, el infanticidio y el homicidio. Y la pena para quienes provocaban abortos era la muerte. En aquella época, los visigodos controlaban casi toda la España actual, Portugal y Ceuta.[23][24][25]

El 24 de enero de 1941 hubo una modificación de la ley en España por la que se consideraba el aborto como un crimen contra el Estado. En ella se señalaba “La política demográfica es una de las preocupaciones fundamentales de nuestro Estado. No se concibe una política demográfica eficaz sin abordar el problema de los miles y miles de vidas que se frustran antes de nacer, por maniobras criminales. Así lo dice la experiencia y el asesoramiento de los técnicos a través de entidades científicas competentes. El estrago harto acusado en tiempos anteriores como consecuencia de un sentido materialista de la vida, adquirieron caracteres de escándalo durante el régimen republicano, agudizándose aún más escandalosamente en aquellas zonas sometidas a la dominación del Frente Popular. El Gobierno, consciente de su responsabilidad, decide combatir el crimen social que el aborto provocado representa y que impide que nazcan muchos miles de españoles anualmente.”[26][27]

El control de la natalidad fue ilegal en toda España durante el período franquista.[28]En 1975, la tasa de mortalidad femenina durante el embarazo era de 23 por 100.000 mujeres, una tasa similar a la de otros países occidentales industrializados donde el aborto estaba prohibido.[29] El aborto fue despenalizado por primera vez en España en 1985 en tres supuestos: por motivos terapéuticos, por motivos eugenésicos y en caso de violación previa denuncia policial. El aborto sólo era legal en estos casos antes de la semana 22, semana 22 y semana 12 respectivamente.[30][31][32] La ley de 1985 exigía que cada vez que un centro de salud realizara un aborto, debía informar al Ministerio de Sanidad. Los datos que tenía que aportar incluían la provincia donde se había realizado el aborto y aquella en la que residía la mujer que había abortado.[33] Si bien el aborto fue legalizado en 1985, no se convirtió en un servicio de la sanidad pública hasta la modificación de la ley en 2010. Como resultado, durante el período de 1985 a 2010, casi todos los abortos se realizaron en clínicas privadas. El coste de una interrupción voluntaria de embarazo en la época rondaba las 30.000 pesetas.[34]

La Ley de Salud Sexual y Reproductiva y de Interrupción Voluntaria del Embarazo fue reformada en mayo de 2022 en diferentes apartados. Se planteó específicamente la falta de centros, especialmente públicos, que prestaran servicios para la interrupción voluntaria del embarazo en provincias donde no había ninguno. Como consecuencia de ello las mujeres de estas localidades estaban obligadas a desplazarse a otras provincias o regiones para poder acceder a una IVE.[35][36][37]También se trató de proteger a las mujeres que acudían a los centros de salud para someterse a procedimientos de IVE, del acoso de grupos antiabortistas.[38]

En febrero de 2023, una sentencia del Tribunal Constitucional reconoce a la mujer el derecho a decidir libremente sobre la continuación del embarazo dentro de las primeras catorce semanas de gestación. Con este fallo el TC desestimaba el recurso de inconstitucionalidad presentado por diputados del Partido Popular contra la Ley Orgánica 2/2010, después de que el PSOE liberalizara las leyes sobre el aborto.[39][40][41]

Situación jurídica

La legislación sobre el aborto fue modificada en 2010 para permitir que las mujeres abortaran libremente hasta la decimocuarta semana de embarazo sin justificación.[42]Desde la semana catorce a la veintiuna, sólo se podía practicar un aborto si existía una razón médica para ello, como que la madre estuviera en riesgo. A partir de la semana veintidós, sólo se pueden realizar abortos si se detectan anomalías fetales que sean incompatibles con la vida fuera del útero,[42] según ratificación del Tribunal Constitucional en febrero de 2023.[39][40][41]

En España se defiende que los servicios de interrupción voluntaria del embarazo en la sanidad pública sean gratuitos. Esto incluye los servicios prestados en clínicas privadas tras derivaciones de médicos de la sanidad pública. Y es debido a que estos costes están cubiertos por la sanidad pública autonómica bajo la dirección del Sistema Nacional de Salud de España.[42]Sin embargo, la implementación de las leyes sobre el aborto se deja en gran medida en manos de las autonomías y sus organismos de salud.[43][44]

Centros de salud

En 2005 no se realizó ningún aborto en los centros de salud públicos extremeños;[45] y un 81% de los abortos anteriores a 2005 se hicieron en clínicas privadas.[45]En 2009, la comunidad contaba con un centro de salud público para realizar IVE y ningún centro privado.[46]En 2014 no se realizaron abortos en hospitales ni centros de salud públicos. En ese año la región solo contaba con una clínica privada autorizada para abortar.[47]

Según datos proporcionados por el Ministerio de Sanidad, en 2019 no se realizaron abortos voluntarios en centros de salud públicos dependientes de la comunidad autónoma.[48]Los datos oficiales de ese año señalan que los únicos procedimientos de IVE realizados en Extremadura se hicieron en centros privados.[49]En 2020, las comunidades autónomas con mayor porcentaje de abortos en clínicas privadas fueron Castilla y León con un 82,5%; Castilla-La Mancha con un 99,9% y Madrid, Extremadura y Murcia con un 100%.[50]En 2022 no había ninguna clínicas privadas para poder practicar una IVE.[51]

La falta de centros de salud públicos para realizar interrupciones voluntarias de embarazos en Extremadura durante 2022,[52][53]fue debida a que en 2021 hubo más procedimientos de IVE en las clínicas privadas que en las públicas. Una práctica que reflejaba las tendencias nacionales.[54][53]

El coste de un aborto en una clínica privada en España, en 2018, oscilaba entre los 300 y 500 euros.[55] En marzo de 2018, la Asociación Española de Abogados Cristianos denunció a dieciocho clínicas de IVE por, supuestamente, proporcionar información errónea sobre el aborto en sus sitios web. Estas denuncias fueron presentadas ante las Consejerías de Salud de Andalucía, Asturias, Castilla y León, Cataluña, Extremadura, Galicia, Madrid y Comunidad Valenciana.[56]

Evolución en Extremadura

Provincias

Referencias

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